
El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 (JEE Lima Centro 1) admitió a trámite una tercera tacha contra el candidato presidencial de Perú Primero, Mario Vizcarra, por la sentencia firme por peculado que arrastra.
Inicialmente, el JEE observó la tacha, que fue presentada por Edwin Roberto Huamaní Pérez, porque no se presentó el voucher que acredite el pago de la tasa electoral de 5.350 soles.
El ciudadano, que no cuenta con afiliación a algún partido político, subsanó la observación y pagó el monto. El JEE comprobó y admitió a trámite la tacha, disponiendo que se notifique al personero legal de Perú Primero para que dé sus descargos.
De proceder la tacha, Vizcarra sería excluido de la contienda electoral, decisión que podría apelar ante el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Piden inaplicar ley
El partido Perú Primero solicitó al JEE Lima Centro 1 que desestime la aplicación de la Ley 30717 y permita que Mario Vizcarra permanezca en competencia electoral, basando su petición en recientes decisiones del Tribunal Constitucional (TC) que califican como inconstitucional impedir la postulación a personas condenadas por corrupción que ya han cumplido su sentencia y se encuentran rehabilitadas.
Solo durante 2025 el TC resolvió 6 casos donde dejó de aplicar la Ley 30717 a postulantes que habían purgado condena por corrupción, y lo hizo con el argumento de que resulta fundamental proteger el derecho a la participación política de los ciudadanos, incluso ante disposiciones legales restrictivas.

El JNE deberá definir si mantiene la prohibición de la Ley 30717 o adopta el criterio jurisprudencial del TC, que en sus últimos fallos instó explícitamente a los órganos electorales a utilizar mecanismos como el control difuso de constitucionalidad. El tribunal remarcó que la función del JNE trasciende la mera aplicación literal de la norma, exigiéndole actuar como garante de los derechos establecidos en la Constitución.
En la contestación a las tachas presentadas por un militante de Avanza País y por el candidato aprista Luis Miguel Caya—quienes reclamaron la exclusión de Vizcarra debido a una condena por peculado de 2005—Perú Primero argumentó que tales objeciones desconocen la “interpretación reiterada y constante” del TC.
El partido remarcó que en todos los casos revisados, el máximo tribunal ha concluido: “El criterio seguido por las instancias electorales en la aplicación literal de la Ley 30717, es decir, impidiendo al ciudadano rehabilitado postular, es absolutamente inconstitucional. Ello ha traído la denigrante y reiterada imposición de sanciones y apercibimientos a los miembros del Supremo Tribunal Electoral”.
Como antecedente, en 2020 el TC evaluó la constitucionalidad de la Ley 30717, pero no alcanzó los votos necesarios para su anulación. Sin embargo, la situación cambió tras resoluciones individuales donde se declaró su inaplicabilidad respecto a candidatos rehabilitados. En los más de seis fallos de 2025, los magistrados instaron al Jurado Nacional de Elecciones a priorizar la protección de derechos fundamentales vinculados a la participación política.
Perú Primero solicitó al tribunal electoral que declare infundadas las tachas y deje sin efecto la restricción prevista en la Ley 30717 respecto a Mario Vizcarra. En los próximos días, el JEE Lima Centro 1 deberá pronunciarse sobre la controversia. La decisión que adopte será apelable ante el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones.
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