Una intervención estatal sobre dos de las principales terminales portuarias del país llevó al presidente José Raúl Mulino a emitir un mensaje a la nación en el que afirmó que la medida no constituye una expropiación, sino una acción administrativa temporal destinada a garantizar la continuidad de las operaciones tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional la Ley 5 de 1997, base jurídica de la concesión otorgada a Panama Ports Company (PPC), empresa de Hongo Kong, China.
En su declaración, el mandatario sostuvo que la actuación del Estado responde al ejercicio de su facultad soberana sobre bienes públicos, señalando que el control asumido busca mantener la operación ininterrumpida, segura y eficiente de los puertos de Balboa y Cristóbal, mientras se determina el valor real de los activos y se adoptan las decisiones legales correspondientes. El pronunciamiento se produjo horas después de que la sentencia constitucional fuera publicada en la Gaceta Oficial, quedando ejecutoriada.
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Mulino reiteró que la medida no implica la confiscación de bienes ni la transferencia definitiva de activos, sino la utilización temporal de las instalaciones portuarias para evitar impactos en la cadena logística, el comercio marítimo y la economía nacional, sectores que dependen de la continuidad de las operaciones en ambos terminales, considerados nodos estratégicos del sistema logístico panameño.
El fallo constitucional declaró inconstitucional el contrato aprobado mediante la Ley 5 de 1997, el cual otorgó a PPC la concesión para el desarrollo, construcción, operación y administración de las terminales portuarias de Balboa y Cristóbal.
Tras la decisión judicial, el Ejecutivo ordenó a la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) asumir el control administrativo de los recintos portuarios, con el objetivo de garantizar la prestación del servicio mientras se define el esquema definitivo de operación.
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Como parte de la respuesta gubernamental, el Consejo de Gabinete aprobó resoluciones que establecen contratos transitorios para la operación de los puertos. De acuerdo con la Resolución de Gabinete N.° 4 del 23 de febrero de 2026, se autorizó la contratación excepcional entre la AMP y AMPT Panamá S.A. para la operación, mantenimiento y administración del puerto de Balboa, con una duración de 18 meses y un monto de $26,100,000.00.

La resolución detalla que la contratación responde a la necesidad de asegurar la continuidad de los servicios portuarios mientras se desarrollan los procesos administrativos y contractuales de largo plazo.
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Además, se indica que la empresa cuenta con la experiencia técnica y financiera necesaria para asumir de forma inmediata la operación del terminal del Pacífico, garantizando el cumplimiento de estándares internacionales en la gestión portuaria.
En paralelo, la Resolución de Gabinete N.° 5 del 23 de febrero de 2026 aprobó la contratación de TIL Panamá S.A. como operador transitorio del puerto de Cristóbal, con un contrato de 18 meses y un monto de $15,800,000.00, en concepto de contraprestación económica por la concesión temporal.
El documento establece que la decisión busca evitar la interrupción de las actividades portuarias y prevenir efectos negativos en la competitividad logística del país.
Ambas resoluciones señalan que el Estado panameño es propietario de los puertos de Balboa y Cristóbal y que, tras la ejecutoria de la sentencia constitucional, corresponde a la AMP asumir la responsabilidad administrativa y operativa de las terminales, incluyendo la contratación de operadores temporales con capacidad técnica para garantizar el servicio.
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Durante su mensaje, Mulino sostuvo que el contrato declarado inconstitucional se mantuvo por décadas bajo cuestionamientos relacionados con la disponibilidad de información y la transparencia documental, aspectos que, según indicó, limitaron el acceso de la AMP a datos considerados relevantes para la supervisión de la concesión.
El presidente señaló que la revisión del modelo contractual permitirá establecer un nuevo esquema de administración alineado con el interés público.
El Ejecutivo subrayó que la prioridad inmediata es evitar la paralización del comercio marítimo y preservar la confianza de navieras, operadores logísticos y clientes internacionales que utilizan las terminales panameñas como punto de conexión para rutas globales. En ese contexto, las resoluciones aprobadas por el Gabinete buscan garantizar la continuidad operativa mientras se desarrolla el proceso administrativo de largo plazo.
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El mensaje presidencial se produjo en un escenario de alta atención nacional e internacional, debido a la relevancia estratégica de los puertos dentro del sistema logístico panameño y su papel en el comercio global.
El Gobierno reiteró que la medida responde a la ejecución de un fallo judicial y a la necesidad de asegurar la prestación del servicio público portuario, descartando que la intervención represente una expropiación o una transferencia definitiva de activos.
China había advertido consecuencias económicas para Panamá de concretarse la anulación de la concesión. Mulino había rechazado dichas advertencias, indicando que el fallo de la Corte Suprema es final y que Panamá es un país donde se respeta la separación de poderes.
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