Juntos por el Perú suma otro fracaso en los tribunales electorales. El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 declaró improcedente la apelación que presentó contra la resolución que rechazó su pedido para anular 294 mesas de sufragio instaladas en el país de Argentina.
Como se recuerda, el partido del candidato presidencial Roberto Sánchez pidió la nulidad por supuestas irregularidades cometidas por funcionarios consulares y miembros de mesa. Sin embargo, el JEE declaró improcedente porque fue presentada fuera del plazo. Esta decisión fue notificada el domingo 14 de junio.
Contra esa decisión, Juntos por el Perú presentó una apelación, a fin de que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) decida en última instancia. El plazo para formalizar la impugnación es de 3 días hábiles desde la notificación, es decir, hasta el miércoles 17 de junio. No obstante, la agrupación recién presentó la apelación el viernes 19.
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“Por lo expuesto en los párrafos precedentes, corresponde declarar improcedente el recurso de apelación presentado por el ciudadano Carlos Avedal Zafra Flores, personero legal titular de la organización política Juntos por el Perú, contra la Resolución Nº 09533-2026-JEE-LIC2/JNE, de fecha 14 de junio de 2026, por presentarse de manera extemporánea”, se lee en la resolución.

Ahora, si Juntos por el Perú quiere insistir, podría presentar una queja por denegatoria de apelación. En ese escenario, el JNE determinará si es que el JEE hizo bien al rechazar la apelación.
No lograron anular mesas de Lima y EE. UU.
El JNE rechazó los recursos de apelación de Juntos por el Perú para anular 1.751 mesas en Lima Metropolitana y 647 mesas de peruanos residentes en Estados Unidos, en una audiencia pública virtual celebrada el viernes 19 de junio. El pleno del máximo órgano electoral declaró infundadas las apelaciones en segunda y última instancia, lo que cierra toda posibilidad de nuevos recursos sobre estos casos.
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La decisión del JNE llegó horas después de que los propios abogados del partido del candidato presidencial Roberto Sánchez reconocieran ante los magistrados que no contaban con pruebas del fraude que denunciaban. Durante la audiencia, el letrado Roy Mendoza admitió que la causal invocada para pedir la nulidad de las mesas limeñas era “el fraude que supone graves irregularidades”, pero al ser interrogado sobre los responsables de ese fraude, respondió que se trataba de una “hipótesis” y que se requerían “mayores elementos” para determinarla o descartarla.
La magistrada Martha Maisch Molina fue directa al preguntar si se había presentado algún medio probatorio. Mendoza reconoció que no, y que lo único aportado fue un “padrón estadístico”. El argumento central del partido era la supuesta repetición de patrones de votos a favor de Fuerza Popular.
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En el caso de las 647 mesas de Estados Unidos, el abogado de Juntos por el Perú reiteró que el fraude era también la causal del pedido de nulidad. Mendoza cuestionó el cambio de los lineamientos de votación para el exterior y sostuvo que la ausencia de valijas diplomáticas para el traslado del material electoral habría roto la cadena de custodia. El magistrado Gunther Gonzáles Barrón le respondió: “Usted me habla de un marco normativo modificado. No me dice en concreto cómo ha ocurrido el fraude que usted está imputando”. Ante esa interpelación, Mendoza señaló que el JNE podría recabar de oficio informes de fiscalización.
El presidente del JNE, Roberto Burneo, aclaró durante el debate que la Convención de Viena define la valija diplomática como aquella “sellada por el organismo consular” y que no existe una “forma específica” para su uso.
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Los abogados de Fuerza Popular, por su parte, solicitaron al JNE que confirmara las resoluciones que declararon improcedentes los pedidos de nulidad. El letrado Edward Levano afirmó que lo que se pretendía era “presentar recursos con la única finalidad de dilatar el proceso”, pese a que ya existían “resultados evidentes”.
Al tratarse de resoluciones emitidas en segunda y última instancia, las decisiones del JNE sobre Lima y Estados Unidos son definitivas e inapelables. El organismo electoral informó que el lunes 22 de junio quedaría concluida la revisión de las actas electorales pendientes, tras lo cual continuará con el cronograma previsto para la proclamación de los resultados definitivos de la segunda vuelta presidencial.
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