
En el medio de la pelea del gobierno nacional de Javier Milei y las universidades nacionales por su financiamiento -con tomas de facultades- el Poder Ejecutivo recibió un fallo en contra. La Cámara Federal de San Martín confirmó que el Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovello, debe poner en funcionamiento la Universidad Nacional de Pilar.
Los jueces de la Sala I de la Cámara Federal de San Martín, Juan Pablo Salas, Macos Morán y Marcelo Fernández ratificaron un fallo de primera instancia que declaró inconstitucional una resolución de Capital Humano en la que había puesto en revisión el inicio de las actividades de la Universidad Nacional de Pilar.
PUBLICIDAD
Los camaristas explicaron que todos los actos que se realizaron para que la casa de estudios comience a funcionar “produjeron efectos y generaron derechos subjetivos en sus destinatarios” y que fueron dictados por el propio Estado Nacional que luego dispuso otros en contrario, lo que crea inseguridad jurídica.
La historia del caso comienza en septiembre del año pasado cuando el Congreso de la Nación aprobó una ley por la cual creó cinco universidades nacionales: Pilar, Ezeiza y Delta, ubicadas en la provincia de Buenos Aires, Río Tercero, en de Córdoba, y Madres de Plaza de Mayo, en la ciudad de Buenos Aires.
PUBLICIDAD
En la Universidad de Pilar fue designada como rectora organizadora Elizabeth Diana Wagner que consiguió una sede para comenzar a funcionar -a través de un convenio con la Municipalidad de Pilar-, logró la aprobación del estatuto provisorio y en diciembre del año pasado durante el gobierno de Alberto Fernández la Secretaría de Políticas Universitarias le transfirió 400 millones de pesos para los gastos de la puesta en marcha.
Pero el 26 de febrero, ya en el gobierno de Milei, el Ministerio de Capital Humano -que tiene en su órbita el área de educación, dictó la resolución 45 por la cual suspendió la puesta en marcha de las nuevas universidades nacionales creadas. Explicó que era necesario “revisar el inicio de actividades académicas” de esas universidades “para determinar si el procedimiento administrativo exigido por la Ley de Educación Superior para crear nuevas universidades fue debidamente cumplido, si las condiciones allí establecidas fueron realmente satisfechas y se encuentren debidamente documentadas y si la pertinencia, oportunidad y la previsión del crédito presupuestario correspondiente, en base a un estudio de factibilidad, avaló la iniciativa”.
PUBLICIDAD
Ante esa decisión, la rectora Wagner presentó un amparo contra esa decisión. En primera instancia, el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, aceptó el planteo y declaró inconstitucional la decisión del gobierno de Milei. Entre otros argumentos, el magistrado explicó que una resolución ministerial no puede frenar una ley nacional dictada por el Congreso.
El Ministerio de Capital Humano apeló el fallo que hoy fue confirmado por la Cámara Federal de San Martin. Los camaristas explicaron que en cada pasó que se dio para poner en marcha la Universidad desde su creación se dictaron distintas resoluciones administrativas que no fueron objetadas y que generaron efectos y derechos consagrados.
PUBLICIDAD
“A partir de la sanción de la ley 27.728 -que, como se dijo, creó la Universidad Nacional de Pilar-, se llevó a cabo todo un procedimiento administrativo -constituido por diferentes pasos-para la puesta en funcionamiento de la Universidad, habiéndose dictado al efecto distintos actos administrativos que, como tales, fueron debidamente notificados, produjeron efectos y generaron derechos subjetivos en sus destinatarios”, sostuvieron los tres magistrados.
Salas, Morán y Fernández agregaron en esa línea que “el reconocimiento de la estabilidad del acto administrativo responde a la finalidad de alcanzar la ´seguridad jurídica´”. “Este razonamiento advierte que, en el supuesto de que la administración se encontrase ilimitadamente autorizada a modificar y/o extinguir sus pronunciamientos anteriores, se estaría habilitando a que adoptase todo tipo de comportamientos erráticos, contradictorios y, en definitiva, impredecibles en demérito de los particulares cuyos derechos e intereses jurídicamente relevantes se encontrarían sometidos al arbitrio caprichoso u oportunista de las autoridades públicas”, concluyeron los jueces.
PUBLICIDAD
Ante el fallo que confirma que el gobierno debe permitir el inicio de la Universidad de Pilar. el gobierno puede apelar la resolución para que intervenga la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Fue al hospital por una fractura, contrajo una bacteria y terminó con la pierna amputada: recibirá una indemnización millonaria
La Justicia determinó la responsabilidad del nosocomio regional Alfredo Ítalo Perrupato de Mendoza. La situación se generó tras dos cirugías. La demandante perdió parte de una pierna como consecuencia de una osteomielitis

Tropezó en la vereda, se golpeó contra la pared y demandó a todos: perdió el juicio y deberá pagar los gastos
Lo que comenzó como un reclamo por daños y perjuicios terminó en una derrota en los tribunales bonaerenses. Pese a las lesiones denunciadas, la Justicia determinó que no se pudo probar la culpabilidad de los acusados. A quiénes señaló y qué argumentos utilizó el tribunal para desestimar la acción

“Falta de información y de trato digno”: la Justicia ordenó indemnizar por la compra frustrada de un 0 km tope de gama
Un hombre denunció que intentaron entregarle un modelo discontinuado y que, al pedir la devolución de la reserva, la concesionaria se negó. La Justicia aplicó la Ley de Defensa del Consumidor y condenó a las empresas involucradas. ¿Qué ocurrió en la “preventa” y por qué no pudieron eludir su responsabilidad?

Demandó por los cortes de luz, la empresa alegó el congelamiento tarifario y la Justicia ordenó indemnizarla
Una vecina de Mataderos sufrió 15.864 minutos de interrupciones en el servicio eléctrico durante tres años. Mientras la compañía alegó factores imprevisibles y problemas regulatorios para no pagar, un juez dictó una sentencia que incluye daño moral y punitivo. ¿Cómo hizo la damnificada para probar cada corte?

Contrabando: piden duras penas de prisión y advierten por la “percepción social de impunidad”
Se trata de una causa por contrabando de ropa desde China declarada como carbonato de calcio y que causó un perjuicio al Estado calculado en 4,5 millones de dólares




