
Mientras el juez en lo Penal Económico Diego Amarante analiza el planteo de la defensa de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y de sus directivos para cerrar la causa, la investigación por presunta retención indebida de aportes por unos 19 mil millones de pesos avanzó este martes con declaraciones testimoniales consideradas relevantes para el expediente.
Una de las convocadas fue la gerente de Control y Administración de AFA, Mónica Bouvet, quien se presentó a las 10 en la sede del juzgado en avenida de los Inmigrantes 1950 y declaró casi tres horas bajo juramento de verdad.
PUBLICIDAD
Según explicaron fuentes del caso a Infobae, se la citó en relación a la operatoria de pagos de obligaciones impositivas de la AFA, luego de que el juez recibiera informes sobre fondos disponibles que podrían haber sido usados para el pago en tiempo y forma de los aportes que reclamó ARCA en su denuncia por presunta retención indebida de impuestos y aportes patronales.
De acuerdo a la querella, se trata de unos 19 mil millones de pesos correspondientes a distintos períodos entre 2024 y 2025 que habrían sido retenidos pero no depositados dentro del plazo legal de 30 días establecido por la normativa vigente.
PUBLICIDAD
A la declaración de la gerenta, con casi tres décadas de antigüedad como empleada de la institución, siguió la de otra integrante del área administrativa, en un trámite que se extendió hasta media tarde de este martes.
En ambas declaraciones estuvo presente el abogado de la AFA, Lucio Simonetti, mientras que por la querella participó una letrada de la Dirección General Impositiva (DGI).
El futuro del caso
Las declaraciones se concretaron de manera previa a que el magistrado resuelva sobre un pedido de sobreseimiento presentado por los abogados de la AFA y de los directivos imputados, entre ellos Claudio “Chiqui” Tapia, quienes sostienen que no existió delito y que la situación responde a cuestiones administrativas. El planteo ya fue rechazado tanto por el fiscal en lo Penal Económico Claudio Navas Rial como por la querella de ARCA, que solicitaron que la investigación continúe.
PUBLICIDAD
La fiscalía imputó al presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia, y a la totalidad de los integrantes de la comisión directiva de la entidad deportiva.

Con las últimas testimoniales incorporadas al expediente, el juez Amarante quedó en condiciones de definir si hace lugar al planteo defensivo y dispone el cierre del caso o si la investigación sigue adelante con nuevas medidas de prueba.
Tras el levantamiento del secreto bancario, la Justicia detectó una contradicción entre el relato de la defensa y la realidad contable. Durante los períodos fiscales de 2024 y 2025 en los que la AFA incumplió con el giro de los fondos al fisco, la institución gozaba de una notoria liquidez.
PUBLICIDAD
Según se desprende de las actuaciones, la Casa Madre del fútbol argentino mantenía en ese momento saldos que superaban los 8.000 millones de pesos en cuentas a la vista, a los que se sumaban importantes colocaciones en plazos fijos en dólares.
Este hallazgo es determinante para la hipótesis de la Fiscalía. Al comprobarse que la AFA contaba con los recursos necesarios en sus cuentas, se debilita cualquier argumento sobre una imposibilidad de pago y se refuerza la figura del dolo. En los delitos de retención indebida, lo que se penaliza es que el agente de retención (la AFA) se quede con dinero que no le pertenece -como el Impuesto a las Ganancias de terceros o los aportes de sus empleados- teniendo la capacidad financiera para depositarlo.
PUBLICIDAD
Los abogados de Tapia, Norberto Frontini y Simonetti, habían solicitado cerrar la causa argumentando que, como existen resoluciones del Ministerio de Economía que suspenden las ejecuciones fiscales contra clubes, el Estado no estaba habilitado para exigir el cobro penalmente.
El fiscal Navas Rial sostuvo que “cumplida la fecha de vencimiento, estamos frente a la existencia de una obligación exigible, la cual el contribuyente no cumplió en el plazo estipulado por la ley penal”.
El fiscal remarcó además que las cuestiones administrativas sobre plazos o excepciones de cobro “no le son aplicables ni oponibles a la judicatura en un proceso penal”. Y fue más allá, al advertir que aceptar la tesis de la AFA implicaría una gravedad institucional: “La interpretación pretendida importa una violación al orden de prelación de las normas”, ya que una resolución administrativa no puede derogar tácitamente la aplicación del Código Penal.
PUBLICIDAD
Para la Fiscalía, la respuesta técnica del organismo recaudador fue clara: los vencimientos no se tocaron. Por lo tanto, Navas Rial concluyó que “se encuentran reunidas las condiciones objetivas de los tipos penales denunciados” y ahora la decisión será del juez.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Tips Jurídicos: ¿Son más graves los delitos con ensañamiento?
Dentro de la gama de ilícitos, hay actos que, para la ley, tienen un reproche especial. ¿Qué es y qué lugar ocupa allí el ensañamiento en el Código Penal?

A punto de volar a Brasil, una madre y su hijo se enteraron que el padre revocó la autorización para que el menor pueda viajar: deberá indemnizarlos
Tenían todo listo para abordar un vuelo internacional cuando, al pasar por los controles de Migraciones en el aeropuerto, les informaron que el permiso de salida del país había sido cancelado de forma imprevista. La Cámara de Apelaciones revocó el fallo de primera instancia y condenó al padre a pagar una indemnización de $5 millones, al advertir que la maniobra unilateral realizada a pocos días de la partida configuró un acto de violencia vicaria que truncó las vacaciones y afectó emocionalmente al niño y a su madre

Un 0 km pasó 22 días parado en la agencia por una manguera rota y la Justicia multó a la fábrica y a la concesionaria
En 2022, un tribunal de Dolores resolvió el reclamo de una consumidora que tuvo que dejar su vehículo cero kilómetro por una falla que la empresa no reparó a tiempo. El fallo confirmó la responsabilidad solidaria de la fábrica y la concesionaria, extendió el plazo de garantía y les impuso una sanción civil, además de costas e intereses

Una aseguradora se negó a cubrir el incendio de una camioneta porque dijo que fue intencional: por qué la Justicia falló contra la compañía
El tribunal condenó a la aseguradora a pagar $24,05 millones tras el incendio de una Chevrolet S10 ocurrido en 2025. Durante el juicio se confrontaron un informe privado y una pericia oficial, y la discusión no fue si el vehículo se había incendiado, sino cuál había sido el origen del fuego

Un policía quedó con una incapacidad del 52% tras ser herido en una protesta hace dos décadas: el Estado deberá indemnizarlo
Recibió un piedrazo de un grupo de manifestantes que protestaba en los alrededores de la Legislatura porteña. Percibirá una indemnización con intereses desde 2004



