En plena audiencia ante el TC, la JNJ modifica su demanda contra el PJ por el caso de Delia Espinoza

La Junta inicialmente pidió que se declare que el Poder Judicial no puede revisar sus decisiones. Sin embargo, ante los magistrados, varió su posición y solicitó que solo “delimiten” su rango de actuación

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Delia Espinoza acudió al Pleno del Congreso para defenderse. Foto: Congreso
La JNJ llevó el caso de Delia Espinoza al TC para no reponerla como fiscal de la Nación. Foto: Congreso

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) modificó su demanda competencial contra el Poder Judicial, por el caso de la reposición de Delia Espinoza, en plena audiencia ante el Tribunal Constitucional.

Cuando la Junta planteó la demanda competencial, solicitó que el TC declare que el Poder Judicial “carece de competencia para impedir, a través de procesos ordinarios y/o constitucionales y/o cualquiera sea la denominación que se le pueda dar a sus pretensiones, el normal desarrollo del ejercicio de las funciones y atribuciones exclusivas y consustanciales que son de competencia de la JNJ”.

Sin embargo, durante la audiencia, el abogado Enrique Ghersi indicó que lo que se solicita es “acotar las funciones jurisdiccionales del Poder Judicial” ya que este, supuestamente, habría otorgado un “blindaje” a Delia Espinoza para que no sea investigada disciplinariamente.

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El procurador público del Poder Judicial, Jhonny Tupayachi Sotomayor, hizo notar la variación del pedido de la demanda competencial. “Mi colega señala que es importante establecer un límite a la competencia del PJ, lo cual ya lo ha hecho el TC en diferentes ocasiones, pero el petitorio real es que debe declararse que el PJ carezca de competencia (...)”, dijo.

Tupayachi indicó que la demanda competencial no busca defender las competencias de la JNJ (ratificación, nombramiento, destitución) porque “no han sido interrumpidas por el PJ”. “El petitorio es muy ambiguo y hasta podríamos decir que no establece un acto específico de menoscabo expreso en torno a las funciones porque la idea de una delimitación no calza” en un conflicto competencial, sostuvo.

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El procurador también mencionó que el Tribunal Constitucional ha establecido que las decisiones de la JNJ sí pueden ser revisadas por el Poder Judicial si estas no están debidamente motivadas.

El magistrado Manuel Monteagudo también hizo notar el cambio de la pretensión. Luchas Ghersi señaló que la Junta no considera que ese proceso disciplinario no se pueda revisar en sede judicial, sino que, dice, el Poder Judicial no puede otorgar una “inmunidad sábana” a Delia Espinoza.

Defensa de Delia Espinoza

Durante la audiencia también se presentó el abogado de Delia Espinoza, quien fue incorporada como tercero con interés en el resultado del proceso competencial. Y es que la JNJ busca que el TC declare nula la medida cautelar que ordenaba su reposición como fiscal de la Nación y la suspensión del proceso disciplinario en su contra por la reposición de Patricia Benavides.

Exfiscal de la Nación fue elegida decana del Colegio de Abogados de Lima para el periodo 2026-2028. Foto: CAL
Exfiscal de la Nación fue elegida decana del Colegio de Abogados de Lima para el periodo 2026-2028. Foto: CAL

El abogado de Espinoza, Arturo Grau Castillo, cuestionó que la JNJ recurra al TC luego de que se emitiera una medida cautelar a su favor. Consideró que la Junta usa la demanda competencial como una apelación. “El proceso competencial no puede convertirse en una apelación encubierta contra un amparo, menos aún cuando la persona directamente afectada ni siquiera puede intervenir como parte”, sostuvo.

El letrado también defendió que el Poder Judicial pueda intervenir ante alguna afectación por parte de la JNJ. “Revisar judicialmente un acto de la Junta no equivale a sustituirla. Una cosa es ejercer una potestad disciplinaria y otra distinta es controlar si esa potestad disciplinaria se ejerció respetando los derechos fundamentales invocados en la demanda de amparo”, apuntó.

Como argumento, el abogado de la exfiscal de la Nación citó el caso de Tomás Gálvez, cuya destitución fue anulada por el TC, ordenando su reposición como fiscal supremo.