
El Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores resolvió este viernes rechazar el pedido de excarcelación presentado por la defensa de Lucas Pertossi, uno de los ocho condenados por el crimen de Fernando Báez Sosa.
La defensa oficial de Pertossi -condenado a 15 años de prisión como partícipe secundario del homicidio doblemente agravado de Báez Sosa- había solicitado su libertad por considerar que la prisión preventiva superó el “plazo razonable” previsto en la ley.
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El planteo, que se presentó el 6 de febrero y se amplió el 31 de marzo, remarcó que el joven lleva más de seis años bajo arresto sin que la condena esté firme. El pedido de excarcelación fue acompañado por los defensores particulares de los demás imputados en la causa.
El fallo del TOC N°1, firmado por los jueces María Claudia Castro y Christian Ariel Rabaia, rechazó los argumentos de la defensa. Según consta en la resolución judicial a la que accedió Infobae, el tribunal consideró que la prisión preventiva mantiene su razonabilidad y necesidad.
Los fundamentos de los magistrados señalan que, a pesar de que la sentencia aún no está firme, la gravedad de los hechos y la magnitud de la pena impuesta permiten presumir la existencia de peligro de fuga, conforme lo dispuesto por el artículo 148 del Código Procesal Penal bonaerense.
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En la resolución, se detalla que la causa por el homicidio de Báez Sosa resulta de “suma complejidad” debido a la pluralidad de imputados, la gravedad institucional y el volumen probatorio.
Los jueces valoraron que, aunque parte del tiempo transcurrido se debe a la tramitación de los recursos presentados por las defensas, el proceso avanzó de manera constante y sin períodos de inactividad injustificada.
Previamente, la Fiscalía de Juicio N°8, a cargo de Juan Manuel Dávila, se opuso al otorgamiento de la excarcelación. El fiscal sostuvo que la prisión preventiva no constituye una pena anticipada, ya que el juicio oral se realizó en tiempo y forma, la sentencia fue dictada y ratificada por el Tribunal de Casación Penal bonaerense y la Suprema Corte provincial, y solo resta la resolución de la queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
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“No se dan en autos las condiciones para otorgar el beneficio requerido”, argumentó Dávila.

También los abogados de la familia Báez Sosa, Fernando Burlando y Fabián Améndola, se manifestaron en contra de que los condenados salieran de la cárcel.
Los letrados subrayaron que el “plazo razonable” no se define por parámetros cronológicos rígidos, sino por una evaluación integral, que debe ponderar la complejidad del expediente y la conducta procesal de las partes.
Para la querella, la gravedad del hecho y la existencia de una condena ya dictada justifican la continuidad de la prisión preventiva.
El tribunal finalmente enfatizó que la prisión preventiva resulta “razonable, necesaria e inevitable” en este contexto, especialmente porque persisten riesgos procesales y porque aún queda pendiente la resolución de la Corte Suprema de la Nación sobre los recursos extraordinarios de las defensas.
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“El peligro de sustracción a la acción de la justicia arrecia cuando mayor es la certeza de ser destinatario de la sanción”, cita el fallo, respaldando la negativa a la excarcelación.

La decisión fue comunicada esta tarde a las partes y a la Unidad Penal N°61 de Melchor Romero, donde Pertossi permanece detenido.
En las últimas semanas, Pertossi volvió a aparecer públicamente a través de una entrevista desde la cárcel, donde afirmó que la estrategia defensiva grupal lo perjudicó y que nunca golpeó a Báez Sosa.
“Yo nunca lo toqué, pero nadie lo dijo. Yo no me peleaba. Lamentablemente, cosa que también me arrepiento, grababa", dijo.
En esa línea, su defensa ya había solicitado la nulidad de la condena y la realización de un nuevo juicio, argumentando que no se consideraron las diferencias de su rol respecto al resto de los acusados.
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