
Con la firma de tres resoluciones vinculadas al mismo caso, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó este martes la continuidad del Tribunal Oral Federal Nº 2 en el juicio del segundo tramo de la causa Vialidad, rechazó un planteo de Lázaro Báez contra la ejecución del decomiso ordenado en el expediente original y declaró inadmisible la revisión presentada por la defensa de otro condenado, Juan Carlos Villafañe, quien pretendía revocar la condena por considerar prescripto el delito.
La intervención estuvo en manos de la Sala IV del máximo tribunal penal del país, integrada por los camaristas Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, quienes en primer lugar rechazaron una queja presentada por la defensa de Sandro Férgola, ex gerente de Obras y Servicios Viales y luego subadministrador de la Dirección Nacional de Vialidad, quien será juzgado en la causa correspondiente a Vialidad II.
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La defensa había intentado recusar al juez Andrés Basso, integrante del TOF 2 que intervino en el primer tramo. En ese marco, la Sala sostuvo que el rechazo de la recusación “no constituye una resolución susceptible de ser impugnada” al no tratarse de una sentencia definitiva, y señaló que el planteo tampoco acreditó “algún perjuicio de imposible reparación ulterior o alguna cuestión federal debidamente fundada”. A su vez, los camaristas recordaron que los cuestionamientos reproducían argumentos ya tratados y confirmados por la Corte Suprema de Justicia, por lo que resolvieron “no hacer lugar a la queja interpuesta por la defensa particular de Sandro Férgola, con costas”.
Vialidad II, en efecto, investiga presuntas irregularidades en 27 expedientes de obra pública en Santa Cruz y tiene como imputados, además de Férgola, a Martín Báez, Julio Mendoza y Fernando Butti, entre otros empresarios y funcionarios de escala intermedia que revistaron en la Dirección Nacional de Vialidad durante la época kirchnerista y que habrían sido parte de las maniobras por las cuales las empresas constructoras de Lázaro Báez, titular del Grupo Austral, se beneficiaron de contratos por 46 millones de pesos.
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Este expediente es una ramificación del principal, que examinó la adjudicación irregular de 51 contratos viales al mencionado Grupo Austral entre 2003 y 2015. La acusación, en manos de los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, señalaron que había existido un esquema de direccionamiento sistemático vinculado a Báez, con participación de organismos nacionales y provinciales, adjudicaciones concentradas y obras inconclusas o sobrevaluadas.
La causa concluyó con la sentencia del 6 de diciembre de 2022 dictada por el TOF 2 -integrado por Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso- que impuso penas de prisión e inhabilitación por administración fraudulenta y ordenó el decomiso de bienes como provecho del delito. Además de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y el empresario Báez, fueron condenados el ex secretario de Obras Públicas José López, el ex titular de Vialidad Nacional Nelson Periotti y otros funcionarios del área.
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El 10 de junio pasado, la Corte Suprema dejó firmes las nueve condenas al desestimar los recursos directos de las distintas defensas contra el fallo de la Sala IV de Casación, que había confirmado la sentencia en noviembre de 2024.
En ese contexto, en otra de las resoluciones dictadas este martes, los jueces Borinsky, Hornos y Barroetaveña desestimaron el planteo de incompetencia formulado por Lázaro Báez respecto de la ejecución del decomiso, ordenado como parte de la condena y recalculado por el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte en 685.000 millones de pesos. La defensa del empresario sostenía que debía intervenir el TOF 4, que juzgó al condenado en la causa conocida como “La ruta del dinero K” y unificó todas sus penas. Esa postura fue rebatido en el voto del juez Borinsky al considerar que era el tribunal oral que dictó la sentencia el encargado de “materializar las sanciones dispuestas”.
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La tercera resolución fue la declaración de inadmisibilidad de la revisión solicitada por Juan Carlos Villafañe, condenado a cinco años de prisión en Vialidad I. Su defensa alegaba que la acción penal estaba prescripta al momento de su indagatoria y procuraba revocar la sentencia -con autoridad de cosa juzgada- mediante esa vía procesal.
Por unanimidad, la Sala IV resolvió declarar “inadmisible” el planteo del ex director de la Administración General de Vialidad de Santa Cruz tras consignar, en los términos del juez Hornos, que el pedido “no se encuentra fundado en circunstancia novedosa alguna dentro de los concretos supuestos en los que procede la excepcional vía intentada para cuestionar una sentencia firme”.
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