
El Congreso de la República publicó el 9 de enero en el diario oficial El Peruano la Ley N.º 32551, que modifica la Ley Universitaria (Ley 30220) y autoriza, de manera excepcional, que docentes universitarios sin maestría ni doctorado continúen ejerciendo la docencia, siempre que hayan ingresado bajo el marco de la derogada Ley 23733.
La norma, que viene siendo criticada en redes sociales, busca garantizar la continuidad académica de los docentes nombrados antes de la entrada en vigencia de la actual Ley Universitaria, evitando su exclusión por no cumplir requisitos que no existían al momento de su nombramiento.
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Cabe recordar que la Ley Universitaria vigente (Ley N.° 30220) establece como obligatorios los siguientes grados académicos:
- Grado de Maestro para dictar clases en pregrado.
- Grado de Maestro o Doctor para maestrías y programas de especialización.
- Grado de Doctor para la docencia a nivel doctoral.
¿A quiénes beneficia la norma?
La ley establece que los docentes universitarios que ingresaron a la docencia durante y hasta la vigencia de la Ley 23733 podrán continuar dictando clases sin estar obligados a contar con maestría o doctorado.
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Para este grupo, será opcional poseer los grados académicos señalados en el artículo 82 de la Ley Universitaria y quedarán exonerados de los requisitos del artículo 83, vinculados a la admisión y promoción en la carrera docente.
La norma precisa que esta excepción no alcanza a los nuevos docentes, quienes deberán cumplir con los requisitos académicos vigentes al momento de su ingreso. Este esquema excepcional se inserta en el proceso de adecuación previsto por la propia Ley Universitaria.
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En ese marco, cuando la Ley Universitaria fue promulgada en 2014, se estableció un plazo de cinco años para que los docentes sin maestría o doctorado se adecuaran a las nuevas exigencias, plazo que fue ampliado en varias ocasiones durante más de una década. La última prórroga, aprobada por el Congreso, venció el pasado 30 de diciembre del 2025.
Plazo de adecuación se amplía hasta 2026
Además del régimen excepcional, la Ley N.º 32551 amplía hasta el 30 de diciembre de 2026 el plazo para que los docentes de universidades públicas y privadas puedan adecuarse a los requisitos de la Ley 30220 y obtener los grados académicos correspondientes.
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La nueva ampliación modifica lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1496, emitido durante el estado de emergencia sanitaria, y busca otorgar más tiempo a los docentes que aún se encuentran en proceso de regularización académica.
La norma fue publicada por el Congreso de la República, luego de que el Ejecutivo no la promulgara dentro del plazo constitucional. El documento lleva las firmas de Fernando Miguel Rospigliosi Capurro, presidente encargado del Congreso, y Waldemar José Cerrón Rojas, segundo vicepresidente del Parlamento.
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Más de una década de ampliaciones al plazo
El nuevo plazo se suma a una serie de prórrogas acumuladas por más de diez años, que han postergado la aplicación efectiva de los requisitos académicos establecidos desde 2014.
La Ley Universitaria fue promulgada en julio de 2014 y ese mismo año fue cuestionada ante el Tribunal Constitucional mediante demandas de inconstitucionalidad presentadas por una comisión del Congreso, encabezada por la entonces congresista Martha Chávez, y por los colegios de abogados de Lima y Lima Norte.
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En 2015, el TC declaró infundadas dichas demandas, pero precisó que el plazo de cinco años para que los docentes obtuvieran maestría o doctorado debía contarse desde la publicación del fallo, en noviembre de 2015.
Posteriormente:
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- En 2020, el gobierno de Martín Vizcarra amplió el plazo hasta noviembre de 2021 mediante el Decreto Legislativo N.° 1496, en el contexto de la pandemia por COVID-19.
- En 2021, el Congreso aprobó la Ley 31364, que extendió el plazo hasta diciembre de 2023.
- En diciembre de 2023, una nueva ampliación fue establecida por la Ley N.° 31964, fijando como límite el 30 de diciembre de 2025.
Finalmente, en enero de 2026, entra en vigencia la Ley 32551, que no solo concede una nueva prórroga, sino que elimina de forma permanente la obligatoriedad del posgrado para un sector de docentes universitarios.
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