
Hoy se oficializó la promulgación de la Ley Nº 32428, iniciativa aprobada previamente por el Congreso, que amplía hasta 80% el tope de inversión que las AFP podrán destinar a mercados internacionales con los recursos de sus afiliados.
La disposición fue publicada en una edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
Texto de la Ley Nº 32428
La Ley que modifica el artículo 25-D del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado mediante el Decreto Supremo 054-97-EF, respecto a los límites de inversión generales, está con la siguiente redacción:
“Límites de inversión generales: Artículo 25-D.- Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, la política de diversificación de inversiones de los fondos deberá cumplir con los siguientes límites generales:[…]d) La suma de las inversiones en instrumentos emitidos por gobiernos, entidades financieras y no financieras cuya actividad económica mayoritariamente se realice en el exterior como máximo ochenta por ciento (80%) del valor del fondo. El límite operativo seguirá siendo fijado por el Banco Central de Reserva.[…]”.

La norma aparece firmada por la presidenta de la República, Dina Boluarte Zegarra, y por el presidente del Consejo de Ministros, Eduardo Melchor Arana.
La motivación detrás de nueva ley para las AFP
El proyecto de ley que dio origen a la norma fue presentado por Juan Carlos Martin Lizarzaburu Lizarzaburu de Fuerza Popular. En su exposición se plantea que las inversiones en el extranjero pueden compensar la reducción de ganancias obtenidas dentro del país, tomando como referencia la experiencia de otras naciones de la región.
“América Latina lidera el mundo en desarrollo en lo relacionado con la reforma de pensiones. Por ejemplo, antes de 2010, los fondos chilenos de pensiones podían invertir el 65% de sus carteras en activos extranjeros, pero una reforma, aprobada hace cuatro años, les permite ahora invertir hasta el 100% en activos externos, esto lo convierte junto con Colombia en los países de la región con inversiones más altas en el extranjero, tal como se muestra en la siguiente tabla”, resalta el texto.
El documento también describe el caso chileno para explicar el efecto de estas medidas. “En diciembre de 2021, tuvo como principal fuente de rentabilidad a las inversiones provenientes del exterior teniendo en cuenta que estas se beneficiaron no solo del rendimiento de cada instrumento sino de su posición cambiaria. Esto permitió contrarrestar los resultados negativos de los valores locales”, explicó el proyecto. Finalmente, se precisa que el límite en Chile alcanza el 100%, es decir, no existe restricción.

¿Cómo funcionan las inversiones de las AFP?
Las AFP administran los aportes de los trabajadores en cuentas individuales con el objetivo de generar un rendimiento que incremente el monto disponible al momento de la jubilación. Estas entidades deben ceñirse a un marco regulatorio riguroso que especifica los instrumentos en los que pueden invertir, entre ellos acciones, bonos, depósitos a plazo y otros valores autorizados por la normativa vigente, bajo supervisión estricta de la SBS, que revisa diariamente estas operaciones.
El sistema está conformado por fondos clasificados generalmente del 0 al 3, donde cada uno tiene un perfil de riesgo diferente. El fondo 0 es muy conservador, compuesto casi exclusivamente por instrumentos de renta fija. El fondo 3, en cambio, es el más agresivo, con una gran proporción en renta variable. Entre estos rangos, los fondos intermedios ofrecen mezclas proporcionales de renta fija, variable, cobertura y alternativas, según las regulaciones que definen límites máximos para cada tipo de activo según el fondo.
En cuanto al desempeño, la rentabilidad que ganan estos fondos no es estable mes a mes, y debe entenderse en perspectiva de largo plazo. En los últimos treinta años, las AFP han conseguido un promedio cercano al 10% anual, resultado que supera con creces lo que ofrecen otras alternativas de inversión en el país. En muchos casos, más de dos tercios de lo acumulado en un fondo proviene precisamente de esa rentabilidad.
Además, la gestión de estos fondos debe regirse por principios fiduciarios como diligencia, prudencia, transparencia, imparcialidad y equilibrio entre riesgo y retorno. Las AFP están obligadas a diversificar sus carteras, con el fin de mantener un nivel de riesgo razonable y proteger los intereses de los afiliados. También se prevén barreras para evitar conflictos de interés, prohibiendo, por ejemplo, transacciones con personas o entidades que pudieran influir indebidamente en las decisiones de inversión.
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