Pedro Castillo destaca ley que rebaja IGV para mypes de turismo y restaurantes y pide dejar confrontación

El Ejecutivo deberá emitir las normas reglamentarias de la ley en un plazo no mayor a 60 días. La norma estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2024.

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Pedro Castillo se pronuncia sobre la ley que reduce el IGV para restaurantes. (TV Perú)

En una Edición Extraordinaria del Boletín de Normas Legales de El Peruano, el Congreso de la República aprobó la Ley que promueve medidas de reactivación económica de micro y pequeñas empresas (mype) de los rubros restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos y que establece una tasa especial y temporal de impuesto general a las ventas (IGV) denominado 8% del IGV para Rescatar el Empleo para este tipo de mypes.

En ceremonia de reconocimiento de la ley realizada en Palacio de Gobierno el mandatario se refirió a cómo beneficiará a diferentes sectores. “Si dejamos la confrontación inútil que no hace nada bien al país y nos metemos de lleno a este camino, no solo podemos rubricar este tipo de normas que hacen bien al país y en el marco de la reactivación económica, porque por cada ciudadano hay una familia esperando”, indicó.

Señaló en esa línea que su gobierno es respetuoso de la independencia de poderes e impulsa el desarrollo nacional, por lo que es necesario siempre de este binomio entre el Ejecutivo y el Congreso.

El jefe de Estado resaltó la necesidad de sacar adelante normas que impulsan el desarrollo nacional, con la generación de empleos y diversos servicios, para lo cual también se requiere de la intervención de la inversión privada.

“Bienvenidos los inversionistas, bienvenido el empresariado y muy bien que hagamos la cosas mirando al país y mirando las necesidades del pueblo”, recalcó.

Por su parte, Roberto Sánchez Palomino, ministro de Comercio Exterior y Turismo, destacó que la reducción del IGV es una medida audaz que busca reactivar el sector, como en otros países. “Somos conscientes que es una medida excepcional, que nos obliga a todos a un esfuerzo, es una medida que pretende reactivar el sector turismo, básicamente restaurantes, hoteles, hospedajes turísticos, microempresas vinculadas al catering a los servicios de alimentación”, dijo el ministro Sánchez.

Agregó que en esta emergencia sanitaria las restricciones han sido el motivo por el cual la mitad de los empresarios del sector han clausurado sus negocios. “Es una medida audaz, siguiendo el ejemplo de otros países, está vigente por ejemplo en Colombia, donde la reducción del IVA para ellos llega al 8%, pero también en 12 países de Europa, como Alemania, Inglaterra, Bélgica, entre otros”, dijo.

Refirió que en el caso de Europa las empresas del sector pagan entre 5% y 7% de impuesto.

“Aquí con la reducción del 18% al 8%, significa compromiso de los microempresarios del sector para sincerar planillas, para certificar con el desarrollo de capacidades a sus trabajadores, para reinvertir, para agregar seguridad en los servicios, calidad, competitividad, es decir no es un beneficio gratuito, sino basado en resultados y en compromisos”, afirmó.

El titular del Mincetur señaló que esta medida es un esfuerzo hecho por el gobierno con la opinión crítica del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), porque es un periodo en el que todos tienen que asumir compromisos y responsabilidad.

Asimismo, enfatizó que la emergencia sanitaria redujo los empleos en el sector turismo de 1.5 millones a 700,000, y para este año se proyecta recuperar 200,000 empleos en esta actividad económica.

De otro lado, destacó el reconocimiento mundial a la gastronomía peruana como la número uno del mundo, gracias a su variada geografía y diversidad de pisos ecológicos que posibilitan tener una amplia oferta de gastronomía regional.

Para quién aplica

Los alcances de la norma son aplicables tanto para personas naturales o jurídicas con rentas de la actividad empresarial y que tengan como actividad principal los rubros de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos.

Cabe indicar que la medida comprende a los sujetos de las actividades referidas “cuyos ingresos por ventas o prestación de servicios de dichas actividades representan, por lo menos, el 70% de sus ingresos”.

Además, podrán acceder a los beneficios de la ley sólo las mype afectas al IGV, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo 013-2013-Produce, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo al Crecimiento Empresarial y que se encuentren afectas al IGV.

“No están comprendidas en la presente ley las empresas que, no obstante cumplir con las características definidas en el presente artículo, conformen grupo económico que en conjunto no reúnan tales características, tengan vinculación económica con otras empresas o grupos económicos nacionales o extranjeros”, se precisa.

Vigencia

La tasa del impuesto general a las ventas (IGV) del 8% establecida en la presente ley está vigente desde el primer día del mes siguiente al de la publicación de la presente ley hasta el 31 de diciembre del 2024.

Finalmente, en la publicación se precisa que se faculta al Poder Ejecutivo a emitir las normas reglamentarias de la presente ley, en un plazo no mayor a 60 días.

¿Ayuda a la reactivación?

Al respecto, la Sociedad de Comercio Exterior del Perú (ComexPerú) señaló que la ley impulsada por el Congreso, que plantea reducir de 18% a 8% el Impuesto General a las Ventas (IGV) a restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos no es una medida que beneficie a las pequeñas empresas ni a la recuperación del sector turismo.

De acuerdo a Comex, esta es una medida que no va en el sentido correcto, ya que alegan que, según información de la Sunat, de los 114,000 contribuyentes de los referidos rubros que presentaron al menos una declaración de impuestos en el 2021, más del 50% (62,000 empresas) no pagan IGV, ya que pertenecen al Régimen Único Simplificado (RUS). Es decir, no se beneficiará a 200,000 restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos, como se argumentaba.

Además, el gremio detalló que, aunque la iniciativa contempla que el beneficio aplique a las micro y pequeñas empresas incluyendo un límite de ventas anuales de hasta 1,700 UIT (S/ 7.82 millones por año o S/ 651,000 al mes).

En tanto, en julio, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) rechazó la ley ya que considera que un menor porcentaje “del IGV distorsiona y dificulta su aplicación, hace más complicado el sistema tributario (al generar 3 regímenes adicionales) e incentiva el “enanismo” empresarial y la informalidad”.

“La mayoría de empresas que son restaurantes y hoteles no son contribuyentes del IGV. Según estadísticas de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) en el 2021 existía 114,000 contribuyentes en esos rubros, pero más del 50% estaban registrados en el RUS, régimen que no está afecto y no paga IGV”, indicó el MEF.

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