
A pocos días de que acabe enero, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) finalmente promulgó el decreto supremo del pago del bono extraordinario de S/ 100 para los trabajadores públicos, medida acordada en el Convenio Colectivo Descentralizado del 2025-2026, el texto que se realizó mediante negociación colectiva entre gremios de trabajadores estatales y el Poder Ejecutivo.
Así, el “Decreto supremo que autoriza transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2026 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales” ha hecho oficial la entrega del bono de S/ 100, hasta por la suma de S/ 55 millones 906 mil 500.
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Como se sabe, este, según lo señala el mismo acuerdo entre el Gobierno y gremios, debe pagarse este mismo enero de 2026. Ante esto, el decreto señala que “los titulares de los pliegos habilitados (...) aprueban mediante resolución la desagregación de los recursos autorizados (...) dentro de los cinco días calendario de la vigencia” de la norma.

¿A quiénes se entrega?
El Presupuesto público aprobado para este 2026 contempla “el otorgamiento de un bono excepcional y por única vez, de S/100″ para los trabajadores públicos. Esto irá para los empleados del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales siguientes regímenes:
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- Servidores de los regímenes de los Decretos Legislativos 276
- Servidores de los regímenes de los Decretos Legislativos 728
- Servidores de los regímenes de los Decretos Legislativos 1057
- Servidores de los regímenes de las Leyes 30057
- Servidores de los regímenes de las Leyes 29709
- Servidores de los regímenes de las Leyes 28091.
“Para el caso de las entidades del Gobierno Nacional y los gobiernos regionales, el personal beneficiario debe cumplir de manera conjunta lo siguiente: encontrarse registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas al 30 de junio de 2025; y, contar con vínculo laboral vigente a la fecha de pago del bono excepcional", resalta la Ley.

Este beneficio fue acordado gracias a la negociación colectiva entre Gobierno y sindicatos del sector público. “Según el convenio colectivo firmado, el bono debe ser otorgado en el presente mes de enero. Así tambien lo ratifica el Presupuesto del año 2026″, recordó el Secretario de defensa de la Confederacion de Trabajadores Estales del Perú (CTE Perú), David Flores Ramos, ante la consulta de Infobae Perú.
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¿Hay requisitos?
Sin embargo, el bono de S/100 no podrá ser recibido por todos los trabajadores, sino solo quienes laboren a la fecha de este cobro (en enero de 2026) y que aparezcan registrados al AIRHSP a la fecha indicada del 30 de junio de 2025.
“Para el caso de las entidades del Gobierno Nacional y los gobiernos regionales, el personal beneficiario debe cumplir de manera conjunta lo siguiente: encontrarse registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas al 30 de junio de 2025; y, contar con vínculo laboral vigente a la fecha de pago del bono excepcional", resalta la Ley.
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Esto también aplica para el caso de los gobiernos locales: encontrarse registrado en el registro provisional del AIRSHP del Ministerio de Economía y Finanzas al 30 de junio de 2025, pero también, en vez de este, deberán estar o en la Planilla Electrónica (PDT PLAME) que se encuentra a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, según corresponda, en el mes de junio de 2025. Además, deberán contar con vínculo laboral a la fecha de pago del bono excepcional.
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