Elecciones 2026: Permiso para no laborar, entre otras medias del MTPE para para garantizar el derecho al voto

El Ministerio de Trabajo publica facilidades y tolerancias para empleados y miembros de mesa

ONPE puede obligar a los votantes a ser miembros de mesa si faltan titulares y suplentes
ONPE puede obligar a los votantes a ser miembros de mesa si faltan titulares y suplentes| Andina
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En el marco de las Elecciones Generales 2026, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) oficializó un conjunto de medidas laborales destinadas a garantizar el ejercicio del derecho al voto este domingo 12 de abril.

Las disposiciones, establecidas según la Ley Orgánica de Elecciones y el Decreto Supremo N° 003-2026-TR, buscan facilitar tanto el traslado de los ciudadanos como la participación de los miembros de mesa, sin descuidar la continuidad de los servicios públicos esenciales.

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Para quienes trabajan en una región distinta a su lugar de votación, la normativa otorga permiso para no laborar los días sábado 11, domingo 12 y lunes 13 de abril, siempre que se acredite la participación en el proceso electoral.

Este beneficio está orientado a cubrir los desplazamientos de larga distancia y se aplica tanto al sector público como al privado, aunque la recuperación de los días de ausencia se coordinará según acuerdos internos en cada centro de trabajo.

Por otro lado, los trabajadores cuya jornada coincide con el día del sufragio tienen derecho a tolerancia en el horario laboral. Esto significa que podrán salir o ingresar en horarios flexibles para acudir a votar, con la obligación de compensar el tiempo posteriormente.

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Este mecanismo está diseñado para que ningún ciudadano quede impedido de ejercer su derecho por razones laborales, mientras se mantiene el equilibrio entre la participación ciudadana y la productividad.

Una multitud de personas de diversas edades en fila frente a una pared con carteles de mesas de votación. Muchos sostienen su DNI. Se ven banderas peruanas y señalización ONPE.
Cientos de ciudadanos peruanos revisan concentrados las listas de mesas de sufragio en las paredes de un centro de votación, con su DNI en mano y supervisión de la ONPE. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Reconocimiento y derechos para miembros de mesa

Quienes desempeñen la función de miembro de mesa recibirán facilidades adicionales. Los designados por sorteo y que hayan cumplido con la capacitación previa accederán a un día de descanso remunerado no compensable, que podrán utilizar en cualquier momento dentro de los noventa días posteriores a la elección.

Para quienes asuman la función sin capacitación previa, así como para los ciudadanos que sean convocados el mismo día ante la ausencia de titulares y suplentes, el lunes 13 de abril será considerado día de descanso remunerado compensable. La compensación podrá programarse en los diez días siguientes o en la fecha que determine el empleador.

En caso un miembro de mesa tenga programada una jornada laboral el domingo 12, la ley permite no asistir al trabajo, sujeto a compensación. El objetivo es que la responsabilidad cívica de conducir la jornada electoral no entre en conflicto con las obligaciones contractuales.

La disposición también contempla la necesidad de que los servicios públicos esenciales y de interés general funcionen sin interrupciones. Se instruyó a los sectores y entidades responsables a tomar las previsiones necesarias para mantener operativos estos servicios durante la jornada electoral y los días vinculados al proceso.

Coordinación institucional

Las medidas anunciadas fueron resultado de la coordinación entre el Ministerio de Trabajo y la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), a fin de asegurar que trabajadores y empleadores cuenten con reglas claras y previsibles para la jornada. El propósito es brindar condiciones adecuadas para el desarrollo de las elecciones, evitando perjuicios para quienes participan del proceso.

Para más detalles sobre las facilidades, tolerancias y el régimen de descansos, los ciudadanos pueden consultar el Decreto Supremo N° 003-2026-TR publicado en la página web oficial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

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