
Pugna entre Claro y Entel, las empresas teleoperadores rivales. Por afirmar ser “la red móvil más rápida del Perú” sin contar con el sustento técnico que lo respalde, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) del Indecopi sancionó a América Móvil Perú S.A.C. (Claro) por difundir publicidad engañosa, con una multa de 34,98 UIT, equivalente a S/187 mil 143.
Esta decisión se adoptó tras declarar fundada la denuncia presentada por la empresa rival Entel Perú S.A., “al concluir que los anuncios difundidos por Claro en redes sociales y paneles publicitarios inducían a error a los consumidores, al dar a entender que era la red más veloz del país en todas sus tecnologías (2G, 3G, 4G y 5G) y en todos los indicadores de velocidad, cuando ello no era cierto”.
Según la resolución, Claro solo acreditó tener un mejor desempeño en velocidad de descarga de datos en la red 4G durante 2023, mas no en otros parámetros esenciales como la velocidad de subida o la latencia, ni en el conjunto de tecnologías móviles disponibles. “Por tanto, el mensaje publicitario no reflejaba de manera veraz la realidad del servicio ofrecido”, aclara Indecopi.

Indecopi ordena detener ‘publicidad engañosa’
Además de la multa, el Indecopi ordenó el cese definitivo e inmediato de la campaña publicitaria en la que se incluían frases como “Claro es la red móvil más rápida del Perú” y “Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú”, así como la inscripción de la empresa en el Registro de Infractores de la Comisión.
“El Indecopi recuerda que las empresas deben respetar el principio de veracidad en la publicidad, establecido en la Ley de Represión de la Competencia Desleal, que obliga a los anunciantes a sustentar previamente las afirmaciones objetivas que difundan al público”, agrega la entidad.
Asimismo, la empresa detrás de Claro (América Móvil Perú S.A.C.) deberá asumir el pago de “las costas y los costos” incurridos por Entel Perú S.A. en el trámite del procedimiento, por las razones expuestas en la parte considerativa de la resolución. Es decir, pagar los trámites.

Como se sabe, esta no es la única vez este año en que el Indecopi ha ordenado el cese de una medida publicitaria de Claro. Ya ha pasado con el jingle que usaba en las llamadas donde sonaba el mensaje “Cámbiate a Claro”.
Indecopi también ordenó cese de ‘canción’
Como se recuerda, la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) logró que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declaré fundada una sanción a la empresa Claro por su “locución invasiva”.
Se trataba de un jingle, una canción publicitaria, que sonaba cada vez que una persona llamaba a un ‘número Claro’. "Cámbiate a Claro, llama al 0800 00200″, señalaba la grabación, pero esta publicidad no estaba autorizada por el que llamaba.
Por considerarla publicidad invasiva o encubierta, Aspec denunció a Claro ante Indecopi y, según informó la primera, la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 del declaró fundada la denuncia.
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