
A partir del 1 de enero de 2027, jubilarse será un poco más difícil para miles de trabajadores. El próximo año culminará el calendario de la reforma de las pensiones iniciado hace más de una década con un nuevo endurecimiento de las condiciones de acceso al retiro: aumentará la edad legal de jubilación, se exigirán más años de cotización para cobrar el 100% de la pensión y continuará cambiando la fórmula con la que la Seguridad Social calcula la prestación.
El año que viene se subirá el último escalón del calendario fijado hace más de una década por la reforma de las pensiones de 2011, señalas desde BBVA. Tras años de incrementos progresivos, 2027 marcará el punto de llegada del proceso: la edad ordinaria de jubilación quedará definitivamente fijada en los 67 años para quienes no hayan cotizado lo suficiente y en 65 años para quienes acrediten una larga carrera laboral.
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Los cambios afectarán a miles de trabajadores que están ultimando sus planes de retiro y obligarán a revisar con detalle cuándo conviene jubilarse y cuál será finalmente la pensión que percibirán. Porque no solo cambia la edad de acceso: también se endurecen las condiciones para alcanzar el 100% de la base reguladora y continúa modificándose la fórmula con la que se calcula la prestación.
Enrique Devesa, investigador del Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas (IVIE), nos explica cómo la pensión que cobran los jubilados en España es un 60% más de lo que han cotizado a la Seguridad Social.
Una nueva edad para jubilarse
El cambio más visible será el retraso definitivo de la edad legal de jubilación. Desde enero de 2027, quienes hayan cotizado menos de 38 años y seis meses deberán esperar hasta cumplir los 67 años para retirarse. Solo podrán seguir jubilándose a los 65 años quienes acrediten al menos esos 38 años y medio de cotización.
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En la práctica supone un nuevo incremento respecto a 2026, cuando la edad ordinaria es de 66 años y diez meses para quienes no alcanzan los 38 años y tres meses cotizados.
Este cambio también arrastra al resto de modalidades de jubilación. Las edades mínimas para acceder a la jubilación anticipada o a la jubilación parcial también aumentan automáticamente al depender de la edad ordinaria.
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Más años cotizados para cobrar toda la pensión
La segunda gran modificación afecta al porcentaje de pensión que corresponde a cada trabajador en función de su carrera laboral. Hasta finales de 2026 bastará con acreditar 36 años y seis meses de cotización para cobrar el 100% de la base reguladora. A partir de enero de 2027 ese umbral aumentará hasta los 37 años completos.
Quienes no alcancen esa cifra seguirán teniendo derecho a una pensión, pero el porcentaje aplicado será inferior. Con el mínimo de 15 años cotizados continuará correspondiendo el 50% de la base reguladora y, a partir de ahí, el porcentaje irá aumentando de forma gradual conforme se acumulen más años de cotización.
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Así, por ejemplo, un trabajador con 30 años cotizados tendrá derecho al 84,2% de la base reguladora; con 35 años alcanzará el 95,6%, mientras que únicamente quienes lleguen a los 37 años cobrarán el 100%.
Cambia el cálculo de la pensión
La cuantía final de la pensión tampoco dependerá únicamente de los años trabajados. Desde 2026 está en marcha un sistema transitorio que modifica progresivamente el período de cotización utilizado para calcular la base reguladora.
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En 2027 continuará ampliándose esa ventana de cálculo. La Seguridad Social comparará dos fórmulas distintas y aplicará automáticamente la más favorable para cada nuevo pensionista.
Por un lado, seguirá existiendo el sistema tradicional, basado en las cotizaciones de los últimos 25 años. Por otro, se utilizará una fórmula alternativa que, para quienes se jubilen en 2027, tendrá en cuenta las 304 mejores bases de cotización dentro de los 308 meses inmediatamente anteriores al retiro.
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El objetivo de este modelo es evitar que una pérdida de ingresos al final de la vida laboral penalice de forma excesiva la pensión, especialmente en carreras profesionales con etapas de desempleo o salarios más bajos en los últimos años.
La reforma seguirá desarrollándose de forma gradual hasta 2044, cuando el cálculo se realizará únicamente con los 27 mejores años cotizados dentro de los últimos 29 años de vida laboral.
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La jubilación anticipada también se retrasa
Las nuevas edades afectan igualmente a quienes quieran abandonar el mercado laboral antes de tiempo. En la jubilación anticipada voluntaria, la edad mínima será de 65 años para quienes no alcancen los 38 años y medio cotizados y de 63 años para quienes sí superen ese período.
En el caso de la jubilación anticipada por causas involuntarias, como un despido, podrá accederse desde los 63 años si no se alcanza el período de cotización exigido o desde los 61 años cuando sí se acrediten al menos 38 años y seis meses de cotización.
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También se retrasará la edad mínima para acceder a la jubilación parcial con contrato de relevo, que quedará fijada en 64 o 62 años, según la carrera de cotización del trabajador.

Una decisión que exigirá hacer números
Aunque los cambios ya estaban previstos desde hace años, su entrada en vigor puede alterar la planificación de quienes tenían previsto jubilarse en 2027.
La cuantía definitiva de la pensión seguirá dependiendo de numerosos factores: los años cotizados, las bases de cotización acumuladas durante la vida laboral, la posible jubilación anticipada o demorada y la aplicación de los coeficientes reductores o incentivos previstos por la Seguridad Social.
Además, el importe final seguirá sujeto a los límites de pensión máxima y, en determinados casos, podrá complementarse hasta alcanzar la pensión mínima si se cumplen los requisitos establecidos.
Con el calendario de la reforma ya prácticamente completado, 2027 marcará un antes y un después para quienes entren en el sistema de pensiones. La jubilación llegará más tarde para una parte de los trabajadores y exigirá carreras laborales más largas para acceder a la prestación íntegra, consolidando un modelo que busca adaptar el sistema al envejecimiento de la población y al aumento de la esperanza de vida.
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