
Un nuevo proyecto de ley busca poner fin a las brechas que han permitido que los pacientes con cáncer afronten negativas de cobertura y exclusiones de medicamentos por parte de aseguradoras privadas.
La propuesta, presentada en el Congreso, plantea modificar la Ley Nacional del Cáncer y la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, para garantizar que toda institución privada que administre fondos de salud (IAFAS) otorgue cobertura integral a las personas diagnosticadas con esta enfermedad, sin importar el tipo de plan o modalidad contractual.
Según el documento, la actual ley solo obliga a brindar cobertura completa en las pólizas de seguro, dejando fuera a los llamados “planes de salud” o “programas oncológicos” ofrecidos por empresas prepagadas como Oncosalud, una de las más grandes del país.
Esta omisión ha generado, según los argumentos del proyecto de ley, que múltiples denuncias por incumplimientos de cobertura sean archivadas al no existir una exigencia legal expresa para dichos productos.

Cobertura integral para todos los planes oncológicos
La propuesta modifica la obligación de cobertura integral para que se aplique a cualquier producto o programa oncológico, sin importar su denominación comercial. Es decir, tanto las aseguradoras tradicionales como las empresas prepagadas deberán garantizar el tratamiento desde el diagnóstico hasta la recuperación del paciente, incluyendo quimioterapias, radioterapias, hospitalización y medicamentos innovadores.
La iniciativa también amplía la responsabilidad del sector privado sobre el acceso a medicamentos de alto costo. Actualmente, las aseguradoras pueden excluir de sus coberturas tratamientos aprobados por el Ministerio de Salud (Minsa), bajo el argumento de que no están contemplados en sus contratos. Con la modificación, se obligaría a las IAFAS e instituciones prestadoras de servicios de salud (IPRESS) privadas a cubrir, como mínimo, las medicinas y tecnologías médicas aprobadas por la autoridad sanitaria nacional.
El texto advierte que, a diferencia del sistema público —que sí se rige por la Evaluación de Tecnologías Sanitarias (ETS) del Minsa—, el sector privado está actualmente exento de esta obligación, lo que permite que fármacos esenciales o de última generación no sean incluidos en las listas de cobertura.
Responsabilidad solidaria y mayor fiscalización

Otro punto clave del proyecto es la incorporación del artículo 19-A a la Ley de Aseguramiento Universal, que establece la "responsabilidad solidaria" de las IAFAS frente a los servicios brindados por las clínicas o IPRESS afiliadas. Con esta modificación, las aseguradoras no podrán deslindar su responsabilidad cuando una clínica incumpla los tratamientos o niegue prestaciones contratadas, lo que busca evitar que el paciente quede desprotegido ante conflictos entre entidades privadas.
La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) sería la encargada de definir el procedimiento de atención al usuario y de supervisar la aplicación de estas obligaciones, fortaleciendo el marco de fiscalización para los aseguradores privados. Actualmente, las denuncias contra IAFAS se reparten entre Susalud, Indecopi y la Superintendencia de Banca y Seguros, lo que ha generado dispersión y falta de control efectivo.
Casos que revelan las fallas del sistema
El debate sobre la cobertura oncológica privada ha cobrado fuerza tras casos como el de Adriana del Castillo, paciente con cáncer metastásico que denunció públicamente a Oncosalud por haberle retirado sin aviso la cobertura de su medicamento prescrito, Olaparib, necesario para frenar el avance de la enfermedad.

Su historia expuso cómo los cambios unilaterales en las listas de medicamentos dejan a los pacientes en un vacío contractual y sin opciones de tratamiento.
De acuerdo con registros de Susalud, Oncosalud es la IAFAS privada con más denuncias presentadas por pacientes oncológicos en los últimos cinco años. El 58,9% de los reclamos registrados entre 2020 y 2025 corresponde a la falta de garantía de acceso a servicios contratados, y varias sanciones impuestas por la entidad han sido impugnadas judicialmente, dilatando su cumplimiento.
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