
La indemnización del SOAT vuelve a generar controversia. Indecopi sancionó a Rímac Seguros y Reaseguros por no cumplir con el pago oportuno a un consumidor que sufrió invalidez permanente tras un accidente de tránsito, y le ordenó desembolsar más de S/ 10.000 como compensación. La decisión fue adoptada en segunda instancia por la Comisión de la Oficina Regional en Lambayeque.
El caso se relaciona con un accidente de tránsito ocurrido el 9 de enero de 2023, en el que estuvo involucrado el vehículo asegurado en el que viajaba el afectado. A raíz de ese hecho, el consumidor presentó su solicitud para acceder a la cobertura del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) el 8 de enero de 2025, pero la compañía no concretó el desembolso dentro del plazo de 10 días previsto por la normativa. Según la autoridad, ese retraso configuró una vulneración al Código de Protección y Defensa del Consumidor.
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Indecopi determinó que la aseguradora incumplió el plazo legal del SOAT

Durante el procedimiento, Rímac Seguros sostuvo que el 17 de enero de 2025 informó, mediante correo electrónico, que el caso sería derivado al Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) para la evaluación correspondiente. Sin embargo, Indecopi concluyó que esa comunicación no resultó válida, debido a que el sistema virtual de la empresa condicionaba el trámite a la obligación de registrar un correo electrónico, lo que restringía la posibilidad de que el usuario eligiera libremente el canal por el cual deseaba ser notificado.
Con ese análisis, la Comisión determinó que la aseguradora vulneró el artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, norma que exige a los proveedores actuar con idoneidad y cumplir con los compromisos asumidos frente a los consumidores. En consecuencia, se le impuso una multa de 3,49 UIT, equivalente a S/ 19.195, como sanción administrativa por el incumplimiento detectado.
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Además de la multa, la autoridad ordenó como medida correctiva que la empresa pague al denunciante la suma de S/ 10.700 por concepto de indemnización por invalidez permanente al 50%, en un plazo máximo de 15 días hábiles. El organismo también dispuso que la aseguradora acredite el cumplimiento de esa obligación ante la autoridad competente, bajo apercibimiento de una multa coercitiva de 3 UIT en caso de incumplimiento.
La decisión de Indecopi se enmarca en la fiscalización de los derechos de los consumidores frente a empresas de seguros que administran coberturas vinculadas a siniestros viales. En este caso, la controversia no giró únicamente en torno al monto de la compensación, sino también al tiempo y la forma en que debía atenderse la solicitud del afectado, un punto que terminó siendo determinante para la sanción impuesta a Rímac Seguros.
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¿Cómo funciona el SOAT y qué cubre en caso de un accidente de tránsito?

El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) es un seguro exigido por ley que cubre exclusivamente daños personales derivados de un accidente de tránsito, tanto para conductores como pasajeros y peatones. Su principal objetivo es garantizar atención médica inmediata sin importar quién tenga la responsabilidad del siniestro. A diferencia de otros seguros vehiculares, no cubre daños materiales, como reparaciones de autos o propiedades, por lo que su alcance se centra únicamente en la salud y la vida de las personas afectadas.
En términos de cobertura, el SOAT contempla montos definidos por ley. Por ejemplo, cubre hasta 4 UIT (S/ 21.400) en caso de fallecimiento o incapacidad permanente, hasta 1 UIT (S/ 5.350) por incapacidad temporal —calculada en función de los días no laborados—, y hasta 5 UIT (S/ 26.750) por gastos médicos. También incluye gastos de sepelio por hasta 1 UIT. Estos montos aplican por persona afectada, independientemente del tipo de vehículo involucrado, lo que garantiza protección uniforme para todas las víctimas.
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Otro aspecto clave es que el SOAT tiene cobertura en todo el país y permite que los heridos sean atendidos en cualquier clínica u hospital, público o privado, sin necesidad de realizar pagos previos. Los centros de salud están obligados a brindar atención inmediata, mientras que la aseguradora asume directamente los costos. Para hacer uso del seguro, es indispensable que esté vigente al momento del accidente; de lo contrario, el propietario del vehículo deberá asumir todos los gastos, además de enfrentar sanciones económicas y la posible retención de la unidad.
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