SUNAT anuncia que independientes y empresas dejarán de pagar impuestos por el Fenómeno El Niño

La medida alcanza a independientes y empresas con domicilio fiscal en distritos declarados en emergencia. En Lima, existen 19 distritos con alerta, pero deben cumplir estas condiciones

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La Sunat posterga el vencimiento de declaraciones y pagos tributarios en los distritos declarados en emergencia por desastres naturales.
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La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) activará facilidades tributarias automáticas para las personas naturales y empresas con domicilio fiscal en distritos declarados en estado de emergencia por desastres naturales.

La medida permite postergar las fechas de declaración y pago de impuestos, pero no elimina las obligaciones: los contribuyentes deberán cumplir cuando venza el nuevo plazo que fije la entidad.

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¿Para quiénes aplica?

El beneficio no alcanza a todos los negocios, independientes o empresas ubicados en zonas que podrían sufrir los efectos de El Niño. La condición es que el distrito del domicilio fiscal figure expresamente en un decreto supremo de declaratoria de emergencia, vigente por daños asociados a eventos naturales.

La Sunat aplicará la facilidad sin que el contribuyente tenga que presentar formularios, hacer una solicitud o acudir a un centro de servicios.

El sistema identificará a los beneficiarios mediante la dirección fiscal registrada a la fecha de publicación del decreto supremo. Quedan fuera de esta medida los contribuyentes incluidos en el directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales.

No se condonan impuestos, solo se amplían los plazos

La prórroga tributaria no significa que los impuestos dejarán de cobrarse. Los beneficiarios podrán dejar de pagar de forma temporal en la fecha original de vencimiento, pero tendrán que declarar y cancelar obligaciones en el cronograma especial que publique la Sunat.

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La medida busca dar un margen de tiempo a las personas y negocios afectados por lluvias intensas, inundaciones, desbordes, huaicos u otros daños derivados de la emergencia.

También contempla mecanismos para evitar que un contribuyente pierda un aplazamiento o fraccionamiento de deuda que ya tenía vigente por no poder pagar una cuota dentro del plazo habitual.

Los contribuyentes podrán revisar sus nuevas fechas de vencimiento en Sunat Operaciones en Línea. Para ello, deberán ingresar a la opción “Reporte Personalizado”, donde aparece el Cronograma de Obligaciones Mensuales que corresponde a cada usuario.

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Los trabajadores independientes con rentas de cuarta categoría acceden a la prórroga si abonan pagos a cuenta mensuales del Impuesto a la Renta.

Qué personas naturales podrían postergar sus tributos

La medida puede beneficiar a trabajadores independientes que generan rentas de cuarta categoría y deben efectuar pagos a cuenta mensuales del Impuesto a la Renta (IR). Es el caso de profesionales que emiten recibos por honorarios y que no cuentan con una suspensión de retenciones y pagos a cuenta vigente.

También se incluyen personas naturales con negocio, como comerciantes, emprendedores y prestadores de servicios inscritos en el RUC.

Según el régimen tributario en el que estén inscritos, estos contribuyentes pueden tener obligaciones mensuales por el Impuesto General a las Ventas (IGV), pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, retenciones o percepciones.

En cambio, un trabajador dependiente que recibe un sueldo en planilla suele estar fuera de este grupo. En esos casos, el empleador retiene el IR de quinta categoría y se encarga de declararlo y pagarlo a la Sunat. Por eso, el trabajador no suele tener una obligación tributaria mensual directa que pueda postergarse.

La facilidad también puede comprender la declaración jurada anual del IR y el pago de regularización, cuando el contribuyente tenga que presentarlos.

dinero
Los contribuyentes con fraccionamientos vigentes conservan el beneficio y consultan los nuevos plazos en Sunat Operaciones en Línea.

Empresas podrán aplazar pagos de IGV y renta mensual

Para las empresas, la prórroga puede aplicarse a las obligaciones mensuales que figuran en su cronograma tributario. Entre ellas se encuentran el IGV, los pagos a cuenta del IR, las retenciones efectuadas a trabajadores o proveedores y las percepciones, según el tipo de actividad económica.

Por ejemplo, un pequeño negocio ubicado en un distrito incluido en la declaratoria de emergencia puede tener que declarar el IGV y el pago a cuenta de renta de un mes determinado. Si su domicilio fiscal figura en la zona beneficiada, la Sunat podrá trasladar esa fecha de vencimiento a un día posterior.

El monto de la deuda no define el acceso a la facilidad. Una persona con una obligación de menor valor y una empresa con una deuda más elevada pueden acceder, siempre que cumplan la condición territorial y no estén en el directorio de principales contribuyentes nacionales.

El Niño - huaico
Las empresas que pertenecen al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales quedan excluidas de las facilidades tributarias.

En Lima son 19 distritos con pre alerta de emergencia por El Niño

En Lima Metropolitana son 19 distritos los incluidos en la declaratoria de emergencia por lluvias intensas asociadas a El Niño 2026-2027. Por ello, los contribuyentes que tengan allí su domicilio fiscal pueden acceder a las facilidades tributarias de la Sunat, siempre que cumplan las demás condiciones.

Son: Ate, Carabayllo, Chaclacayo, Cieneguilla, Comas, El Agustino, Independencia, Lima, Los Olivos, Lurigancho, Lurín, Pachacámac, Pucusana, Punta Hermosa, Punta Negra, Rímac, San Bartolo, San Juan de Lurigancho y San Martín de Porres.

¿Sunat busca evitar que las deudas tributarias sigan creciendo?

La medida se conoce en medio de la preocupación de la Sunat por el volumen de obligaciones pendientes de cobro. La entidad informó que la deuda tributaria determinada asciende a S/ 123,1 mil millones, aunque estima que solo S/ 11,9 mil millones, equivalentes al 9,2%, tienen posibilidades de recuperación efectiva.

De ese total, S/ 90,1 mil millones corresponden a deuda exigible. Sin embargo, S/ 73,9 mil millones fueron clasificados como deuda dudosa o en riesgo, porque la administración ya agotó acciones de cobranza o porque los deudores dejaron de operar y no cuentan con patrimonio identificable.

Más del 75% del monto adeudado se concentra en obligaciones superiores a S/ 100.000 y el 60% de la deuda tiene más de cinco años de antigüedad.

El superintendente nacional de la Sunat, César Luna Victoria, ha planteado una estrategia que combina facilidades para contribuyentes con dificultades de pago y acciones de cobranza contra quienes intenten eludir sus obligaciones.

sunat foto ANDINA
La deuda tributaria acumulada alcanza los S/ 123,1 mil millones y la Sunat calcula que solo el 9,2% presenta opciones de recuperación efectiva.

El Niño también golpea la recaudación

La Comisión Multisectorial Encargada del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (Enfen) mantiene la alerta por El Niño Costero. El organismo proyecta que el calentamiento del mar frente a la costa peruana conserve una magnitud extraordinaria hasta enero de 2027.

El escenario contempla lluvias por encima de lo normal en la costa norte y central, así como mayores caudales en los ríos Tumbes, Chira, Piura, La Leche y Jequetepeque. La Administración Nacional Oceánica y Atmosférica de Estados Unidos (NOAA) también prevé que El Niño continúe con intensidad fuerte o muy fuerte en los próximos meses.

Las facilidades tributarias se activarán únicamente si el Gobierno declara en emergencia a los distritos afectados y el domicilio fiscal del contribuyente se ubica dentro de esas zonas.

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