El próximo domingo 12 de abril de 2026, el Perú elegirá a sus nuevas autoridades en una jornada que contará con más de 800 mil miembros de mesa. Esta cifra, que duplica la de procesos anteriores, se debe a que la ONPE sorteará a tres titulares y seis suplentes por cada mesa para asegurar que la votación inicie puntualmente a las 6:00 a. m.
Aunque el cargo es irrenunciable según la Ley Orgánica de Elecciones, existen situaciones justificadas donde el ciudadano puede presentar una excusa para no cumplir con este deber. El sorteo oficial de miembros de mesa se realizará este 29 de enero. Sin embargo, el plazo para realizar este trámite es de hasta 5 días hábiles contados desde la publicación definitiva del listado de seleccionados, prevista para el 11 de febrero tras un periodo de tachas.
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¿Quiénes pueden solicitar la excusa?
La normativa contempla diversos escenarios de vulnerabilidad, lazos familiares o funciones laborales que permiten quedar exento de la mesa de sufragio:
- Madres gestantes o en periodo de lactancia
- Mujeres gestantes y madres lactantes con hijos de hasta 2 años.
- Personas con problemas de salud
- También se incluye a personas con enfermedades crónicas (hipertensión, diabetes, afecciones cardíacas o cáncer)
- Tener problemas pulmonares crónicos como enfermedad pulmonar obstructiva (EPOC), fibrosis quística, fibrosis pulmonar; hipertensión pulmonar, asma grave o no controlada.
- Obesidad con IMC mayor a 30.
- Personas con Síndrome de Down
- Personas con VIH o en un estado de inmunodepresión establecido por una autoridad sanitaria.
- Receptores de trasplante de órganos sólidos o células madres sanguíneas
- Personas con notorio o grave impedimento físico o mental.
- Vínculos familiares
- Si en una misma mesa salen sorteados dos parientes, el ciudadano con el cargo de menor jerarquía puede presentar la excusa. Este parámetro solo considera hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad; es decir, padres, hijos, abuelos, nietos y hermanos o suegros, yernos, nueros, cuñados, padrastos y hermanastros.
- Adultos mayores
- Ciudadanos mayores de 65 años.
- Trabajadores públicos de estos sectores
- Autoridades o representantes provenientes de elección popular
- Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú
- Miembros en actividad de las Fuerzas Armadas o PNP
- Trabajadores que realicen tareas electorales como la ONPE, JNE, Ministerio Público y Defensoría del Pueblo.
- Ausencia del país
- Quienes deban salir del territorio nacional o ya se encuentren fuera de él según los registros de Reniec.

Paso a paso para realizar el trámite
Para que la solicitud sea procesada, el ciudadano debe cumplir estrictamente con los siguientes pasos:
- Pago de derecho: Se debe abonar la suma de S/ 15.80 en el Banco de la Nación o a través de Págalo.pe con el código 03836. Es vital conservar el voucher.
- Presentación de documentos: El trámite se realiza de forma presencial en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) o mediante la Mesa de Partes Virtual de la ONPE.
- Requisitos: Se debe entregar el Formulario P2, copia del DNI, el comprobante de pago y los documentos que prueben la situación (certificados médicos, partidas de nacimiento o constancias laborales).
En caso de que la documentación presente alguna observación, el ciudadano tendrá un plazo de dos días hábiles para subsanarla.
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