
El Congreso Nacional de Honduras aprobó la noche del jueves una reforma constitucional que elimina la Comisión Permanente y los periodos prolongados de receso parlamentario, instaurando un modelo de sesiones más continuas y acotando la posibilidad de suspender la actividad legislativa.
Entre los cambios aprobados, abarca modificaciones a varios artículos fundamentales: 189, 190, 195, 201, 207, 208, 217, 245 y 312. Según detalló el secretario del Congreso Nacional, Carlos Ledezma, la nueva normativa suprime las largas pausas en la agenda legislativa que tradicionalmente se realizaban durante los meses de mayo y noviembre, estableciendo así una mayor continuidad en las labores parlamentarias.
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Esto implica que el pleno dejará de suspender sesiones por periodos prolongados, un hecho que redefine la actividad anual del organismo, como informó el Congreso en la sesión plenaria.
El impacto político y operativo de esta reforma resulta inmediato: con la extinción de la Comisión Permanente, órgano que hasta ahora asumía funciones legislativas durante los recesos, sus atribuciones se trasladarán a la Junta Directiva del Congreso Nacional.
Sin embargo, tal como establece el decreto, la Junta Directiva no podrá “sustituir ni usurpar” las competencias exclusivas del pleno legislativo, lo que responde a las críticas históricas sobre la concentración de poder en grupos reducidos de diputados.
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La reglamentación incorpora, además, disposiciones que limitan al presidente de la República ausentarse del país por más de 15 días, reforzando así el control y la supervisión institucional sobre el Poder Ejecutivo, según expuso Zambrano durante la sesión informativa.
La Comisión Permanente ha sido históricamente objeto de controversia, especialmente cuando ha tomado decisiones durante los recesos legislativos en contextos de crisis institucional.
Para el titular del Congreso, Zambrano, suprimir este órgano es una garantía frente a la posibilidad de abusos: “Nunca más se va a abusar de la Comisión Permanente”, afirmó en la sesión. El diputado insistió en que el propósito central de la reforma consiste en evitar la concentración de facultades durante los periodos de receso, tanto en el presente como en el futuro del Congreso.
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Por su parte, las atribuciones que deja vacantes la Comisión Permanente quedan bajo la responsabilidad de la Junta Directiva, que asume la administración cotidiana pero se ve expresamente limitada para no reemplazar las funciones deliberativas y decisorias del pleno.
Esta medida busca evitar que un número reducido de diputados ejerza control sin los contrapesos necesarios, fortaleciendo el principio de colegialidad.

A pesar de la aprobación mayoritaria, diputados de la bancada del Partido Libertad y Refundación (Libre) manifestaron su desacuerdo con la supresión de la Comisión Permanente.
Argumentaron que este órgano ha sido clave en asegurar la continuidad del trabajo parlamentario en contextos de crisis o emergencias, cuando el pleno no se encuentra reunido.
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Durante la sesión, varios legisladores defendieron las actuaciones de la Comisión en el periodo anterior, resaltando que su presencia permitió “dar continuidad a la labor legislativa en contextos complejos”. Por ello, insistieron en la necesidad de establecer mecanismos alternativos que, manteniendo la institucionalidad, permitan gestionar crisis sin depender exclusivamente de la convocatoria al pleno del Congreso.
La reforma no solo afecta la dinámica parlamentaria sino que introduce ajustes en la Ley Orgánica del Congreso Nacional, adecuando el marco legal secundario a las nuevas disposiciones constitucionales y cerrando la puerta a vacíos normativos.
La decisión de este poder del estado reflejada en la eliminación de la Comisión Permanente y la expansión de las sesiones redefine el funcionamiento habitual del Parlamento hondureño, estableciendo nuevas reglas para la toma de decisiones y el equilibrio institucional.
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