
En noviembre se presentó un nuevo proyecto de ley que pide la devolución de aportes de la ONP (Oficina de Normalización Previsional) a sus afiliados, hasta por un monto de 4 UIT. Tal como ocurre actualmente con el retiro AFP (la propuesta inclusive se conoce como el retiro ONP).
Esto permitiría que todos los afiliados puedan sacar hasta un monto de S/21 mil 400 (por el valor de la UIT en 2025) del fondo de la ONP, a pesar de que este no tenga cuentas separadas para cada afiliado.
Es así que, según la última medida propuesta, la del congresista de Perú Libre Américo Gonza, se plantea que se “retire” este dinero, pero no sé señala si el afiliado se le contara con menos meses de aportes (dado que el sistema es diferente en concepto y funcionamiento al de las AFP).

Los 10 proyectos pendientes
Según pudo comprobar Infobae Perú a través de una búsqueda exhaustiva de los proyectos de ley propuestas que buscan este retiro ONP, que no es sino una devolución de los aportes realizados, hay actualmente diez proyectos que aún no son debatidos y que proponen esta medida.
Estos son los siguientes proyectos:
- Proyecto de ley que faculta el retiro extraordinario de hasta 4 UIT de los fondos de la ONP
- Proyecto de ley que otorga, de manera extraordinaria, un bono equivalente de hasta 2 UIT a los afiliados del SNP: Este se nombra diferente, pero dentro es similar a un retiro ONP.
- Proyecto de ley que autoriza el retiro extraordinario de hasta 4 UIT de los fondos aportados a la ONP
- Proyecto de ley que faculta el retiro extraordinario y voluntario de los fondos aportados a la ONP de hasta 5 UIT y dispone un incremento en la pensión de jubilación de los asegurados en el SNP
- Proyecto de ley que dispone el retiro extraordinario y voluntario de los fondos aportados a la ONP de hasta 4 UIT y estipula un incremento de pensión de jubilación a favor de las familias peruanas con la finalidad de contribuir con la reactivación económica del país
- Ley que autoriza el retiro extraordinario de hasta 2 UIT de los aportes realizados a la ONP y establece un incremento progresivo del tope máximo de pensión de jubilación
- Ley que establece la autorización excepcional del retiro voluntario de hasta 5 UIT de sus fondos de los aportantes y ex aportantes a la ONP
- Ley que autoriza excepcionalmente el retiro facultativo de hasta por 4 UIT de los aportes realizados a la ONP y establece otras medidas
- Ley que faculta el retiro extraordinario y voluntario de hasta 5 UIT, de sus fondos para aportantes y ex aportantes a la ONP en el contexto de la recesión económica
- Ley que autoriza el retiro extraordinario y facultativo de hasta 4 UIT de sus fondos para aportantes y ex aportantes a la ONP.

El otro dictamen
Como se sabe, otros dos proyectos planteaba la misma medida del retiro de aportes a la ONP, pero estos en su momento sí pasaron por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social y fueron replanteados dado el elevado costo fiscal y además por que el Tribunal Constitucional se pronunció anteriormente por una medida similar declarándola “inconstitucional”.
“El máximo intérprete de la carta magna declaró inconstitucional por el fondo y la forma la Ley 31083, Ley que establece un régimen especial facultativo de devolución de los aportes para los aportantes activos e inactivos bajo el Decreto Ley 19990 administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), por cuya razón aprobar los proyectos legislativos materia del presente dictamen bajo el concepto de devolución de aportes, podría colisionar con el fallo contenido en la sentencia 151-2021″, aclaraba el dictamen.
Así, el dictamen quedó, en vez del retiro ONP, plantear el pago de un cuarto de UIT como beneficio excepcional por aportes menores de diez años en el Sistema Nacional de Pensiones, a favor de los adultos mayores con enfermedades crónicas degenerativas o enfermedades terminales.
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