
La Universidad Complutense de Madrid (UCM) ha reclamado que Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, y su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez, indemnicen de forma solidaria a la institución con 113.509,32 euros en concepto de responsabilidad civil si finalmente son condenadas por un delito de malversación en la causa que instruye el juez Juan Carlos Peinado. La universidad sostiene que esa cantidad corresponde al perjuicio económico derivado del presunto desvío del ‘software’ desarrollado en el seno de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva y al uso de personal de la institución para fines ajenos a la actividad universitaria.
La reclamación figura en el escrito de conclusiones provisionales que la Complutense ha remitido al magistrado instructor de cara al futuro juicio con jurado. En él, la universidad, personada como perjudicada, hace suyos los argumentos de la Audiencia Provincial de Madrid y solicita que, además de esa indemnización, se le restituya la titularidad y el control del programa informático y de todos los activos vinculados a él, como los dominios, códigos fuente, accesos, marcas o derechos de explotación, en caso de que las acusadas resulten condenadas.
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El escrito llega después de que la Audiencia Provincial acordara mantener el procedimiento únicamente por los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación, archivando las acusaciones por corrupción en los negocios y apropiación indebida que inicialmente había atribuido el juez Peinado a Gómez y Álvarez.
La Complutense sostiene que el ‘software’ era un activo de la universidad
En su escrito, la UCM parte de la resolución de la Audiencia para defender que existen indicios suficientes de un posible delito de malversación relacionado con el desarrollo y posterior destino del ‘software’ creado en el marco de la cátedra que codirigía Begoña Gómez.
La universidad recuerda que el proyecto fue desarrollado “con medios, recursos y bajo el paraguas institucional” de la Complutense y recalca que el hecho de que parte de la financiación procediera de empresas colaboradoras no altera el carácter público de esos recursos, ya que estaban destinados a fines universitarios y educativos.
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A partir de esa premisa, identifica dos posibles focos del perjuicio económico. El primero afecta al propio programa informático, que considera un activo de la Complutense al haber sido desarrollado mediante recursos de la universidad y aportaciones destinadas a la actividad de la cátedra. El segundo se refiere al trabajo realizado por personal de la institución, cuyas retribuciones fueron abonadas con fondos públicos y cuya actividad, según sostiene, habría sido destinada presuntamente a fines particulares.
En esa línea, la universidad comparte el criterio de la Audiencia Provincial, que aprecia indicios de que el ‘software’ habría sido desviado al ámbito de disponibilidad exclusiva de Begoña Gómez mediante distintas actuaciones realizadas sin conocimiento ni autorización de la UCM.
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Entre ellas menciona el registro de la marca TSC, la solicitud de la marca “Plataforma de mediación de Impacto social y medioambiental www.transformatsc.org”, la transferencia a su nombre del dominio de internet vinculado al proyecto y la constitución, en 2023, de la sociedad Transforma TSC S.L., de la que Gómez figura como administradora única y cuyo objeto social incluiría la explotación comercial del programa informático.
A juicio de la universidad, todas esas actuaciones habrían privado a la Complutense del control sobre un activo desarrollado con recursos públicos y menoscabado su patrimonio. El escrito añade, además, que entre la institución y la codirectora de la cátedra existía “una verdadera relación de confianza”, extremo que considera relevante a efectos de valorar la gestión de esos recursos.
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La UCM cifra provisionalmente el perjuicio económico en 113.509,32 euros, una cantidad que engloba tanto el coste del desarrollo del ‘software’ como las retribuciones satisfechas al personal cuya actividad, según sostiene, habría sido empleada para fines particulares. Esa sería la cantidad que reclama como responsabilidad civil solidaria a Gómez y Álvarez en caso de una eventual condena.
Además de la indemnización económica, la universidad solicita que le sean restituidos el ‘software’ y todos los elementos asociados a él, incluidos dominios, accesos, credenciales, archivos, documentación técnica, códigos fuente, registros, marcas y derechos de explotación que pudieran encontrarse en poder de quienes resulten condenados.
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La universidad apunta a Cristina Álvarez como cooperadora necesaria
Respecto a Cristina Álvarez, la Complutense también hace suyo el razonamiento de la Audiencia Provincial, que aprecia indicios de que pudo actuar como cooperadora necesaria en el presunto delito de malversación.
Según recoge el escrito, el tribunal considera que su participación habría sido “activa e indispensable” en las gestiones encaminadas al presunto desvío del activo patrimonial de la universidad hacia fines privados. Asimismo, entiende que su intervención habría excedido las funciones propias del cargo que desempeñaba en la Presidencia del Gobierno y que prestó una colaboración esencial en las actuaciones atribuidas a Begoña Gómez durante el desarrollo de la cátedra.
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Mientras tanto, la causa continúa avanzando hacia la fase de juicio. En una providencia dictada este martes, el juez Juan Carlos Peinado ha concedido a las defensas de Begoña Gómez y Cristina Álvarez un plazo de cinco días para presentar sus escritos de defensa y tres días para comunicar si renuncian a la celebración de la audiencia preliminar sobre la apertura del juicio oral.
La resolución se produce después de que la Audiencia Provincial confirmara la continuidad del procedimiento por tráfico de influencias y malversación y dejara fuera de la causa por jurado al empresario Juan Carlos Barrabés, cuya situación continuará tramitándose mediante un procedimiento abreviado en relación con la investigación sobre adjudicaciones públicas.
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Por su parte, la Fiscalía ha reiterado la posición que ha mantenido durante toda la instrucción y ha comunicado al juzgado que no presentará escrito de acusación. El Ministerio Público ha avanzado que formulará un escrito de conclusiones absolutorias una vez conozca las pretensiones definitivas de la acusación popular unificada, al considerar que no aprecia la existencia de delito en los hechos investigados.
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