Aprueban que pensionistas del Decreto Ley 20530 aporten solo el 13% de su sueldo

La Comisión de Economía del Congreso ha aprobado el dictamen para que se regule el monto del aporte para las pensiones del Decreto Ley 20530, que poco a poco van pasando a manos de la ONP

Guardar
Google icon
Jubilado cobrando su pensión en el Banco de la Nación
Luego de 20 años, los pensionistas del 20530 aportarán un monto "razonable" para sus pensiones. - Crédito Andina

Ahora los aportantes de pensiones bajo el Decreto Ley 20530 solo aportarán el 13% de su sueldo para las pensiones. Ahora la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia financiera se une a la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso y ha aprobado el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 13517/2025-PJ, que propone modificar la Ley 28047 con el objetivo de fijar en 13% el aporte destinado al fondo de pensiones de los trabajadores del Sector Público Nacional comprendidos en el régimen del Decreto Ley 20530.

Como se señalaba en el proyecto de ley, anteriormente, el porcentaje pudo llegar hasta el 27% del sueldo, en base al artículo 1° de la Ley 28047. Sin embargo, este criterio porcentual de aportaciones establecido era “inconstitucional, debido a que vulnera los principios de razonabilidad y proporcionalidad” —esto fue señalado por Janet Tello, la presidenta del Poder Judicial, la misma entidad que presentó el proyecto de ley en su momento—.

PUBLICIDAD

Ahora el dictamen aprobado establece la modificación del artículo 1 de la referida norma, precisando que el aporte para pensiones a cargo de los trabajadores de dicho régimen previsional debe ascender al 13% de la remuneración. Así, ya ha sido validado por dos comisiones del Congreso y podrá pasar al Pleno.

La Oficina de Normalización Previsional es un organismo público de seguridad previsional estatal del Perú. Tiene la función de administrar el Sistema Nacional de Pensiones.

Cambio llega luego de 20 años

El aporte para las pensiones a cargo de los trabajadores del Sector Público Nacional comprendidos en el régimen previsional a que se refiere el Decreto Ley 20530 asciende al 13 % de la remuneración”, aprueba el dictamen validado en la Comisión de Economía. Como se sabe, esto debería ser validado por el Pleno y promulgado para el Ejecutivo para que quede firme.

PUBLICIDAD

Asimismo, su diposición complementaria final única señala que “los aportes aplicados y descontados antes de la entrada en vigor de la presente ley mantienen su validez y eficacia; no pueden exigirse devoluciones en caso de que dichos aportes hubieran superado el 13 % de la remuneración”.

Poder Judicial
El Poder Judicial presentó el proyecto de ley. - Crédito Poder Judicial

Como se recuerda, durante la sustentación del dictamen en la Comisión de Constitución, el presidente de esta, Arturo Alegría García (Fuerza Popular), señaló que la iniciativa busca otorgar claridad normativa y uniformidad en el porcentaje de contribución aplicable a este sector.

“Resulta razonable el porcentaje de descuento hasta el 13%, lo que se corrobora con el hecho de que el plazo fijado de ‘vacatio sententiae’ para que el Congreso emita la Ley correspondiente fue dada hasta agosto de 2006, fecha en la que se incrementaba el descuento al 20%”, aclaraba el Poder Judicial. Es decir, la medida viene con 20 años de retraso.

Pareja de ancianos cobrando su pensión
El descuento a trabajadores de la 20530 llegaba hasta 27% de su sueldo. - Crédito Andina/Melina Mejía

Poder Judicial propuso el proyecto

“El presente Proyecto de Ley propone cubrir el vacío normativo que deja la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo 1º de la Ley N.º 28047, debiendo, por tanto, fijar un porcentaje de aportaciones que resulte ser razonable y proporcional”, señalaba el proyectio de ley que el Poder Judicial presentó y que dio origen a este dictamen.

Según el PJ no se ha cumplido con el reemplazo legislativo del criterio de porcentaje de aportación del régimen pensionario del Decreto Ley N.° 20530, y “dado que han pasado casi 20 años desde la emisión de la sentencia del expediente N.° 0030-2004-AI/TC, en cuyo proceso se declaró la inconstitucionalidad del artículo 1º de la Ley N.º 28047.

En consecuencia, corresponde que se establezca un porcentaje de aportación fijo, que sea acorde al análisis de proporcionalidad y razonabilidad, que el máximo intérprete de la Constitución ha efectuado y que sobre todo no genere mayores conflictos al momento de atender las solicitudes de jubilación del citado régimen pensionario".

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD