
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentra bajo veda electoral desde el pasado viernes 16 a las 8 horas y continuará hasta las 21 de la jornada de hoy.
La medida, establecida por el Código Nacional Electoral, busca garantizar un entorno de reflexión previo a la jornada de votación, evitando cualquier tipo de presión proselitista o manipulación del electorado.
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En las elecciones, finalizadas a las 18h este domingo, se utilizó nuevamente el sistema de Boleta Única Electrónica (BUE), lo que probablemente agilice el escrutinio y la transmisión de resultados.
¿Qué es la veda electoral?
La veda electoral es un período de restricción legal que comienza 48 horas antes de la apertura de los comicios y se extiende hasta tres horas después de su cierre. Durante ese lapso, se prohíben diversas actividades que podrían afectar la transparencia o tranquilidad del acto electoral.
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Esta disposición está contemplada en el artículo 71 del Código Nacional Electoral y tiene como objetivo asegurar que el electorado pueda ejercer su derecho al voto en un clima libre de presiones o influencias externas.

Actividades prohibidas durante la veda
La normativa impone una serie de restricciones estrictas, aplicables tanto a ciudadanos como a agrupaciones políticas, medios de comunicación y actores institucionales. Entre las más relevantes se encuentran:
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- Actos públicos de campaña o cualquier tipo de proselitismo.
- Publicación o difusión de encuestas o sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la votación hasta el cierre de los comicios.
- Espectáculos públicos, tanto al aire libre como en recintos cerrados, que no estén vinculados al proceso electoral.
- Venta de bebidas alcohólicas durante un periodo específico.
- Apertura de locales partidarios a menos de 80 metros de las mesas de votación.
- Reuniones de electores o depósito de armas en viviendas cercanas a los centros de votación.
- Toma de fotografías de la Boleta Única Electrónica en el momento de emitir el voto.
- Difusión de proyecciones de resultados hasta pasadas tres horas del cierre de los comicios.
Suspensión de la venta de alcohol
La venta de bebidas alcohólicas queda suspendida desde las 20 horas del sábado 17 de mayo y se extenderá hasta las 21 del domingo 18, es decir, tres horas después del cierre de las mesas de votación.
Esta medida busca evitar situaciones que puedan entorpecer el desarrollo del acto electoral o comprometer la seguridad pública durante la jornada.
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Sanciones por violar la veda electoral
El incumplimiento de las restricciones establecidas durante la veda puede derivar en sanciones legales. Según el Código Nacional Electoral, quienes violen estas disposiciones pueden enfrentar:
- Multas económicas de entre $10.000 y $100,.000.
- Penas de prisión de 15 días a 6 meses para quienes comercialicen bebidas alcohólicas durante el periodo prohibido.
- Hasta 15 días de prisión para personas que porten armas o exhiban insignias partidarias el día de la votación.
En el caso de las agrupaciones políticas, la realización de actos de campaña durante la veda puede derivar en la pérdida del derecho a recibir aportes públicos, subsidios o financiamiento estatal por un período de uno a cuatro años.
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Fin de la veda electoral
La veda culminará el domingo 18 de mayo a las 21 horas, es decir, tres horas después del cierre de los comicios, previsto para las 18. Hasta ese momento, todas las restricciones legales seguirán vigentes y cualquier incumplimiento podrá ser denunciado ante las autoridades correspondientes.
Qué pasa si no voy a votar
En caso de no haber emitido el voto, los ciudadanos deberán justificar su ausencia ante la Justicia Electoral en un plazo dentro de los 60 días posteriores a la elección.
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En el marco legal porteño, el ejercicio del voto es una obligación cívica para todos los electores habilitados. La inasistencia injustificada puede dar lugar a sanciones económicas y penas accesorias, cuya severidad varía según la condición del votante.
- Multas de entre 1.000 y 2.000 pesos. Esta cifra varía según la cantidad de infracciones previas que el ciudadano tenga registradas en el Registro de Infractores de la Cámara Nacional Electoral.
- Trabajo comunitario por hasta tres días, si así lo resuelve la autoridad competente.
- Doble sanción para quienes hayan sido designados autoridades de mesa y no se presenten.
- La inhibición para realizar trámites durante el período de un año en organismos nacionales, provinciales y de la CABA; a menos que se abone una multa monetaria que tendrá valor de $100.
Difusión de resultados de las elecciones CABA 2025
El Tribunal Electoral de la Ciudad de Buenos Aires resolvió anticipar la difusión de los resultados. Los primeros datos oficiales podrán publicarse una vez que se haya alcanzado el 25% del total de mesas escrutadas y el 33% de las mesas en cada una de las 15 comunas.
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La decisión se basa en la celeridad del recuento electrónico que permite el sistema BUE. De acuerdo con fuentes involucradas en el proceso, se espera que los primeros resultados puedan conocerse poco después de las 19 horas.

Esta modificación responde a una resolución firmada por los jueces Roberto Carlos Requejo, Romina Tesone y Rodolfo Ariza Clerici, quienes destacaron la necesidad de garantizar eficiencia y transparencia sin vulnerar el marco normativo vigente.
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El Instituto de Gestión Electoral (IGE) será el encargado de difundir los datos provisionales a través de su sitio web oficial, el cual estará sujeto a actualización continua.
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