
El Senado llega hoy al final de las sesiones extraordinarias convocadas por Javier Milei y tendrá, desde las 11, la tarea de sancionar dos leyes clave para el Ejecutivo libertario: la reforma laboral y el Régimen Penal Juvenil, que tiene entre sus puntos principales la baja de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años.
La última iniciativa también establece una pena máxima de prisión de hasta 15 años para delitos graves como homicidios, robos violentos, abusos sexuales o secuestros. Además, prevé una serie de penas alternativas para infracciones con condenas menores a los 10 años de cárcel, como la amonestación, la prohibición de acercamiento a la víctima, servicios comunitarios, monitoreo electrónico, reparación integral del daño, prohibición de concurrir a determinados lugares y la desactivación para conducir vehículos.
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Por otra parte, se pondrá énfasis en la creación de institutos especiales para que los menores condenados tengan garantizado el derecho a ser educados, recibir atención médica y tratamiento en caso de adicciones. Todo el personal de los centros de detención deberá estar especializado en infancia y adolescencia. A su vez, quedará prohibida cualquier tipo de convivencia con detenidos mayores.
Con la iniciativa también se habilitará la suspensión del proceso a prueba y la mediación penal juvenil en infracciones leves, con intervención obligatoria de todas las partes y consentimiento expreso de la víctima.
Otro de los ejes centrales del proyecto es el reconocimiento expreso de las víctimas dentro del proceso penal juvenil. La ley garantiza su derecho a ser informadas, escuchadas, a contar con patrocinio jurídico, asistencia psicológica y a participar en las instancias relevantes del proceso, incluidos mecanismos restaurativos cuando amerite.
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Durante la discusión exprés que se dio en el Senado para dictaminar, el libertario y titular de la comisión de Justicia, Gonzalo Guzmán Coraita (Salta), destacó que la vigencia de este tema data de 1980 -última dictadura militar-, con “diversos intentos legislativos” para conseguir “una ley que respete estándares constitucionales”.
En tanto, la iniciativa relacionada con el mundo del trabajo, que volvió en segunda revisión y será la última a tratar, implica aceptar el cambio realizado por Diputados -sobre licencias médicas- o dejar el texto tal como aprobó la Cámara alta, consumada en la madrugada del 12 de febrero pasado.
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Durante aquella sesión, en la definición en general hubo 42 adhesiones y 30 rechazos, sobre los 72 presentes, el pleno completo en el recinto. Esa mayoría se mantuvo, con variaciones, para la votación en particular de los 26 títulos.
A modo general, en el Senado se borró el artículo sobre alivio en Ganancias para grandes empresas -más plata para gobernadores y Nación-; hubo guiños varios a sindicatos y entidades empresariales para la subsistencia de aportes los compulsivos -con topes más bajos-; se sostuvo el 6% destinado a obras sociales; y se amortiguó la idea original sobre el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), relacionado con las indemnizaciones. También aparecieron gestos menores para estatutos que la Casa Rosada quiso reventar, luego otorgó 180 días y terminó en un año.
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Por otra parte, La Libertad Avanza (LLA) también logró ubicar, como un anexo, el traspaso de la justicia laboral a la Ciudad de Buenos Aires. La crítica que se le realizó a esta jugada es que debería haberse ampliado el temario de las sesiones extraordinarias, darle un ingreso formal con estado parlamentario, tratamiento en comisión y, al final, recinto. Además, esto generó un cortocircuito entre la vicepresidenta, Victoria Villarruel -siempre cerca de algún conflicto-, y la jefa libertaria, en el Senado, Patricia Bullrich, quien se convirtió en pocas semanas en una máquina arrolladora de sacar leyes para la Casa Rosada. Le queda una jornada frenética para arribar a la meta.

¿Qué se cambió en Diputados?
La modificación que concedió el oficialismo fue la eliminación del artículo 44, que reducía los plazos de licencias pagas y el porcentaje de la remuneración. El texto imponía que un empleado que sufriera un accidente o una enfermedad que no estuviera relacionada con su trabajo percibiría el 50% de su salario básico si fuera consecuencia de una actividad que realizó voluntariamente (por ejemplo, jugar un partido de fútbol).
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En tanto, recibiría el 75% si no fuese consecuencia de una actividad voluntaria (por ejemplo, sufrió un accidente en la calle). Por otro lado, obtendría esta compensación durante tres meses si el trabajador no tuviera personas legalmente a su cargo, o durante 6 meses si las tuviera. Si el Senado no avalase lo que vino de Diputados, quedará vigente lo que aprobó la Cámara alta el 12 de febrero. Es decir, con el artículo 44 reincorporado, una situación que nadie prevé.
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