
El juez de guardia ha autorizado a Begoña Gómez a viajar a Londres entre los días 8 y 10 de julio para asistir a la graduación de su hija, aunque ha rechazado que pueda desplazarse también a Ankara para acompañar a su marido a la cumbre de la OTAN. La decisión no ha sido adoptada por el juez Juan Carlos Peinado, instructor de la causa, sino por la magistrado que le sustituye durante su periodo de vacaciones, después de que el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid dejara sin resolver la petición presentada por la defensa antes de ausentarse.
La solicitud había llegado al juzgado el pasado 29 de junio. En ella, la defensa de Gómez pedía autorización para viajar del 7 al 10 de julio con un doble objetivo: formar parte de la delegación española que acompaña al jefe del Ejecutivo en la 36ª cumbre de la OTAN, que se celebra en Ankara, y aprovechar el regreso para desplazarse a Londres y asistir a la graduación de su hija antes de volver a España. Sin embargo, Peinado no llegó a pronunciarse antes de iniciar sus vacaciones, por lo que la resolución quedó en manos del juzgado de guardia.
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El magistrado ha optado finalmente por una solución intermedia. Autoriza el viaje familiar al Reino Unido, pero mantiene la prohibición de desplazarse a Turquía, al considerar que ambos viajes presentan circunstancias muy distintas desde el punto de vista de las medidas cautelares impuestas a la investigada.
El juez distingue entre el viaje familiar y el desplazamiento institucional
La resolución recuerda que Begoña Gómez tiene prohibido salir de España sin autorización judicial desde que el juez Peinado acordó la apertura del procedimiento del Tribunal del Jurado y le impuso varias medidas cautelares para garantizar su presencia durante el proceso. Entre ellas figuran la retirada del pasaporte, la prohibición de abandonar el territorio nacional, la imposibilidad de obtener un nuevo documento de viaje y la obligación de comparecer ante el juzgado los días 1 y 15 de cada mes o siempre que sea requerida.
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Estas medidas, explica el auto, responden a la necesidad de asegurar la presencia de la investigada en el procedimiento por los presuntos delitos de tráfico de influencias, malversación, corrupción en los negocios y apropiación indebida, por los que ha sido enviada a juicio.
Pese a ello, el juez considera que el desplazamiento a Londres merece una excepción. La resolución pone el acento en el carácter estrictamente familiar del viaje, destinado a asistir a la graduación de su hija, y añade que la cooperación judicial entre España y el Reino Unido sigue ofreciendo garantías suficientes pese al Brexit.
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Con esos argumentos, autoriza a Gómez a viajar entre los días 8 y 10 de julio y acuerda devolverle temporalmente el pasaporte para ese único desplazamiento. El permiso, no obstante, lleva aparejada una condición: deberá entregar nuevamente el documento al juzgado el siguiente día hábil después de regresar a España, fijado en este caso para el 13 de julio.

La respuesta es completamente distinta respecto al viaje a Ankara. El magistrado subraya que Begoña Gómez acudiría invitada por razones de cortesía institucional y que no tendría ninguna participación activa en la cumbre de la OTAN. A ello suma otro argumento que considera determinante: Turquía no forma parte del espacio de libertad, seguridad y justicia de la Unión Europea, donde los mecanismos de cooperación judicial y policial resultan más ágiles.
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Por ello concluye que no existen razones suficientes para levantar temporalmente las medidas cautelares y mantiene la prohibición de viajar al país donde se celebra la reunión de la Alianza Atlántica.
Posiciones enfrentadas entre la Fiscalía y las acusaciones
Antes de resolver la petición, el juzgado dio traslado del escrito al Ministerio Fiscal y al resto de partes personadas para que formularan alegaciones. Las posiciones fueron muy distintas. La Fiscalía informó favorablemente sobre la solicitud y comunicó que no se oponía a la devolución temporal del pasaporte, considerando suficientes los motivos alegados por la defensa para autorizar el viaje.
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Las acusaciones populares, en cambio, solicitaron que se rechazaran los desplazamientos. La representación unificada encabezada por Hazte Oír sostuvo que Begoña Gómez afronta una petición de hasta 24 años de prisión, circunstancia que, a su juicio, incrementa el riesgo de fuga. También defendió que acudir a la graduación de su hija no constituía una necesidad que justificara levantar las medidas cautelares y advirtió de que, tras el Brexit, la cooperación judicial con el Reino Unido ya no ofrece las mismas garantías que existían bajo el sistema de la euroorden.
Respecto al viaje a Ankara, la acusación incidió en que Gómez no representa al Estado ni al Gobierno y que su asistencia obedecía únicamente a una invitación protocolaria de la primera dama turca. Además, alegó que Turquía, al no formar parte de la Unión Europea, presenta mayores dificultades para una eventual cooperación judicial en caso de que la investigada no regresara voluntariamente a España. De forma subsidiaria, pidió que, si finalmente se autorizaban las salidas, se establecieran controles adicionales sobre las fechas y horarios de cada desplazamiento para conocer en todo momento la localización de Gómez.
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También la asociación Movimiento de Regeneración Política de España se opuso a conceder los permisos por considerar insuficientes las garantías ofrecidas y apreciar un elevado riesgo de fuga. En sentido contrario se pronunció el sindicato Manos Limpias, que defendió la autorización del viaje a Turquía al considerar habitual que los cónyuges de los jefes de Gobierno acompañen a los presidentes en las cumbres de la OTAN por razones de cortesía institucional.
La resolución pone así fin a una decisión que había quedado pendiente hasta el último momento por la ausencia del juez instructor. Con el auto dictado este lunes, el magistrado autoriza únicamente el desplazamiento a Londres, mantiene intacto el resto de las medidas cautelares impuestas a Begoña Gómez y rechaza expresamente que pueda viajar a Ankara para acompañar a Pedro Sánchez. Contra la resolución cabe interponer recurso de reforma en el plazo de tres días.
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