Fondo de Seguro de Depósitos: cuánto dinero protege si quiebra una entidad financiera

La cobertura para los ahorristas aumentó a S/ 122.000 entre junio y agosto de 2026 e incluye tanto el capital depositado como los intereses generados hasta la fecha de intervención de la institución

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Desde junio de 2019, el FSD ha garantizado una protección superior a los S/ 100.000, brindando seguridad y confianza a quienes depositan su dinero.
Desde junio de 2019, el FSD ha garantizado una protección superior a los S/ 100.000, brindando seguridad y confianza a quienes depositan su dinero. Foto: difusión

Millones de peruanos mantienen sus ahorros en bancos, financieras y cajas municipales con la expectativa de que su dinero esté seguro. Sin embargo, cuando una entidad financiera enfrenta problemas de solvencia o incluso es intervenida por las autoridades, surge una de las principales preocupaciones de los usuarios: qué ocurrirá con sus depósitos y si podrán recuperar sus fondos.

Para estos casos existe el Fondo de Seguro de Depósitos (FSD), un mecanismo que protege a los ahorristas del sistema financiero peruano frente a la quiebra o liquidación de determinadas entidades. Recientemente, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) actualizó el monto máximo de cobertura para el periodo junio-agosto de 2026, elevando la protección a un nivel mayor que el registrado en el trimestre anterior.

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¿Cuál es el monto máximo de cobertura actualizado que protege el FSD por persona?

Mano con billetes de 100 soles depositandolos en cuenta
Este es el nuevo monto máximo que cubre el Fondo de Seguro de Depósitos, según la SBS. - Crédito Andina

La SBS informó que el Monto Máximo de Cobertura (MMC) del Fondo de Seguro de Depósitos asciende a S/ 122.000 por persona para el periodo comprendido entre junio y agosto de 2026.

Este límite incluye no solo el dinero depositado, sino también los intereses generados hasta la fecha en que la entidad financiera sea intervenida o declarada en liquidación.

La actualización del monto se realiza cada tres meses, específicamente en marzo, junio, septiembre y diciembre. Para determinar el nuevo valor se toma como referencia la evolución del Índice de Precios al por Mayor (IPM), con el objetivo de que la cobertura mantenga su capacidad de protección frente a la inflación.

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La cifra actual representa un incremento de S/ 4.800 respecto al trimestre anterior, cuando la cobertura máxima era de S/ 117.200.

¿La protección del seguro aplica por cada entidad financiera o por el total de cuentas?

Seguros y ahorro del dinero.
El FSD contempla 41 entidades financieras en su programa de garantías. (Infobae)

Uno de los aspectos más importantes que deben conocer los ahorristas es que la cobertura del FSD se aplica por cada entidad financiera, no por el monto total que una persona tenga distribuido en todo el sistema financiero.

Esto significa que un usuario podría mantener ahorros en distintos bancos o cajas y contar con protección independiente en cada institución, siempre que estas formen parte del sistema asegurado.

Por ejemplo, si una persona tiene:

  • S/ 50.000 en un banco.
  • S/ 90.000 en una caja municipal.
  • S/ 40.000 en una caja rural.

Cada monto sería evaluado de manera individual. Como ninguno supera el límite de S/ 122.000, el dinero estaría cubierto en su totalidad.

La situación cambia cuando una persona posee varias cuentas dentro de una misma entidad. En ese caso, el fondo suma todos los depósitos para calcular la cobertura.

Por ejemplo, si un cliente tiene una cuenta de ahorros, un depósito a plazo fijo y una cuenta CTS en el mismo banco, los saldos se consolidan. Si el total supera los S/ 122.000, el seguro solo cubrirá hasta dicho límite.

En el caso de las cuentas mancomunadas, el saldo se divide entre los titulares y la porción correspondiente a cada uno se incorpora al cálculo de cobertura personal dentro de la misma institución financiera.

¿Qué tipos de cuentas (ahorros, depósitos a plazo, CTS) están totalmente cubiertas?

Entidades financieras peruanas.
Entre las 41 entidades financieras hay 16 bancos, 12 cajas municipales, 8 financieras y 5 cajas rurales.

El Fondo de Seguro de Depósitos protege los denominados depósitos nominativos, es decir, aquellos que están registrados a nombre de una persona o de varios titulares identificados.

Entre los productos financieros que cuentan con cobertura se encuentran:

  • Cuentas de ahorro.
  • Depósitos a plazo fijo.
  • Certificados de depósito.
  • Cuentas CTS (Compensación por Tiempo de Servicios).
  • Depósitos a la vista o cuentas corrientes.
  • Intereses acumulados correspondientes a cualquiera de estos productos.

La cobertura se mantiene siempre que la suma total de los depósitos en una misma entidad no exceda el monto máximo vigente.

Asimismo, los depósitos en moneda extranjera también están protegidos. Si una persona tiene ahorros en dólares u otra divisa, el fondo reconoce dichos recursos. Sin embargo, el pago se realiza en soles utilizando el tipo de cambio oficial determinado por la SBS para el día previo a la intervención de la entidad financiera.

El proceso de devolución del dinero en caso de que un banco o caja sea intervenido

FOTO DE ARCHIVO: Un hombre muestra billetes de sol peruano después de retirar dinero de un cajero automático en Lima, Perú, 30 de enero de 2025. REUTERS/Angela Ponce/Archivo
FOTO DE ARCHIVO: Un hombre muestra billetes de sol peruano después de retirar dinero de un cajero automático en Lima, Perú, 30 de enero de 2025. REUTERS/Angela Ponce/Archivo

Cuando la SBS determina la intervención y posterior liquidación de una entidad financiera, se activa el procedimiento de devolución de depósitos respaldados por el FSD.

El proceso se desarrolla en varias etapas.

Intervención de la entidad

La autoridad financiera asume el control administrativo y operativo de la institución para proteger los activos existentes y evitar movimientos que puedan afectar a los depositantes.

Elaboración de la lista de ahorristas

Los responsables de la liquidación elaboran un padrón con las personas que tienen derecho a recibir la cobertura del seguro.

Aunque la normativa contempla un plazo de hasta 60 días para remitir esta información, en procesos recientes la publicación de los primeros listados se realizó dentro de las primeras 48 a 72 horas.

Designación de una entidad pagadora

El FSD no entrega directamente el dinero a los usuarios. Para ello selecciona una entidad financiera sólida que actúa como agente pagador y canaliza la devolución de fondos.

Cobro del dinero

Los ahorristas deben verificar en los canales oficiales si figuran en el padrón de beneficiarios y acercarse a la entidad designada con su Documento Nacional de Identidad (DNI).

Dependiendo del procedimiento establecido, el dinero puede retirarse en efectivo o transferirse a otra cuenta bancaria.

Reclamos y plazos

Si una persona considera que debía aparecer en el listado de beneficiarios y no fue incluida, puede presentar un reclamo formal dentro de los 60 días posteriores a la publicación del padrón.

Además, el derecho a cobrar la cobertura del seguro se mantiene vigente durante un periodo de hasta 10 años desde el inicio de los pagos.

¿Qué es el Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) y cuál es su finalidad?

El Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) es una entidad privada sin fines de lucro creada para proteger a los ahorristas frente a eventuales problemas financieros de bancos, financieras, cajas municipales y cajas rurales afiliadas al sistema.

Su principal objetivo es garantizar que los ciudadanos puedan recuperar sus depósitos cuando una entidad deja de operar por insolvencia o es sometida a un proceso de liquidación.

Además de proteger los recursos de los usuarios, el fondo busca preservar la confianza en el sistema financiero peruano y evitar retiros masivos de dinero provocados por rumores o crisis puntuales.

Uno de los aspectos más relevantes es que este seguro es automático y gratuito para los depositantes. Los clientes no deben realizar trámites ni efectuar pagos adicionales para acceder a la cobertura.

El financiamiento proviene de las propias entidades financieras afiliadas, las cuales están obligadas a realizar aportes periódicos al fondo para sostener el mecanismo de protección.

Si los ahorros superan el límite de S/ 122.000, el fondo pagará de manera inmediata únicamente el monto asegurado. El excedente pasará a formar parte del proceso de liquidación de la entidad y podrá recuperarse progresivamente conforme se vendan los activos disponibles y se atiendan las obligaciones pendientes.

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