
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) planteará un recurso de revisión contra el dictamen emitido este miércoles por el fiscal federal Eduardo Taiano, quien resolvió desestimar una denuncia por presunto lavado de activos presentada contra Tabacalera Sarandí S.A., presidida por el empresario Pablo Marcelo Otero, apodado públicamente como el “Señor del Tabaco”.
Fuentes del organismo recaudatorio confirmaron que el planteo será presentado en los próximos días para llevar el caso ante los tribunales de Alzada. La denuncia que descartó el fiscal había sido impulsada el 3 de abril por Felicitas Achábal, jefa de la División Penal Tributaria de la Dirección de Operaciones de Grandes Contribuyentes Nacionales de ARCA, a partir de una serie de informes elaborados por la División Fiscalización Externa II.
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Según esa presentación, entre 2021 y 2023 la tabacalera recibió un total de $33.632.240.575,17 de parte de 23 distribuidores mayoristas que, de acuerdo con la entidad fiscal, no pudieron justificar el origen de los fondos. Esa suma representó cerca del 31% del total facturado por la empresa de Otero durante ese período.
Entre los emisores se identificó a personas humanas y jurídicas con “perfil fiscal irregular” y sin capacidad económica, operativa ni financiera. Se mencionó, por ejemplo, a Ever Friends Distribuciones, con una facturación de $5.095.283.149,12, y a Gustavo Gabriel Palacios, con $3.190.482.025,88.
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Según se observó en los informes, se registró un patrón que incluía la venta mayorista de cigarrillos a consumidores no identificados, facturas emitidas con intervalos de pocos segundos, operaciones en efectivo sin registros bancarios ni pagos tributarios, y una ausencia total de empleados o infraestructura en las empresas relevadas.

Convocada por el Ministerio Público Fiscal, Achábal ratificó la presentación y señaló que estaba basada en registros técnicos “de fiscalizaciones que se adjuntaron como prueba documental que son reflejo de los términos expuestos en el escrito de inicio”. Subrayó también que “se constató un perfil irregular de 23 empresas fiscalizadas, porque no registran pagos tributarios ni acreditaciones bancarias o acreditaciones mínimas”.
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También declaró Laura Cecilia Alonso, inspectora de ARCA, quien sostuvo que “a través del sistema e-FISCO módulo de facturación electrónica ‘A’ se detectó que Tabacalera Sarandí emitió comprobantes de venta de cigarrillos a personas humanas y jurídicas (...), las cuales presentan un perfil fiscal irregular, ya que carecen de capacidad económica, infraestructura operativa y personal adecuado para tal actividad”.
En su descargo, Otero solicitó la desestimación de la denuncia y aseguró, entre otras cosas, que no existían “elementos suficientes para iniciar o continuar una investigación penal respecto de los supuestos hechos denunciados, ya que no se identifican hechos concretos, determinados en tiempo, modo y lugar, que configuren delitos”.
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También expresó que “la denuncia no cuestiona la materialidad de las ventas -ni sus cobros- de cigarrillos a sus distribuidores”, ni le endilga a su empresa “irregularidad o deficiencia formal y/o documental alguna”. Bajo esos términos, señaló que “Tabacalera Sarandí S.A. es una empresa legalmente constituida que desarrolla su actividad productiva e industrial dentro del marco normativo argentino”, y que “realiza ventas anuales de atados de cigarrillos por montos sustanciales en moneda nacional cuyas operaciones son debidamente facturadas, registradas y fiscalizadas”.

El fiscal Taiano concluyó que no advertía “motivos para suponer que la empresa Tabacalera Sarandí se encuentra involucrada en operaciones tendientes a legitimar activos de origen delictivo, por cuanto no se ha incorporado indicio alguno que verifique una eventual procedencia ilícita de ese dinero”. Añadió que “la emisión de facturas electrónicas por las ventas realizadas, incluso a sujetos que presentan un perfil fiscal irregular, demuestra una voluntad clara de transparentar la actividad económica desarrollada”.
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El titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3 consideró que las ventas fueron “debidamente facturadas, registradas y fiscalizadas”, y que incluso los propios informes de ARCA reconocieron que fue “a través del sistema e-FISCO” que se detectaron las inconsistencias denunciadas. Para el acusador, “la emisión de facturas electrónicas por las ventas realizadas, incluso a sujetos que presentan un perfil fiscal irregular, demuestra una voluntad clara de transparentar la actividad económica desarrollada”.
Además, interpretó como “acertada” la postura del presidente tabacalero en torno a que “no le corresponde a la compañía indagar sobre la situación fiscal, económica y/o patrimonial de sus clientes, en tanto las funciones de inspección y fiscalización son competencias exclusivas del Estado”.
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“En ese marco, la eventual existencia de inconsistencias fiscales en las operaciones efectuadas por las distribuidoras no puede ser imputada a la firma, ni utilizada como fundamento para sostener presuntas actividades de blanqueo de capitales, máxime cuando no se ha determinado aún cuál sería la deuda tributaria, ni cuál sería la maniobra concreta que permitiría inferir un supuesto intento de legitimación de activos ilícitos", detalló Taiano al desestimar la denuncia citando al Código Procesal Penal de la Nación.
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