Millones bajo la lupa, fútbol en huelga y el riesgo de sanciones internacionales: cómo llega “Chiqui” Tapia a su indagatoria

El presidente de la AFA deberá responder ante la Justicia en medio de una huelga inédita de los clubes de Primera División. Los detalles de la causa penal, la estrategia de las defensas y el impacto de los estrictos reglamentos éticos de la FIFA

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(REUTERS/Cesar Olmedo)
(REUTERS/Cesar Olmedo)

Este jueves 5 de marzo la pelota no rodará en los estadios del fútbol argentino. La atención se trasladará a los pasillos de los tribunales de avenida de los Inmigrantes 1950, sede de los juzgados en lo penal económico. Allí, el presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, está citado para prestar declaración indagatoria ante el juez Diego Amarante. Este viernes, sin embargo, su defensa pidió la nulidad del llamado a indagatoria, un planteo que el magistrado deberá resolver.

La citación marca un punto de inflexión en una causa penal que investiga un presunto perjuicio fiscal por $19.353.546.843,85. El titular del Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 5 también convocó a otros dirigentes de la entidad: el tesorero Pablo Toviggino, el director general Gustavo Lorenzo, el secretario general Cristian Malaspina y su antecesor, Víctor Blanco.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) impulsó el expediente el 12 de diciembre pasado, al denunciar a la AFA por descontar tributos a terceros y omitir su depósito al fisco tras el plazo legal de 30 días. La maniobra abarca 69 hechos registrados entre marzo de 2024 y septiembre de 2025.

Los delitos bajo investigación prevén sanciones graves. Las conductas se encuadran en la apropiación indebida de tributos y de recursos de la seguridad social, tipificadas en los artículos 4º y 7º del Régimen Penal Tributario. Ambas figuras contemplan penas de dos a seis años de prisión.

El cronograma oficial prevé que la ronda de indagatorias comience con la declaración del presidente de la AFA. Sin embargo, en las últimas horas, su defensa sumó un nuevo planteo que podría modificar esa citación. Su abogado Lucio Simonetti solicitó la nulidad del llamado a indagatoria.

El requerimiento se basa en que aún está pendiente de resolución la apelación presentada ante la Cámara Nacional en lo Penal Económico. La defensa sostiene que el tribunal superior debe definir primero el pedido de sobreseimiento por inexistencia de delito. Ahora, el juez Amarante deberá resolver si hace lugar a la nulidad o si ratifica la convocatoria.

En caso de que el magistrado sostenga las citaciones, el calendario continuará al día siguiente con el turno de Lorenzo, mientras que Blanco y Malaspina comparecerán el 9 de marzo. La ronda de indagatorias finalizará el 11 de marzo con la presentación de Toviggino. El tesorero logró postergar su fecha original tras designar al abogado Marcelo Rocchetti, quien solicitó una prórroga para acceder al expediente. El juez concedió el cambio de día, pero rechazó un pedido de la defensa para que el directivo declare por videoconferencia y ratificó la presencialidad obligatoria.

Para garantizar el normal desarrollo de las jornadas, Amarante ordenó reforzar la seguridad en el juzgado y limitar la permanencia de personas ajenas en los pasillos. Tras la última indagatoria, el magistrado tendrá un plazo legal de 10 días hábiles para resolver la situación procesal de los acusados: deberá decidir si dicta el procesamiento, el sobreseimiento o la falta de mérito.

El foco en la operatoria financiera y las cifras investigadas

La querella sostiene que la omisión de los pagos fue sistemática y no respondió a dificultades financieras. Según precisó, la asociación dirigida por Tapia recibió acreditaciones bancarias por $45.072.435.530 solo en diciembre de 2024, además de constituir múltiples plazos fijos en pesos y dólares.

Fuentes de ARCA afirman que, con esos fondos, la AFA ejecutó una “bicicleta financiera”. De acuerdo con la acusación, la deuda por contribuciones a la seguridad social de sus 1.225 empleados alcanzó los $8.675.262.968,47, cancelada recién a finales de año.

Por otra parte, la retención indebida de tributos totalizó $10.678.283.875,38. Este pasivo incluyó el 21% de retención SIRE-IVA sobre pagos a proveedores, el Impuesto a las Ganancias (SICORE 217) y Ganancias artículo 79 (SICORE 787). Según los registros oficiales, la AFA depositó estos montos con casi seis meses de retraso en varios períodos.

El fiscal Claudio Navas Rial respaldó el avance penal sobre la base de un informe técnico de ARCA. El organismo detalló: “Verificado en el calendario fiscal los vencimientos de las obligaciones oportunamente denunciadas, éstas no sufrieron modificación alguna teniendo en cuenta las Resoluciones Generales (ARCA) Nº 5482/2024, 5532/2024, 5628/2024, 5736/2025 y 5806/2025″. Para sustentar esa postura, la agencia aportó los archivos “Cuadro AFA - Fechas Vencimiento - Previsional” y “Cuadro AFA Fechas Vencimiento - Impositivo”.

El Decreto 510 y la estrategia de la defensa

La causa penal avanza en paralelo a una disputa estructural sobre los aportes del fútbol. Las autoridades de la AFA amparan su operatoria contable en el Decreto 510/2023, firmado en octubre de 2023 por el entonces presidente Alberto Fernández.

Esta norma derogó el régimen anterior de 2003 e instauró un sistema especial para cancelar los aportes y contribuciones a la seguridad social (jubilaciones, asignaciones familiares y Fondo Nacional de Empleo). El decreto incluyó a futbolistas, cuerpos médicos, técnicos, auxiliares de las principales divisiones masculinas y la Primera División A femenina, así como a empleados de la sede central de la AFA.

El mecanismo modificó la forma de tributar: en vez de abonar cargas sociales tradicionales por cada trabajador, clubes y la AFA pasaron a tributar una alícuota fija de 7,50% sobre el total de ingresos brutos.

El texto oficial dispuso que ese porcentaje se deduzca de las principales fuentes de financiamiento: entradas, transferencias y cesiones de jugadores, derechos de televisión, patrocinios oficiales, comercialización de datos y apuestas deportivas.

Además, el artículo cuarto del decreto fijó un cargo adicional del 0,50% sobre esos ingresos, destinado a cancelar deudas históricas y el desfinanciamiento generado entre 2003 y 2023. El sistema designó a la propia AFA, a la Liga Profesional de Fútbol y a las empresas de televisión como agentes de retención y percepción.

La aplicación de esta alícuota reducida es el eje de la controversia con la administración nacional. El gobierno de Javier Milei, a través del ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, cuestionó el esquema por generar un “agujero” previsional y lo dio de baja. Frente a esta decisión, la AFA recurrió a la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal y obtuvo medidas cautelares que le permitieron mantener vigente el esquema del 7,50%. El Poder Ejecutivo apeló y ahora la Corte Suprema de Justicia de la Nación debe resolver el fondo del conflicto.

Funcionamiento interno y recorrido judicial

El funcionamiento administrativo de la AFA quedó expuesto a través de las declaraciones testimoniales de su personal contable. La gerente de Administración y Control, Mónica Bouvet, explicó el circuito de pagos impositivos: “Esta instrucción de pago siempre me la da en forma verbal el tesorero, personal o telefónicamente”, declaró bajo juramento. Por su parte, la empleada Paula Méndez identificó a Toviggino como el responsable del control económico y a Tapia como el administrador general de la clave fiscal. La emisión de los fondos requería la firma conjunta de tres autoridades, a través de cuentas del Banco Credicoop.

Frente a la acusación formal, la defensa de Tapia —a cargo de los abogados Norberto Frontini y Lucio Simonettiintentó eludir la citación mediante una excepción de falta de acción. Argumentaron que las deudas no resultaban exigibles debido a la vigencia de resoluciones del Ministerio de Economía, que ordenaban suspender los juicios de ejecución fiscal contra entidades sin fines de lucro. El juez rechazó el planteo y dictaminó que una medida administrativa transitoria para frenar cobros compulsivos no elimina la obligación penal de ingresar los fondos retenidos.

Tras este revés, y poco antes de que se ordenaran las indagatorias, Tapia apeló el rechazo al cierre del caso por inexistencia de delito. La apelación fue concedida y remitida a la Cámara Nacional en lo Penal Económico, de cuya decisión dependerá el futuro inmediato de la causa. Los abogados defensores insistieron con el sobreseimiento en base a la Resolución 17/2024 y sus prórrogas, mediante las cuales el Gobierno ordenó a la ex AFIP suspender las ejecuciones fiscales contra asociaciones civiles. Para la defensa, si el Estado no puede ejecutar la deuda civil, el contribuyente tendría el “derecho” a no ingresarla y no existiría delito.

Situación procesal y composición de la Cámara

El tribunal de apelaciones que debe definir esta cuestión procesal cuenta solo con dos miembros de un total de seis, lo que genera cuatro vacantes. Sus titulares son la jueza Carolina Robiglio y su par Roberto Hornos. Cuando no logran llegar a un acuerdo, o alguno se aparta del expediente, el sistema prevé el sorteo de magistrados subrogantes de la Cámara Federal porteña para destrabar los fallos.

En caso de que la Cámara en lo Penal Económico rechace finalmente el planteo de la defensa, existe la posibilidad de que el expediente escale a una instancia superior: la Cámara Federal de Casación Penal, que hoy tiene pendiente de resolución el destino de la investigación sobre el origen de los fondos utilizados para la compra de la denominada “mansión de Pilar” atribuida a autoridades de la AFA.

Claudio Tapia, presidente de la
Claudio Tapia, presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA). EFE/Luciano González

En paralelo a la disputa de fondo y para asegurar el proceso, el juez prohibió la salida del país de los acusados. Las defensas de Tapia, Malaspina, Lorenzo y Toviggino también apelaron esta medida. Amarante concedió los recursos, pero sin efecto suspensivo. La prohibición seguirá vigente hasta el pronunciamiento definitivo de la Sala A de la Cámara en lo Penal Económico. Bajo esta limitación, Tapia obtuvo un permiso especial tras fijar una caución de $5.000.000 para viajar durante este fin de semana a actos oficiales en Colombia y Brasil.

Impacto internacional y la mirada de la FIFA

El avance de la instrucción judicial podría configurar un escenario delicado a nivel internacional para las máximas autoridades del fútbol argentino. Un eventual procesamiento activaría el escrutinio de los organismos rectores globales. El Código de Ética de la FIFA, el órgano rector del fútbol, aplicable a autoridades de federaciones miembro, establece obligaciones estrictas para sus dirigentes.

El artículo 13 del reglamento exige que las personas sujetas cumplan sus deberes de forma diligente, “en especial en relación con las cuestiones de carácter económico”. La normativa subraya que los directivos deben actuar con absoluta credibilidad e integridad en todo momento. El propio código prevé sanciones que van desde multas económicas hasta la prohibición de ejercer actividades vinculadas al fútbol. Además, frente a infracciones que no puedan resolverse de manera expedita, el órgano de instrucción puede aplicar sanciones provisionales.

El paro y el conflicto institucional

El avance de la causa penal provocó un conflicto institucional. El Comité Ejecutivo de la AFA aprobó un paro de actividades desde el 5 hasta el 8 de marzo, fechas coincidentes con la novena jornada del Torneo Apertura. A la reunión asistieron 26 de los 30 clubes de Primera División. Dirigentes de instituciones ausentes, como Boca Juniors, manifestaron su adhesión posterior.

Desde la Liga Profesional, un grupo de directivos expresó su respaldo a la actual gestión. “Es una forma de decir basta a lo que nosotros creemos que es un ataque constante y un avasallamiento a los derechos de nuestros clubes”, expresó Malaspina. El presidente de Atlético Tucumán, Mario Leito, vinculó el expediente con las políticas del oficialismo nacional: “Detrás de esto hay un gobierno nacional que viene planteando el tema de las Sociedades Anónimas Deportivas en el fútbol argentino”, remarcó.

La controversia también se trasladó a las redes sociales. El abogado y vocero de la AFA, Gregorio Dalbón, acusó al magistrado de arbitrariedad: “La indagatoria es un derecho. La prohibición de salida del país es un exceso”. El letrado además advirtió sobre un presunto conflicto de intereses por el empleo de familiares del juez en ARCA y sumó cuestionamientos por una imagen de Amarante en una tribuna del estadio de River Plate con la camiseta del seleccionado nacional, sugiriendo la recepción de entradas de favor.

(X de Gregorio Dalbón)
(X de Gregorio Dalbón)

Consultadas por Infobae, fuentes allegadas al juez Amarante descartaron de plano las acusaciones. Sobre la fotografía, precisaron que corresponde a una tribuna general: “No es palco oficial, ni nada que se le parezca”. En cuanto a los vínculos con ARCA, confirmaron que dos familiares trabajan allí desde gestiones anteriores. Las fuentes judiciales calificaron las afirmaciones del vocero como meras “berretadas”.

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