
El Juzgado Constitucional donde recayó aleatoriamente la demanda de amparo del alcalde de Lima, Renzo Reggiardo, contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) se declaró incompetente para tramitar y, eventualmente, resolver el caso.
Como se recuerda, antes de recurrir al Tribunal Constitucional a nombre de la Municipalidad de Lima, Reggiardo a nombre propio presentó una demanda ante el Poder Judicial exigiendo lo mismo: la anulación del acuerdo del JNE que declaró inviable realizar elecciones complementarias.
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Según el expediente al que accedió Infobae, tras una distribución aleatoria, la demanda fue a parar al Décimo Primer Juzgado en lo Constitucional de Lima, a cargo de la jueza Silvia Núñez Riva. Este es un juzgado constitucional especial dentro de la Corte de Lima ya que únicamente ve demandas constitucionales de temas tributarios, aduaneros y del Indecopi.
“Advirtiendo que la pretensión planteada en la demanda del presente caso no se trata de algún tema de naturaleza tributaria, aduanera o de asuntos que resuelva el Indecopi, como tampoco temas de mercado, es de señalar que este juzgado subespecializado no tiene competencia”, se lee en la resolución, advirtiendo que tomar alguna decisión sobre la demanda “generaría actos nulos”.
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Por ello, la jueza Silvia Núñez dispuso que el expediente se remita al Centro de Distribución General de la sede Javier Alzamora Valdez para que sea redistribuido de manera aleatoria entre uno de los otros diez juzgados constitucionales de la Corte de Lima.
El nuevo juzgado a cargo deberá calificar la demanda de Renzo Reggiardo, admitirla si corresponde, notificar al JNE y programar la audiencia única.
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Cabe precisar que con su demanda de amparo, el alcalde de Lima no solo pide la anulación del acuerdo del JNE, sino que solicitar que el Poder Judicial ordene la convocatoria a elecciones complementarias.
También recurren al TC
La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), bajo el liderazgo del alcalde Renzo Reggiardo, presentó ante el Tribunal Constitucional (TC) una demanda de conflicto competencial con la finalidad de anular el acuerdo del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que impidió la realización de “elecciones complementarias” tras los incidentes logísticos registrados el 12 de abril.
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En el texto presentado por Reggiardo, la MML argumenta que el principal perjuicio producido por el acuerdo del JNE no radica en una vulneración electoral directa, sino en el “menoscabo” de las funciones municipales, específicamente en la gestión de la seguridad ciudadana, del tránsito vehicular y del ornato en el Centro Histórico de Lima. La demanda sostiene que la negativa a repetir la votación en las mesas afectadas traslada la responsabilidad de afrontar la posible conflictividad urbana y los costos extraordinarios de limpieza y conservación patrimonial a la comuna limeña, situación que la MML considera inadmisible, según el documento.
La MML fundamenta su reclamo en el supuesto vínculo competencial entre su atribución de mantener el orden y el resultado del proceso electoral nacional, y califica como una “motivación insuficiente” la negativa del JNE a convocar las elecciones complementarias. Para la municipalidad, la decisión del órgano electoral representa una “clausura absoluta” al derecho al sufragio de los ciudadanos afectados, extremo que, a su entender, justificaría la intervención del TC para tutelar los derechos municipales.
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