
Las empresas prestadoras de servicios de agua potable están obligadas a informar con al menos 48 horas de anticipación sobre cortes programados en el suministro, según lo dispone el Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento, de acuerdo con la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass).
Esta disposición busca garantizar que los usuarios conozcan sus derechos y las obligaciones que deben asumir las compañías ante cualquier interrupción del servicio.
Sunass: compañías de agua están obligadas a notificar causas y detalles de cortes
La Sunass recordó que los cortes programados representan interrupciones previstas con antelación, necesarias para labores de mantenimiento, limpieza o mejora de la infraestructura.
En estos casos, las empresas están obligadas a comunicar con un mínimo de 48 horas de antelación el motivo del corte, las zonas impactadas, la fecha y hora de inicio, así como el horario estimado para la restitución del servicio.
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Esta información debe difundirse a través de los canales de comunicación de la empresa, como la página web, redes sociales u otros medios disponibles.
Cuando la suspensión programada supere las 6 horas diarias, la normativa exige que la comunicación sea reforzada, con el objetivo de que los usuarios puedan tomar previsiones suficientes y reducir el impacto de la falta de agua potable.
Esta obligación de comunicación se mantiene vigente para todas las empresas del sector, de acuerdo con el organismo regulador.
¿Y cuando el corte es imprevisto?
En el caso de cortes imprevistos, que ocurren como resultado de emergencias, roturas de tuberías o situaciones no anticipadas, la regulación establece que las empresas deben informar a las personas usuarias en un plazo máximo de 8 horas desde el inicio de la interrupción.
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La notificación debe precisar la causa del corte, las zonas afectadas y el tiempo estimado para el restablecimiento del servicio. Además, la empresa tiene un plazo máximo de 24 horas para solucionar el problema, salvo que se trate de un evento fortuito o de fuerza mayor debidamente justificado.

Si pasa de 18 horas, tienen que traerle un camión cisterna
La Sunass subrayó que, si la interrupción del servicio de agua potable supera las 18 horas, las empresas deben garantizar el acceso a agua segura mediante camiones cisterna, puntos provisionales de abastecimiento u otros mecanismos alternativos.
En el caso de establecimientos de salud, estaciones de bomberos o centros penitenciarios, el abastecimiento alternativo debe activarse luego de seis horas de corte.

La normativa especifica un volumen mínimo diario de agua potable por unidad de uso, para cubrir las necesidades básicas de quienes resulten afectados.
El ente regulador reiteró que el cobro realizado en cada ciclo de facturación debe corresponder únicamente a los servicios efectivamente prestados.
Por tanto, los días en los que no se haya brindado el servicio de agua potable no pueden incluirse en la facturación mensual, detalla el comunicado de Sunass.
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Canales oficiales para reclamos y consultas por falta de agua
Las personas usuarias tienen derecho a exigir información clara y oportuna sobre cualquier corte, acceder a las alternativas de abastecimiento cuando corresponda y presentar solicitudes o reclamos si la empresa incumple los plazos o disposiciones establecidas.
Sunass recomienda revisar constantemente los canales digitales oficiales de la empresa prestadora para mantenerse informado sobre eventuales interrupciones.

Para reportar problemas, la ciudadanía puede comunicarse con Fono Sunass 1899 o mediante WhatsApp al número (1) 6143180. Además, existe un directorio en línea con teléfonos y direcciones de todas las oficinas a nivel nacional, disponible en el portal oficial de la institución.
El organismo insistió en la importancia de que las empresas de saneamiento cumplan las reglas y que la población ejerza sus derechos en la prestación del servicio de agua potable.
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