Vender una casa ahora costaría menos en República Dominicana: el Senado baja del 25 % al 10 % el impuesto por ganancia

La reforma fiscal aprobada cambia de forma importante la carga sobre estas operaciones y abre una salida atractiva para quienes se mudan o apuestan por otra propiedad en un plazo de seis meses

Fachada de una vivienda caribeña de dos pisos color verde menta con balcón blanco, rejas negras y toldos. Carteles "SE VENDE" visibles. Coche negro aparcado en la calle.
El Senado aprobó el proyecto de medidas pro-crecimiento económico que reduce del 25 % al 10 % el impuesto sobre la ganancia de capital en la venta de viviendas. (Imagen Ilustrativa Infobae)
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La reciente aprobación en el Senado del Proyecto Ley de Medidas Pro-Crecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional modifica de manera relevante la tributación sobre la venta de viviendas.

El texto, impulsado por el Poder Ejecutivo, baja del 25 % al 10 % la tasa impositiva sobre la ganancia de capital generada por estas operaciones, pasando a ser un pago único y definitivo.

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El economista Francisco Tavárez explicó a Diario Libre que, por ejemplo, si una persona adquirió una vivienda en 1,000,000 de pesos (aproximadamente USD 16,750) y luego la vende en 1.5 millones (unos USD 25,120), antes debía pagar 125,000 pesos (USD 2,090) en impuestos.

Con la nueva norma, solo abonaría 50,000 pesos (USD 835). Además, si el importe total se reinvierten en otra vivienda dentro de los seis meses siguientes, la operación queda exenta del gravamen; si solo se reinvierte una parte, la exención será proporcional.

Para Tavárez, la diferencia es considerable para quienes buscan cambiar de vivienda o invertir en el sector inmobiliario. El economista remarcó que la exoneración del impuesto alcanza a quienes destinan íntegramente la ganancia a una nueva vivienda en el plazo fijado.

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El Gobierno prevé obtener entre 40,000 y 50,000 millones de pesos (equivalentes a USD 670 millones y USD 840 millones) con el conjunto de medidas fiscales. Estos recursos se utilizarán para fortalecer el gasto social y reducir el déficit fiscal, de acuerdo con las declaraciones oficiales tras la presentación del proyecto.

La medida fiscal alcanza a personas físicas y también a personas jurídicas cuya única actividad sea la tenencia de bienes inmuebles no destinados a actividades comerciales. (Foto: Senado República Dominicana)
La medida fiscal alcanza a personas físicas y también a personas jurídicas cuya única actividad sea la tenencia de bienes inmuebles no destinados a actividades comerciales. (Foto: Senado República Dominicana)

El impuesto debe liquidarse dentro de los seis meses posteriores a la venta del inmueble. Si el vendedor utiliza todo el dinero para comprar una vivienda habitual en ese mismo lapso, quedará exceptuado de tributar. La exención será parcial si solo se reinvierte una fracción del capital.

Alcance y detalles de la medida fiscal

La normativa afecta directamente a personas físicas, pero también beneficia a entidades o personas jurídicas cuya única actividad sea la tenencia de bienes inmuebles, siempre que no se destinen a actividades comerciales. Así, el artículo 14 del proyecto extiende la tasa reducida y la exención proporcional a estos casos.

Según los lineamientos de la ley, la obligación fiscal solo recae sobre la porción de la ganancia que no se reinvierta en una nueva vivienda dentro del plazo de seis meses. Esto promueve la movilidad residencial y el dinamismo del mercado, al tiempo que asegura una recaudación adicional para el Estado.

La iniciativa, presentada por el ministro de Hacienda y Economía, Magín Díaz, recibió modificaciones en el Senado antes de su aprobación. Se enmarca en una estrategia más amplia de ajuste fiscal que busca equilibrar las cuentas públicas sin afectar la inversión ni la compraventa de viviendas.

En resumen, la reforma ofrece beneficios concretos a quienes venden una propiedad y reinvierten en otra, reduciendo la carga tributaria e incentivando la actividad inmobiliaria. El nuevo régimen fiscal introduce una lógica de incentivo a la reinversión y un alivio para los propietarios, en un contexto de búsqueda de mayores recursos fiscales para programas sociales.

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