
Luego de haber señalado que estaba dispuesto a apoyar todas las investigaciones en su contra, el presidente Pedro Castillo optó por no recibir a la Comisión de Fiscalización del Congreso, grupo que investiga los hechos ocurridos en la casa de Sarratea. El desaire fue motivo del anuncio de una posible acusación constitucional contra el mandatario; sin embargo, su defensa legal, Benji Espinoza, señaló que esto no sería posible.
El abogado de Pedro Castillo apeló al artículo 117 de la Constitución Política del Perú para señalar que Pedro Castillo, como presidente de la república, no puede ser acusado constitucionalmente ya que el mencionado artículo señala que tampoco puede ser investigado durante el desarrollo de su mandato a excepción de casos específicos. Asimismo hizo mención al artículo 97 de la Carta Magna.
“No puede ser acusado constitucionalmente porque hay que leer el dispositivo del artículo 97 de la Constitución con el 117. El presidente no puede ser investigado ni en el fuero judicial, ni en el fueron fiscal, ni en el fuero parlamentario, distinto a los casos previstos en el 117 que regula la traición a la patria como delito y tres infracciones constitucionales”, señaló la defensa legal de Pedro Castillo.

Sobre la decisión de no recibir a la Comisión de Fiscalización el pasado lunes 27 de marzo, fue el mismo Espinoza quien recomendó al jefe de Estado no declarar ante el grupo de trabajo. “He recomendado que no se reciba a la Comisión señalando que no trabaja con imparcialidad, sino que busca levantar cargos”, dijo el domingo por la noche en conversación con un dominical.
“Una declaración debe ser la concreción del derecho a ser oído con objetividad, imparcialidad y debido proceso, sino es mera formalidad”, dijo a Latina Noticias. Luego señaló que el presidente de la Comisión ha adelantado opinión al señalar que se tienen pruebas contra el presidente. “Dice que el lunes tomamos la declaración y el miércoles presentamos el informe final”, recalcó.
INTERPRETACIÓN DIFERENTE
Mientras que la defensa de Pedro Castillo señala que debe respetarse lo señalado en la Constitución, para el constitucionalista Omar Cairo, el mandatario habría violado el artículo 97 de la Carta Magna al no haber brindado su testimonio a la comisión que lo investiga. “Hay un artículo que dice que comparecer es obligatorio y para todos. Inclusive permite que se le pida a un juez que si tú no vas, ordene que te conduzca la Policía. Y sobre eso no está exonerado nadie”, señaló.
Cairo recalcó que lo ocurrido “es sancionable mediante el juicio político, es decir, mediante el procedimiento que consiste en que la Comisión permanente lo acuse ante el pleno para que decidan si sancionan esta infracción con la suspensión, destitución o con destitución e inhabilitación”. Este procedimiento no guardaría relación con los hechos en investigación, sino con la negativa del mandatario de responder a las autoridades.
Además, recalcó que lo sucedido no tendría vinculación con un eventual pedido de vacancia pues la destitución del cargo no sería el proceso a continuar. “Esta es una infracción constitucional que establece su sanción o absolución, dependiendo de si el Congreso no lo considere infracción, en un juicio político, que es un procedimiento regulado en los artículos 99 y 100, mientras que la vacancia está regulada en el 113″ , resaltó.
Si bien no se tiene claro el camino constitucional a seguir por las distintas opiniones vertidas durante las últimas horas, lo que sí se ha mostrado homogéneo han sido las críticas hacia el presidente por negarse a declarar a la Comisión de Fiscalización. Días atrás el mandatario había señalado que se mostraba dispuesto a colaborar con todas las investigaciones de las que venía siendo parte.
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