
El Banco Central de Reserva del Perú (BCR) modificó el 27 de enero de 2026 los límites operativos de inversión para los fondos de pensiones administrados por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), elevando a 50,5% el tope para instrumentos extranjeros.
Esta medida del máximo ente emisor del Perú responde a cambios recientes a nivel legislativo y a la tendencia internacional de diversificación de los portafolios previsionales.
BCR incrementa límite para inversiones extranjeras de las AFP
El cambio se produce tras la promulgación de la Ley 32428 en agosto de 2025, que aumentó el límite legal máximo para la inversión de fondos previsionales en instrumentos extranjeros de 50% a 80% del valor total de los fondos.
Sin embargo, el límite operativo —el porcentaje efectivo permitido— lo sigue definiendo el BCR en función de la coyuntura macroeconómica y financiera.

Hasta antes de la reciente circular, los fondos de pensiones peruanos podían invertir hasta 49,5% en activos internacionales desde agosto de 2018, subiendo a 50% en septiembre de ese año.
El resto debía permanecer invertido en instrumentos locales, lo que generaba una fuerte exposición a riesgos internos como crisis políticas, inflación o depreciación de la moneda.
Además, la circular anterior fijaba límites estrictos para instrumentos emitidos por el Estado peruano o el propio BCRP, que no podían superar el 30% de la cartera cada uno, ni un 40% sumados.
AFP podrán destinar el 50,5% de fondos a inversiones foráneas
La ley promulgada a mediados del año pasado argumenta que la concentración de inversiones en el ámbito local limita la rentabilidad potencial y expone los ahorros previsionales a choques internos.
“En 27 años, del total acumulado en fondos de pensiones en Perú (S/114.892 millones al cierre de 2020), el 76% corresponde a rentabilidad generada y solo el 24% a aportes netos", refiere.

Perú mantenía uno de los límites más restrictivos para inversiones extranjeras entre los principales sistemas de pensiones de América Latina. En Chile, el tope alcanza el 100% del portafolio; en Colombia, 70%; en Costa Rica, 50%; en Brasil, 40%; y en México, apenas 20%.
La tendencia en la OCDE y otros mercados apunta a la eliminación de límites o su flexibilización, reconociendo los beneficios de la diversificación internacional tanto en rentabilidad como en reducción de riesgos.
Mayor diversidad y ¿mayor rentabilidad? en los portafolios AFP
Con todo, la apertura gradual de los límites peruanos sigue el camino de reformas adoptadas en Chile, donde la liberalización total de las inversiones externas permitió que, en 2021, la rentabilidad de los fondos chilenos se viera favorecida por los mercados internacionales, compensando pérdidas en la plaza local.
Según la nueva ley, aumentar el límite a 80% podría elevar la rentabilidad anual de los fondos peruanos en 138 puntos básicos, incrementando así el monto de la pensión futura para los afiliados.

Además de la diversificación, la nueva ley permite que peruanos residentes en el exterior abran y aporten libremente a sus cuentas individuales en cualquier AFP peruana, ampliando la base de contribuyentes y facilitando la movilidad internacional del ahorro previsional.
El BCR, al fijar el nuevo límite operativo en 50,5% desde el 1 de febrero de 2026, da un paso intermedio hacia el nuevo máximo legal, permitiendo mayor exposición a mercados y activos extranjeros, pero manteniendo un control prudencial ante la volatilidad global y el impacto potencial sobre la economía local.
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