
Comenzó este martes en la provincia de La Pampa el segundo proceso judicial por el crimen de Lucio Dupuy, el chico de 5 años que fue asesinado por su madre, Magdalena Espósito Valenti, y la pareja de ella, Abigaíl Páez, quienes fueron condenadas a prisión perpetua en febrero de este año. Esta vez, en el banquillo de los acusados están la jueza Ana Clara Pérez Ballester y la asesora de menores Elisa Alejandra Catán: se trata de quienes le otorgaron la tenencia de la víctima a las homicidas.
En la primera jornada del debate declararon 12 testigos. En primer lugar, lo hicieron los familiares de Lucio. Hablaron Leticia Noemí Hidalgo y Maximiliano Dupuy, quienes tenían la guarda del nene hasta que Ballester, ex titular del Juzgado de Familia 1 de La Pampa, decidió el destino materno. Hablaron también el padre y los abuelos del chico.
Luego fue el turno de Marilin Espósito Valenti, hermana de Magdalena y tía materna de la víctima. En su caso, contó que, al principio, Lucio se quedó con ella y su mamá en la localidad de General Pico y, posteriormente, con Magdalena en un departamento que le había alquilado la abuela materna. Y agregó que se lo dio a los tíos paternos cuando se fue a trabajar a Córdoba.
En su testimonio cargó contra Hidalgo: “Era reacia a que Lucio tuviera contacto con su mamá y su familia materna. Ese fue el disparador de la situación conflictiva. Mientras vivió con ella, mi mamá y yo fuimos todos los sábados a buscarlo, aunque nunca dejó que se quedara a dormir con nosotros. Incluso cuando ella (Hidalgo) tuvo que irse a Bahía Blanca durante el embarazo, Lucio quedó al cuidado de la familia paterna aunque nosotras estuviéramos disponibles”.

A su turno, María del Carmen Andreani -quien fuera secretaria del Juzgado de Familia, Niñas, Niños y Adolescentes N°1 de General Pico desde 2004 hasta el 1 de agosto de este año- definió a Pérez Ballester como “muy responsable, preparada y estudiosa” y calificó de “ejemplar” el desempeño de la magistrada en el caso.
Andreani, por otra parte, negó que alguien de la familia paterna haya concurrido al juzgado a expresar alguna disconformidad. En tanto, sobre los criterios para escuchar a un niño o niña, indicó que “no es lo mismo un niño de cuatro que de diez años, se debe tener en cuenta su capacidad progresiva”. En este caso, Lucio tenía dos años cuando se tramitó la tutela y cuatro cuando se gestionó el cuidado personal.
En la misma línea se expresó Fernanda Gabriela Coronel Pordomingo, defensora civil de General Pico. “Nunca, en mis diez años en la función judicial, se escuchó a un niño de esa edad (Lucio en la tramitación de la tutela tenía dos años). Para mí sería victimizarlo. Cuando tienen menos de cinco se angustian, lloran y piden por la madre”, dijo y remarcó que no es habitual que se soliciten informes: “No se hacen nunca. Cuando en una homologación hay situaciones de violencia, abuso o peligro, no firmamos un cuidado personal”.
A su vez, explicó por qué el padre de Lucio, Christian Dupuy, no fue citado: “Porque (la tutela) fue un proceso voluntario y sin controversias. Lo único que había que demostrar era si la tía era idónea para el ejercicio de sus funciones”.
“La jueza Pérez Ballester es proba, honesta, estudiosa y sumamente cuidadosa. Y además tiene empatía con la gente. Es un placer trabajar en ese juzgado”, elogió a la acusada y también destacó a Catán: “Elisa tiene empatía con los niños, es parte de su personalidad. Tiene una excelente llegada y es una persona muy preparada”.

A continuación, declaró Edit Ester Minetti, integrante del equipo técnico del Juzgado de Familia, Niñas, Niños y Adolescentes N°2 de General Pico, quien colaboró en la realización del informe socio-ambiental en el expediente de la tutela a pedido de Pérez Ballester. Para ello entrevistó en su domicilio a los tíos que cuidaban de la víctima, Maximiliano Dupuy y Leticia Hidalgo. También interrogó a las hijas del matrimonio. Dijo que no se citó a Lucio.
Minetti mencionó que en su trabajo no surgió un abandono o desamparo total por parte de la madre. También negó que para realizar un informe de ese tipo deba hacerse un seguimiento de la situación familiar.
Alejandra Inés Rodríguez Vargas, la abogada de Espósito Valenti, recordó cómo fueron las circunstancias en que se llegó a un acuerdo sobre la tenencia. Luego afirmó: “Conocí a Lucio. Era un niño feliz, contento, que todo el tiempo estaba abrazado a su mamá”. Por último, señaló que “hubiera sido posible escuchar a Lucio si el expediente (de cuidado personal) hubiera avanzado”, pero finalmente las partes se pusieron de acuerdo y el cuidado quedó en manos de la progenitora.
Otra de las testigos fue Adriana Alicia Mascaró, abogada de Leticia Hidalgo. “Leticia no estuvo presionada (para firmar el acuerdo), simplemente no quería renegar más. Me decía que la madre llamaba a cualquier hora los días que no estaban convenidos por el régimen comunicacional. Por eso lo delegó en el papá”, sostuvo y subrayó que, durante todo el tiempo en que se discutió la tenencia del menor, desconocía sobre presuntas situaciones de riesgo para Lucio.

Para finalizar la jornada se presentó a declarar Adriana Eva García Civalero. Fue quien llevó adelante la mediación por la cual Hidalgo y Espósito Valenti convinieron un régimen comunicacional, aunque no acordaron el cuidado personal.
En su caso, aseguró que la tía “no me dijo que estuviera presionada” y acotó que “si se hubiera detectado que alguna de las partes no hubiese tenido libertad para decidir, la mediación no hubiera podido avanzar”.
“¿Por qué no se acordó el cuidado personal? Porque las dos partes entendieron que debía existir previamente una revinculación de la madre con su hijo, ya que hacía tiempo que no estaba con él”, concluyó.
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