
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ratificó la sanción impuesta a la organización política Juntos por el Perú tras detectarse graves irregularidades en la rendición de cuentas de su campaña para las Elecciones Generales 2021. Se determinó que el partido del candidato Roberto Sánchez no cumplió con presentar debidamente recibos de aportes privados, por lo que deberá pagar una multa de 16 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que asciende a 88 mil soles.
El proceso sancionador se originó durante la fiscalización de la segunda entrega de información financiera de la campaña 2021. En las acciones de verificación, la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios (GSFP) halló que una serie de recibos de aportaciones en efectivo y en especie no contaban con la firma del supuesto aportante. Inicialmente se observaron 191 recibos, tras un cruce de información se determinó que la infracción se concentró en 86 recibos.
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Por el contrario, esos 86 recibos contaba con la firma doble del tesorero de Juntos por el Perú.

Corvetto fue el primero en sancionar
Cabe precisar que el primer pronunciamiento por parte de la ONPE sobre este caso estuvo a cargo del exjefe Piero Corvetto. Juntos por el Perú alegó que la facultad sancionadora ya había prescrito; sin embargo, la institución determinó que se trató de una infracción de naturaleza “continuada”, ya que el partido repitió la misma falta en 86 oportunidades.
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“Se encuentra acreditado que esta (Juntos por el Perú) recibió 86 aportaciones provenientes de fuente privada, en especie y efectivo, cada aportación por un monto inferior al 25% de una UIT, respecto de las cuales no emitió recibo conforme a los requisitos previstos en el artículo 30 de la LOP, pues en todas ellas se omitió el registro de las firmas de los aportantes”, se lee en la resolución suscrita por Corvetto.

Ahora bien, el partido de Roberto Sánchez intentó revertir la multa mediante un recurso de reconsideración, en este cuestionó nuevamente la tipificación de la falta y alegando la ausencia de dolo o intención de engañar. No obstante, el actual jefe interino de la ONPE, Bernardo Pachas Serrano, desestimó estos argumentos. Señaló que el derecho administrativo sanciona la negligencia en el cumplimiento de los deberes legales, independientemente de si hubo una intención deliberada de cometer la falta.
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“Se encuentra evidenciada la existencia de culpa en la comisión de la conducta infractora, acreditada con la mera inobservancia o desatención de la norma, que contiene una obligación atribuible a la organización política, que fue incumplida conforme se verifica de los medios probatorios que obran en el expediente. Por tanto, no existe vulneración alguna del principio de culpabilidad”, se lee.

Con esta decisión del jefe interino Bernardo Pachas, la ONPE declaró infundado el recurso del partido y confirmó la sanción de 88 mil soles contra Juntos por el Perú.
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Cabe precisar que la sanción a la agrupación política que postula a Roberto Sánchez a la Presidencia de la República puede ser apelada ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). De acuerdo con el artículo 36-A de la Ley de Organizaciones Políticas, la agrupación sancionada puede presentar su recurso de apelación en un plazo máximo de 15 días hábiles.
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