¿Te toca trabajar en las Elecciones 2026? Estos son todos los beneficios laborales que tu empleador debe tomar en cuenta

Los empleados cuyo turno coincide con la jornada de votación pueden modificar su horario para acudir a sufragar con la obligación de compensar posteriormente las horas utilizadas

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La medida aplica a empleados del sector público y privado, facilita los traslados de larga distancia y permite acordar la recuperación de los días de ausencia según las políticas internas de cada empresa - Créditos: Andina.
La medida aplica a empleados del sector público y privado, facilita los traslados de larga distancia y permite acordar la recuperación de los días de ausencia según las políticas internas de cada empresa - Créditos: Andina.

Este domingo 12 de abril, durante las Elecciones Generales 2026, miles de peruanos deberán acudir a sus centros de trabajo en medio de la jornada electoral y, a la vez, cumplirán funciones como miembros de mesa, personeros, personal de la ONPE o efectivos de las fuerzas del orden.

Ante este escenario, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha establecido una serie de beneficios laborales que los empleadores deben respetar para garantizar el derecho al voto y la participación ciudadana sin afectar a los trabajadores.

Derechos y beneficios para los votantes

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 003-2026-TR, los trabajadores que laboran en una región distinta a la que les corresponde votar tienen derecho a no asistir a sus labores los días sábado 11, domingo 12 y lunes 13 de abril, siempre que acrediten su participación en el proceso electoral.

Los miembros de mesa sorteados y capacitados acceden a un día de descanso remunerado no compensable, utilizable dentro de los 90 días posteriores a la elección - Créditos: Andina.
Los miembros de mesa sorteados y capacitados acceden a un día de descanso remunerado no compensable, utilizable dentro de los 90 días posteriores a la elección - Créditos: Andina.

Esta medida, que aplica para empleados de los sectores público y privado, busca facilitar los desplazamientos de larga distancia. La recuperación de los días ausentes se coordina directamente entre empleador y trabajador, en función de los acuerdos internos de cada empresa o institución.

Asimismo, para quienes deben trabajar el domingo 12 de abril y su horario coincide con la jornada de sufragio, la normativa contempla flexibilidad en el ingreso o salida. Los empleadores deben permitir que el trabajador acuda a votar, con la obligación de compensar las horas utilizadas posteriormente.

Esta tolerancia tiene como fin asegurar que ningún ciudadano quede impedido de ejercer su derecho por motivos laborales y, al mismo tiempo, mantener el equilibrio con la productividad empresarial.

Beneficios para miembros de mesa

En el caso de los ciudadanos sorteados y capacitados como miembros de mesa, el MTPE otorga un beneficio adicional: el derecho a un día de descanso remunerado no compensable, que podrá utilizarse en cualquier momento dentro de los 90 días posteriores a la elección.

Por su parte, quienes asuman la función de manera imprevista o sin capacitación previa recibirán el lunes 13 de abril como día de descanso remunerado compensable, que se podrá programar dentro de los diez días siguientes o según acuerdo con el empleador.

ONPE puede obligar a los votantes a ser miembros de mesa si faltan titulares y suplentes
Quienes asuman la función de miembro de mesa de forma imprevista o sin capacitación acceden a un día de descanso compensable, que puede programarse en los diez días siguientes o según acuerdo con el empleador - Créditos: Andina.

Si un miembro de mesa debe trabajar el domingo de la elección, la ley faculta a que no asista a sus labores, sujeto a la compensación correspondiente. Estos beneficios buscan reconocer el esfuerzo y compromiso de quienes garantizan el desarrollo de la jornada democrática y asegurar que su labor no genere perjuicio laboral.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha instruido a las entidades a mantener operativos los servicios públicos esenciales y a prever la continuidad de sus actividades durante las elecciones. Para más detalles, los ciudadanos pueden consultar el Decreto Supremo N° 003-2026-TR en la web del MTPE.

¿A qué hora empiezan las votaciones?

Según la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), las mesas de votación abrirán sus puertas a las 7 a. m. y atenderán hasta las 5 p. m., que es un horario estándar establecido para facilitar la participación ciudadana y reducir las aglomeraciones en los más de 10 mil locales habilitados en todo el país.

La ONPE recomienda a los electores llegar temprano, llevar su DNI y seguir las instrucciones del personal encargado para agilizar el proceso. Como parte de las medidas de seguridad, más de 100 mil efectivos de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas estarán presentes en todo el territorio nacional, encargados de resguardar tanto los centros de votación como el material electoral.