
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó que el recuento de votos en las elecciones generales 2026 no se aplicará de manera automática, sino únicamente en casos excepcionales y bajo condiciones específicas establecidas por el sistema electoral. La medida busca aclarar el alcance del procedimiento ante eventuales observaciones en el escrutinio.
De acuerdo con la información brindada por el organismo electoral, este mecanismo se activará solo cuando existan errores materiales identificados en las actas de sufragio, los cuales no puedan ser corregidos mediante el proceso regular de cotejo. En ese sentido, se trata de un procedimiento extraordinario dentro del sistema de conteo electoral.

Solicitud del recuento
El JNE explicó que el recuento de votos no puede iniciarse de oficio, sino que debe ser solicitado por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE), que es la instancia encargada de detectar inconsistencias en las actas durante el proceso electoral.
Solo a partir de dicha solicitud se activa el procedimiento correspondiente, lo que refuerza su carácter excepcional dentro del desarrollo de los comicios. Además, el organismo precisó que este mecanismo será utilizado únicamente cuando se identifiquen errores que no puedan ser subsanados por otras vías administrativas o de verificación.
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¿Qué situación justificaría un recuento?
Según lo detallado por el JNE, existen cinco supuestos principales que pueden dar lugar a un recuento de votos:
- Falta de firmas en las actas durante las etapas de instalación, sufragio o escrutinio.
- Errores aritméticos en el conteo.
- Ilegibilidad de la información consignada.
- Datos incompletos en las actas electorales.
- Inconsistencias entre el número de votantes y los votos registrados.
Estos escenarios serán evaluados para determinar si corresponde o no la apertura del recuento, en función de la naturaleza del error detectado.

Procedimiento y audiencia pública
El recuento de votos se realizará en una audiencia pública convocada para tal fin, a la cual serán invitados representantes del Ministerio Público y personeros de las organizaciones políticas involucradas en el proceso electoral.
El JNE precisó que la audiencia será pública, continua e ininterrumpida, con el objetivo de garantizar la transparencia del procedimiento. Asimismo, se establece que el recuento se ejecutará según el tipo de elección observada, bajo supervisión de las autoridades electorales competentes.

Garantías de transparencia
El organismo electoral subrayó que el recuento de votos forma parte de las medidas orientadas a reforzar la transparencia y la seguridad del proceso electoral. En esa línea, se busca asegurar que cada voto sea correctamente contabilizado y que se respete la voluntad popular expresada en las urnas.
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Asimismo, el JNE indicó que el recuento es un procedimiento inimpugnable una vez ejecutado, lo que le otorga un carácter definitivo dentro del proceso de revisión electoral. La institución destacó que, este mecanismo será aplicado por primera vez en las elecciones generales 2026. Su incorporación tiene como finalidad fortalecer la confianza en el sistema electoral y garantizar una adecuada verificación de los resultados en casos excepcionales, contribuyendo así a la legitimidad del proceso democrático.

¿Cuál es mi local de votación?
El local de votación asignado a cada ciudadano se determina según el padrón electoral y puede consultarse a través de la plataforma oficial de la ONPE. Para conocer su local, el elector debe ingresar su número de Documento Nacional de Identidad (DNI) en la web habilitada por la autoridad electoral. Este paso resulta fundamental, ya que cada persona figura en un recinto específico y solo podrá sufragar en el lugar asignado.
El proceso de votación inicia al llegar al local designado, donde el votante debe buscar su nombre en la relación de electores y dirigirse a la mesa correspondiente. Al identificarse con su DNI ante los miembros de mesa, recibirá la cédula de votación y podrá acceder a una de las cabinas disponibles. Tras marcar su elección, deberá introducir la cédula en el ánfora y firmar, además de dejar su huella digital en la lista de electores.
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En caso de dudas sobre el local de votación o la mesa asignada, los ciudadanos pueden consultar en línea o acudir a los puntos de orientación instalados por la ONPE. Es importante verificar estos datos antes del día de la elección para evitar contratiempos y asegurar el ejercicio del derecho al voto dentro del horario establecido, de 7:00 a 17:00 horas.
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