
Cumplir 60 años representa un hito en la vida y trae consigo interrogantes sobre trámites clave, incluida la renovación del Documento Nacional de Identidad (DNI). Muchas personas ignoran que, al alcanzar esta edad, ciertas obligaciones se modifican y algunos procesos se agilizan por normativas en vigor.
La Ley N.° 31013 implementó cambios que benefician directamente a los adultos mayores, permitiendo que el DNI adquiera vigencia indefinida bajo condiciones específicas.
Uno de los temas más consultados es la extensión de la vigencia del DNI después de los 60 años. Surgen dudas sobre el uso del DNI azul, la obligatoriedad de migrar al DNI electrónico (DNIe) y los pasos para actualizar datos personales de manera presencial o virtual. Con información oficial del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), se detalla a continuación lo necesario para realizar estos trámites correctamente.
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Vigencia indefinida del DNI tras los 60 años y la Ley N.° 31013
A partir de los 60 años, el DNI deja de tener fecha de caducidad. La Ley N.° 31013, vigente desde 2020, establece que las personas mayores de 60 pueden solicitar un documento sin límite de vigencia. Según Reniec, este DNI no necesita renovarse, excepto cuando sea preciso actualizar información personal.

La renovación solo se exige si el ciudadano requiere modificar datos como domicilio, estado civil, huellas dactilares, fotografía o nombres de los padres. En esos casos, Reniec mantiene procedimientos equivalentes a los del resto de la población, pero con adaptaciones pensadas para mayores de 60.
Uso y validez del DNI azul en mayores de 60 años
Aunque ya no se produce el DNI azul, sigue siendo completamente válido para quienes aún disponen de este. Reniec indica que el documento puede emplearse en trámites legales, financieros, notariales o administrativos, siempre y cuando conserve vigencia.
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Para procesos electorales, los mayores de 60 pueden votar con DNI azul si el documento no está vencido. Si posee la anotación “no caduca”, el titular no tiene obligación de cambiarlo por el DNI electrónico. En ese caso, mantiene pleno valor y ausencia de limitaciones.

El reemplazo solo será necesario si se desea modificar información personal. Si el DNI azul caducó o está por vencer, al momento de renovar se emitirá automáticamente el DNI electrónico. Este trámite requiere un pago de S/ 30.00 (código de tributo 02121), vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.
¿Cómo obtener un nuevo DNI si tengo más de 60 años?
Aunque no es obligatorio renovar el DNI por caducidad pasados los 60 años, se puede pedir un documento nuevo para actualizar información personal o voluntariamente migrar al DNIe. El trámite puede realizarse tanto virtual como presencialmente.
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Modalidad virtual
Quienes desean modificar datos o migrar del DNI azul al DNIe pueden hacerlo digitalmente mediante los siguientes pasos:
- Realizar el pago correspondiente: S/ 30.00 (código 02121) para migrar del DNI azul al DNIe, o S/ 41.00 (código 00525) si ya se tiene DNIe y se desea actualizarlo. Los pagos se efectúan por Yape, Agente BCP, Pagalo.pe o Banco de la Nación.
- Generar el ticket de pago desde la plataforma de recaudación de Reniec.
- Descargar la app DNI BioFacial en el teléfono para validar identidad y fotografía actualizada.
- Acceder a www.reniec.gob.pe, en la sección “Servicios en línea”, y seleccionar Actualización de DNI.
- Confirmar datos y elegir una oficina de Reniec para recojo del documento, si corresponde.
- Se recibirá un correo de confirmación y se podrá hacer seguimiento en línea hasta culminar el trámite.

Modalidad presencial
La actualización presencial se realiza en oficinas de Reniec, por elección propia o cuando el trámite exige verificación directa (como cambios de estado civil o en actas). El pago debe hacerse por adelantado; la migración de DNI azul a DNIe (código 02121) tiene un costo de S/ 30.00 y la actualización de DNI (código 00525) es de cuarenta y un soles.
Según el dato a actualizar, se deben presentar los documentos exigidos por Reniec:
- Para personas con discapacidad permanente: se requiere certificado médico o carné de Conadis (gratuito y solo presencial).
- Para cambiar el domicilio: se presenta recibo original de servicio público o tributo municipal con hasta seis meses de antigüedad.
- Para actuializar el estado civil: los documentos varían según la situación. Si es casado(a), se requiere declaración jurada; para agregar el apellido del esposo, se necesita copia certificada del acta de matrimonio civil; si es divorciado(a), hay que presentar acta de matrimonio con anotación marginal de disolución del vínculo; para viudo(a), declaración jurada si figura “soltero” en el DNI y copia certificada del acta de defunción del cónyuge.
- Para grado de instrucción: declaración jurada para los niveles de educación especial, primaria o secundaria; para técnicos o superiores, constancia de estudios.
- Para cambio de firma: se realiza la indicación al registrador durante la atención.
- Para corregir nombres de padres u otros datos: debe coincidir con los consignados en el acta de nacimiento.

El avance hacia la digitalización y las facilidades otorgadas a los adultos mayores han permitido que los trámites de identificación sean más accesibles y eficientes, asegurando la actualización de datos con mayor comodidad y rapidez.
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