
¿Eres cliente de la banca, tienes un seguro o aportas a la AFP? La Superintendencia de Banca, seguros y AFP (SBS) es la entidad encargada de regular y supervisar a estas entidades, y tiene funciones como preservar la estabilidad y solvencia de estas, así como proteger los intereses y ahorros de los usuarios, y prevenir el lavado de activos.
Así, a fin de incorporar y actualizar determinadas infracciones, (“permitiendo así que la Superintendencia cuente con mecanismos efectivos para el ejercicio de su potestad sancionadora”), se ha promulgado la resolución SBS N° 01029-2026 (que modifica “el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones”).
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Por ejemplo, una de las nuevas infracciones que incluyen a bancos se trata “no cumplir con el marco normativo vigente relacionado con la aplicación de adelanto de cuotas y/o pagos anticipados, con una afectación económica contra los usuarios igual o superior al monto equivalente a 20 UIT” (S/110.000). Esta se considera una grave.

Nuevas infracciones
La SBS aprobó una serie de infracciones leves, graves y hasta muy graves. Entre las infracciones comunes, aprobada en general para todo el sistema, se incluye como una grave la siguiente:
“No cumplir con proteger los activos de información de la empresa frente a incidentes de seguridad de la información que afecten su disponibilidad, confidencialidad o integridad, incluyendo casos de fraude interno o externo, sin generar pérdida, sustracción o alteración de información confidencial de los clientes”, detalla la resolución.
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Luego, también la norma aprueba infracciones para los diferentes tipos de entidades que fiscaliza la SBS.

Infracciones para bancos
Con respecto al primer grupo de infracciones, estás están dirigidas a “empresas de operaciones múltiples, empresas especializadas, bancos de inversión y otras de similar naturaleza bajo supervisión, así como representantes de empresas financieras no establecidas en el país y colaboradores de supervisión de este grupo; a las empresas de servicios complementarios y conexos y a los accionistas, directores, gerentes, trabajadores”.
- Infracción grave: No cumplir con el marco normativo vigente relacionado con la aplicación de adelanto de cuotas y/o pagos anticipados, con una afectación económica contra los usuarios igual o superior al monto equivalente a 20 UIT
- Infracción grave: No cumplir con el marco normativo vigente respecto a la aplicación del orden de imputación de pagos en obligaciones de tarjeta de crédito y/u otros productos activos, con una afectación económica contra los usuarios igual o superior al monto equivalente a 20 UIT.

Infracciones de aseguradoras
Las infracciones para el sistema de seguros abarca a empresas de seguros y reaseguros. Incluye intermediarios y auxiliares de seguros, representantes de empresas de reaseguros y de corredores de reaseguros del extranjero y colaboradores de supervisión de este grupo. Incluye a los accionistas, directores, gerentes y trabajadores.
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- Infracción leve: Emitir pólizas de seguro de crédito y/o pólizas de caución, fianzas GOO y fianzas GOC sin contar con la documentación de sustento que acredite el cumplimiento de las políticas, estrategias y procedimientos establecidos en el Reglamento de Seguros de Crédito, de Caución y de Fianzas emitidas por las empresas de seguros, o norma que lo sustituya
- Infracción grave: Incumplir con asesorar al contratante y/o asegurado durante la oferta, suscripción y ejecución del contrato de seguro, así como en la presentación de la solicitud de indemnización y cobro del siniestro, de acuerdo con las condiciones de la normativa vigente
- Infracción grave: Incumplir las siguientes obligaciones en la intermediación a través de sistemas de comunicación a distancia: (i) brindar al asegurado la información mínima relativa al producto de seguros ofrecido o al derecho de arrepentimiento; o; ii) implementar un soporte adecuado para obtener, conservar y resguardar la información brindada al potencial asegurado y su aceptación para la contratación del seguro.
Infracciones para las AFP
- Infracción leves: No cumplir con los procedimientos, plazos establecidos y/o no contar con la documentación sustentatoria requerida para declarar la nulidad de una afiliación, de acuerdo con la normativa vigente
- Infracción grave: No implementar los lineamientos de los costos, gastos y comisiones generados por las inversiones, conforme con la normativa vigente.
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