
Durante su paso por la Corte Suprema de Justicia, el hoy presidente interino José María Balcázar, intervino en un caso emblemático de la red de corrupción del exasesor presidencial Vladimiro Montesinos. Intervención que luego no pudo explicar ante el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) que evaluó su ratificación.
Se trata del Recurso de Nulidad 447-2004 de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, fallo difundido por La Contra y al que Infobae accedió en su integridad.
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En dicho fallo Balcázar votó a favor de declarar fundada la “excepción de naturaleza de acción” del hoy fallecido Eugenio Bertini Vinci, exgerente general del Banco Wiese, ordenando el archivo definitivo de la investigación en contra de este por el delito de encubrimiento real.
Bertini Vinci, quien tiene un ‘Vladivideo’, era investigado porque presuntamente habría ocultado movimientos del dinero corrupto del ‘Doc’ al Banco Wiese Bank International de las Islas Gran Caimán. Transferencias que “se habrían producido cuando se habían instaurado investigaciones contra el procesado Vladimiro Montesinos”.

Fallo cuestionado
Para empezar, se cuestionó la decisión de la Sala Penal que integró José María Balcázar porque procedió a resolver el recurso de Eugenio Bertini Vinci a pesar de que el juzgado y la Sala Superior ya habían rechazado el mismo, lo que configuraba como “cosa juzgada”.
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Según consta en el fallo, se le dio una “interpretación extensiva y sistemática” al término “doble instancia” para proceder a analizar el caso. Esto fue duramente reprochado por el CNM al evaluar la ratificación de Balcázar.
“El evaluado (Balcázar) interpretó que la instancia plural podía incluir en este caso a una tercera instancia pese a lo textualmente previsto en dicha norma”, se lee en la resolución del CNM.
Otro punto cuestionado fue que la Sala Penal que integró el hoy presidente interino analizó aspectos de fondo pese a que la “excepción de naturaleza de acción” cuestiona si el hecho, tal como lo presenta la Fiscalía, es delito o no. Es decir el análisis debe centrarse en la imputación que hace la Fiscalía y no en si el investigado es efectivamente responsable penalmente.
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Sin embargo, Balcázar y otros 3 jueces supremos procedieron a valorar las pruebas: “Está demostrado indubitablemente que la cuenta corriente en dólares a nombre de Vladimiro Montesinos data del año 1995, esto es, con mucha antelación al nombramiento de Eugenio Bertini Vinci en el cargo de Gerente General del Banco Wiese que se produjo el 6 de setiembre de 1999″.

Sobre este punto, el CNM también reprochó a Balcázar porque hubo un análisis de fondo cuando solo debía examinar si los hechos imputados calzaban en el delito de encubrimiento real, “análisis esencial que fue obviado por el evaluado al argumentar en torno a dicha excepción”.
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Por ello, el CNM aseveró que la técnica argumentativa de Balcázar “se encuentra viciada por grandes deficiencias, situación que afecta la legitimidad y transparencia de su desempeño jurisdiccional, lo que no se condice con el nivel de excelencia que debe demostrar un magistrado de nivel jerárquico del evaluado”.
La cuestionada sentencia de nulidad que José María Balcázar firmó fue uno de los elementos que invocó el Consejo para no ratificarlo.
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