
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha impuesto multas por más de S/357.000 en los últimos 5 años a grifos y estaciones de servicio por infracciones relacionadas con la protección al consumidor y prácticas anticompetitivas.
Este antecedente cobra relevancia en la actual coyuntura de alza de combustibles en Lima y Callao, debido a la saturación del suministro de gas natural de Camisea y la sobredemanda en otros derivados, factores que han puesto bajo escrutinio la conducta de los agentes comercializadores en el sector.
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Sanciones acumuladas y régimen sancionador
Según información a la que accedió Infobae Perú, entre 2021 y 2025, el Indecopi aplicó un total de 29 sanciones a 22 proveedores del comercio minorista de combustibles, equivalentes a 71,8 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
El cálculo con los valores anuales de la UIT arroja un monto acumulado de S/357.575 en multas solo en materia de protección al consumidor. El régimen sancionador permite imponer multas de hasta 450 UIT por infracción, además de amonestaciones y medidas correctivas.
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“Las sanciones administrativas pueden aplicarse de manera independiente a la responsabilidad civil o penal que corresponda”, precisó la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor.
En materia de libre competencia, la autoridad puede sancionar con más de 1.000 UIT o el 12% de los ingresos brutos anuales de la empresa, especialmente en casos muy graves, según la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas.
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Las sanciones de Indecopi se suman a las que impone el Osinergmin, organismo encargado de la fiscalización del sector hidrocarburos, y ambas entidades pueden actuar de forma coordinada, aunque sus procesos sancionadores son autónomos.
Motivos y detalle de las sanciones
Del total de las 29 sanciones impuestas por Indecopi entre 2021 y 2025, la mayoría correspondió a la venta de combustibles (21 casos), seguida por la comercialización de productos en tienda (4) y servicios de mantenimiento automotor (cuatro).
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La infracción más frecuente fue la falta de idoneidad del servicio, que originó 18 sanciones. Otras causas incluyeron la atención deficiente de reclamos (4), operaciones no reconocidas (2) y deficiencias en el Libro de Reclamaciones (2).

En el ámbito de libre competencia, Indecopi ha sancionado varios cárteles empresariales vinculados a la comercialización de combustibles. Entre los casos más relevantes figura la sanción en primera instancia al cártel de Gas Natural Vehicular (GNV) que operó en Lima y Callao en 2019.
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También se sancionó el acuerdo de precios del GLP vehicular en Chimbote y Chiclayo, con sentencias confirmadas en 2019, y el cártel de precios de gasoholes de 84, 90 y 95 octanos en Chimbote, confirmado en 2020.
¿Cómo denunciar la concertación de precios en grifos?
Indecopi recordó que los consumidores pueden denunciar prácticas irregulares en grifos mediante la plataforma Reclama Virtual o el correo institucional, y que, si la denuncia excede sus competencias, será derivada al Ministerio Público para su evaluación.
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En este contexto, la entidad inició investigaciones para verificar que las estaciones de servicio cumplan con el Código de Protección y Defensa del Consumidor, informen correctamente sobre precios y disponibilidad de combustibles, y utilicen adecuadamente el Libro de Reclamaciones.
Además, se investiga por estos días la posible existencia de prácticas anticompetitivas, como acuerdos de precios o restricciones de oferta, “reafirmando el compromiso de Indecopi con la transparencia y la protección ciudadana”, según la entidad.
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