
El abogado de Mateo Castañeda, Eduardo Barriga, recusó al juez de investigación preparatoria nacional Richard Concepción Carhuancho luego de que el Tribunal Constitucional le diera la razón sobre una injustificada demora por parte del magistrado al tramitar su apelación contra la orden de prisión preventiva.
En audiencia del último lunes, donde se evaluaría una tutela de derechos, Barriga anunció que lo recusa porque la sentencia del TC advierte de una “conducta lesiva” de derechos por parte del juez.
“Estando que ha declarado fundada una sentencia y ha declarado que hay una conducta lesiva de su parte de derechos constitucionales por parte a favor de mi defendido. Él se convertiría en un perjudicado. Se ha instado la recusación correspondiente, señor juez”, dijo el letrado.
El juez Richard Concepción Carhuancho dispuso que se genere un incidente independiente para resolverlo inmediatamente. El magistrado planeaba seguir con la audiencia de tutela de derechos, pero la Fiscalía y el abogado de Mateo Castañeda opinaron que debía suspenderse hasta que se resuelva la recusación.

A la JNJ
El Tribunal Constitucional (TC) ha instruido a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) a analizar la posibilidad de abrir un proceso disciplinario contra el juez Richard Concepción Carhuancho, a raíz de la prolongada demora en atender la apelación presentada por Mateo Castañeda contra la orden de prisión preventiva en su contra. La decisión del TC se basa en que tal retraso impidió a Castañeda ejercer plenamente sus derechos durante el desarrollo del proceso vinculado al caso Los Waykis en la Sombra.
Según el TC, desde el 23 de noviembre de 2024, momento en que se dictaron los “24 meses de prisión preventiva” en una audiencia con una lectura de más de “38 horas”, Castañeda permaneció privado de su libertad, sin posibilidad de recurrir la resolución conforme al trámite legal previsto.
La sentencia del TC precisa que el abogado, inmediatamente después del fallo, expresó verbalmente su apelación, pero la notificación formal con el texto íntegro de la resolución le llegó solo el 4 de diciembre, es decir, 12 días después. El proceso de transcribir el documento, según el tribunal, no justifica que pasaran “23 días” hasta que el juez concedió la apelación, lo que ocurrió recién el 16 de diciembre.
El máximo tribunal subrayó, de manera enfática, que la demora en el trámite del recurso representó “una severa afectación a los derechos a la pluralidad de instancia y de defensa” de Castañeda, señalando: “no se cumplió con elevar oportunamente el incidente de apelación, con la celeridad que exige la ley en respeto del derecho al debido proceso”.
Esta situación cobró relevancia adicional porque, poco después, la Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional revocó la decisión de prisión preventiva dispuesta por Concepción Carhuancho y dispuso la inmediata libertad del exabogado de Dina Boluarte.
La sentencia del TC también hace un llamado de atención al magistrado, instándolo a evitar repetir conductas que vulneren derechos fundamentales: “Asimismo, corresponde exhortar al juez emplazado a no volver a incurrir en la misma conducta lesiva de derechos identificadas”.
Como parte de su punto resolutivo, el TC dispuso el envío de copia certificada de la sentencia a la JNJ con el objetivo de que esta entidad “evalúe proceder conforme a sus atribuciones”, es decir, que examine si corresponde el inicio de un proceso disciplinario por las presuntas faltas cometidas por el juez de investigación preparatoria nacional Richard Concepción Carhuancho.
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