
La siguiente semana ya se entrega el pago mensual a los trabajadores del sector público en el Banco de la Nación. En esta ocasión, enero de 2026, estos podrán cobrar no solo su sueldo usual, sino también el bono de escolaridad, que asciende a S/ 400 y es un beneficio de todo trabajador, así tenga hijos o no (pero según su régimen laboral).
Sin embargo, este mes también está pendiente la entrega del bono de S/ 100, cuyo origen data de la negociación colectiva del año pasado, y que fue acordado y aprobado en el presupuesto público para este 2026.
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Se debería entregar en enero. Sin embargo, aún no hay noticias de que este se pague junto a la planilla de pagos del mes. ¿Qué falta? “Estaría pendiente el Decreto Supremo del Ministerio de Economía y Finanzas que transfiere a los pliegos nacionales y gobiernos regionales, los recursos economicos para su abono respectivo”, respondió a Infobae Perú el Secretario de defensa de la Confederacion de Trabajadores Estales del Perú (CTE Perú), David Flores Ramos.

¿De qué trata el bono de S/100?
Como se recuerda, el Presupuesto público aprobado para este 2026 contempla “el otorgamiento de un bono excepcional y por única vez, de S/100″ para los trabajadores públicos. Esto irá para los empleados del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales siguientes regímenes:
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- Servidores de los regímenes de los Decretos Legislativos 276
- Servidores de los regímenes de los Decretos Legislativos 728
- Servidores de los regímenes de los Decretos Legislativos 1057
- Servidores de los regímenes de las Leyes 30057
- Servidores de los regímenes de las Leyes 29709
- Servidores de los regímenes de las Leyes 28091.
“Para el caso de las entidades del Gobierno Nacional y los gobiernos regionales, el personal beneficiario debe cumplir de manera conjunta lo siguiente: encontrarse registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas al 30 de junio de 2025; y, contar con vínculo laboral vigente a la fecha de pago del bono excepcional", resalta la Ley.
Se debe recordar que este fue acordado gracias a la negociación colectiva entre Gobierno y sindicatos del sector público. “Según el convenio colectivo firmado, el bono debe ser otorgado en el presente mes de enero. Así tambien lo ratifica el Presupuesto del año 2026″, recordó Flores Ramos.
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Requisitos y condiciones del bono
Sin embargo, el bono de S/100 no podrá ser recibido por todos los trabajadores, sino solo quienes laboren a la fecha de este cobro (en enero de 2026) y que aparezcan registrados al AIRHSP a la fecha indicada del 30 de junio de 2025.
“Para el caso de las entidades del Gobierno Nacional y los gobiernos regionales, el personal beneficiario debe cumplir de manera conjunta lo siguiente: encontrarse registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas al 30 de junio de 2025; y, contar con vínculo laboral vigente a la fecha de pago del bono excepcional", resalta la Ley.
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Esto también aplica para el caso de los gobiernos locales: encontrarse registrado en el registro provisional del AIRSHP del Ministerio de Economía y Finanzas al 30 de junio de 2025, pero también, en vez de este, deberán estar o en la Planilla Electrónica (PDT PLAME) que se encuentra a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, según corresponda, en el mes de junio de 2025. Además, deberán contar con vínculo laboral a la fecha de pago del bono excepcional.
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