
El Juzgado Penal Colegiado Nº 2 de Mendoza condenó a la pena de tres años de prisión en suspenso este martes al delivery que a fines de marzo mató a balazos a un ladrón. La magistrada consideró que hubo un exceso en la legítima defensa. El trabajador no tenía portación de arma.
Todo sucedió la noche del pasado sábado 23 de marzo en el cruce de España y Videla Correa, en la Ciudad de Mendoza y las cámaras de seguridad fueron la clave del caso.
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Gracias a las imágenes, se determinó que dos sospechosos a bordo de una moto abordaron al delivery con intención de robo y uno de los ladrones se llevó el vehículo del repartidor.
La respuesta del trabajador fue sacar un arma y disparar: el delincuente cayó gravemente herido y el delivery se fue con su moto. Cuando la Policía de Mendoza llegó al lugar, se encontraron con el ladrón gravemente herido pero sin saber lo que había sucedido. Se secuestraron siete vainas servidas de pistola calibre .380.
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Mientras el delincuente fue trasladado al hospital Central con balazos en el tórax, en el cuello y en la pierna izquierda; los investigadores revisaron las cámaras de seguridad de la zona y determinaron lo ocurrido, según publicó el diario Los Andes.
El delincuente fue identificado por su hermana, quien se presentó en el hospital donde el sospechoso estaba internado en grave estado y, luego, falleció Tenía antecedentes por lesiones, amenazas, robo y simple.
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En paralelo, el delivery se presentó espontáneamente ante la Justicia el 26 de marzo pasado y entregó su pistola calibre .380 y un revólver .38 que le habría quitado al delincuente en la lucha por la moto.
La condena
“Les informamos que ha sido condenado el responsable del homicidio”, se informó este martes oficialmente desde el Ministerio Público Fiscal mendocino, en una causa que instruyó la fiscal Claudia Ríos.
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El delivery fue condenado por “homicidio agravado por el uso de arma de fuego con exceso en legítima defensa en concurso real con portación de arma de guerra atenuada”.
“La condena ha sido de tres años en suspenso, ya que la Fiscalía de Homicidios se ajustó de a los lineamientos de la doctrina de la jurisprudencia, debido a que se trata de un caso de exceso que concurre con la portación ilegítima del arma”, aclararon desde el Ministerio Público Fiscal.
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Antecedente
A principios de marzo, Yanina Marotte, la cabo primero de la Policía Federal que baleó y mató a Juan Maciel Vallejos, un supuesto ladrón que intentó robarle el celular, en un periplo que comenzó en La Matanza y terminó en el Barrio INTA de Villa Lugano, fue liberada tras pasar 24 horas en una celda. La decisión de la jueza Karina Zucconi, ocurrió tras un dictamen favorable del fiscal Pablo Recchini, una medida celebrada por la ministra de Seguridad Patricia Bullrich.
La jueza decidió imputar a Marotte. Su defensa quedó a cargo de Fernando Soto, quien fue abogado del ex policía Luis Chocobar, condenado por homicidio en exceso de cumplimiento del deber. Soto, por otra parte, es el actual director de Normativa y Enlace con el Poder Judicial del Ministerio de Seguridad de la Nación. Bullrich, en otro posteo en la red social X, había dicho que el caso se había tratado, desde el comienzo, de una legítima defensa.
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Recchini aseguró en su dictamen que el caso podría tratarse de un hecho de legítima defensa, o de cumplimiento del deber. Un rumor inicial había indicado que el disparo que mató a Maciel Vallejos había ingresado por la espalda.
El informe preliminar de autopsia determinó que el disparo entró por adelante, a través del tórax, con una trayectoria levemente de arriba hacia abajo, confirmaron investigadores del caso a Infobae. El disparo fue realizado a cierta distancia. No hay tatuaje de ahumamiento, la lesión propia de un tiro a quemarropa.
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