
El pasaporte de Begoña Gómez lleva semanas ocupando un lugar protagonista en la investigación que dirige el juez Juan Carlos Peinado. Primero, el instructor acordó retirárselo como una de las medidas cautelares que le impuso al apreciar riesgo de fuga tras acordar la apertura de juicio oral. Después llegaron las solicitudes de la mujer del presidente del Gobierno para poder salir de España que fueron parcialmente aceptadas: se le permitió viajar al Reino Unido para asistir a la graduación de una de sus hijas. A su vuelta, sin embargo, el magistrado volvió a poner el foco sobre el documento al requerir a Gómez que acreditara que el desplazamiento autorizado se había limitado exclusivamente al Reino Unido.
Ahora, cuando parecía que la polémica había quedado atrás después de que la Audiencia Provincial de Madrid ordenara levantar las medidas cautelares y devolverle el pasaporte, el documento vuelve a ser noticia porque sigue sin haber sido entregado y ha abierto un nuevo frente procesal entre el juez y una de las defensas.
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La última controversia gira en torno a la forma en que debe ejecutarse esa devolución. Juan Carlos Peinado ha ordenado que tanto Begoña Gómez como Cristina Álvarez, asesora de la esposa del presidente del Gobierno, acudan personalmente al juzgado para recoger sus pasaportes. La defensa de Álvarez considera, sin embargo, que esa decisión carece de cobertura legal una vez levantadas las medidas cautelares y ha recurrido la providencia al entender que la entrega del documento corresponde al letrado de la Administración de Justicia (LAJ) y no al juez.
Con ese recurso, el pasaporte vuelve a ocupar el centro de una causa en la que, en apenas un mes, ha pasado de ser una medida cautelar a convertirse en uno de los principales focos de discusión procesal.
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Del riesgo de fuga a la decisión de la Audiencia
Todo comenzó cuando Juan Carlos Peinado acordó abrir el procedimiento para que Begoña Gómez y Cristina Álvarez fueran juzgadas por un Tribunal del Jurado. Junto a esa decisión impuso varias medidas cautelares: la retirada del pasaporte, la prohibición de abandonar el territorio nacional y la obligación de comparecer periódicamente ante el juzgado.

El instructor justificó esas restricciones en la existencia de un posible riesgo de fuga. Aquella decisión llamó especialmente la atención por la dureza de las medidas adoptadas y por los argumentos empleados para sostenerlas. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid revisó posteriormente ese auto y corrigió de forma significativa el criterio del instructor. La Sección 23 mantuvo que la causa debía continuar hacia juicio, pero redujo el alcance de las acusaciones.
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La revisión del tribunal no solo modificó el contenido de la causa. También tuvo efectos inmediatos sobre las medidas cautelares. Al considerar que ya no existían razones que justificaran mantenerlas, la Audiencia dejó sin efecto la retirada del pasaporte, la prohibición de salir de España y las comparecencias periódicas impuestas por Peinado. Sin embargo, la devolución material del pasaporte quedó pendiente.
Un documento que sigue en el juzgado
Casi una semana después de la resolución de la Audiencia, el pasaporte continúa sin regresar a manos de Begoña Gómez y Cristina Álvarez. Tras recibir el auto del tribunal provincial, Peinado dictó una providencia el pasado 21 de julio en la que ordenó que ambas comparezcan personalmente en el juzgado para recoger el documento, descartando que pueda hacerlo un representante en su nombre.
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Es precisamente esa decisión la que ha llevado a la defensa de Cristina Álvarez a presentar un recurso. El abogado José María de Pablo sostiene que, una vez levantadas las medidas cautelares por la Audiencia Provincial, la decisión jurisdiccional ya está agotada y lo único que queda es ejecutar materialmente esa resolución. Por ello entiende que la entrega del pasaporte no corresponde al juez, sino al letrado de la Administración de Justicia, que es quien tiene atribuida esa función.
En el escrito recuerda además que la procuradora dispone de poder suficiente para recoger el documento en nombre de su representada, por lo que considera injustificado obligar a Cristina Álvarez a acudir personalmente al juzgado.
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La defensa acusa además a Peinado de haber invadido competencias reservadas al LAJ y sostiene que retrasar la devolución del pasaporte supone mantener de hecho una limitación sobre la libertad de circulación que ya no cuenta con respaldo judicial.
En ese sentido, el recurso afirma que “condicionar o denegar la entrega” del documento implica prolongar una restricción sobre un derecho fundamental “sin título cautelar vigente que lo ampare”, una actuación que, añade, “realizada a sabiendas, reviste extrema gravedad”. También sostiene que esa decisión vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva al impedir que la resolución de la Audiencia Provincial se ejecute en sus propios términos.
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Por ese motivo solicita que se deje sin efecto la providencia del pasado 21 de julio y que sea el letrado de la Administración de Justicia quien proceda a la entrega inmediata del pasaporte a la procuradora de Cristina Álvarez.
Desde que el juez Peinado acordara la retirada del pasaporte, el documento ha ido enlazando una decisión judicial tras otra. Primero sirvió para justificar unas medidas cautelares que la Audiencia terminó revocando; después motivó un requerimiento del instructor sobre un desplazamiento al extranjero; y ahora vuelve a situarse en el centro de la causa porque, pese a que el tribunal provincial ordenó devolverlo hace casi una semana, sigue sin abandonar el juzgado.
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