
El Gobierno Regional de Loreto dio un paso decisivo en la defensa de sus fuentes hídricas al emitir la Ordenanza Regional N.º 001-2025-GRL.CR, una norma que busca asegurar la conservación y protección de las cabeceras de cuencas hidrográficas consideradas prioritarias. Publicada en el diario oficial El Peruano, la disposición establece que estas zonas serán gestionadas para ser declaradas intangibles, lo que significa que quedarán excluidas de cualquier tipo de explotación o intervención que altere su equilibrio natural.
La medida llega en un contexto de creciente preocupación por la expansión de la minería ilegal en los ríos amazónicos. Desde el año 2000, Loreto enfrenta la presencia de dragas y embarcaciones que remueven los fondos fluviales en busca de oro, afectando la pureza del agua y la salud de los ecosistemas. La norma regional apunta precisamente a frenar esta tendencia y a reforzar la autoridad ambiental frente a las actividades extractivas no reguladas.
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Según el texto oficial, la finalidad es “garantizar la sostenibilidad ambiental y la integridad de los ecosistemas”. La norma enfatiza que las acciones desarrolladas dentro de las cabeceras de cuenca no deben alterar su existencia ni sus funciones naturales. Asimismo, el Gobierno Regional de Loreto resalta que la medida busca “asegurar el acceso al agua para la satisfacción de las necesidades primarias de la persona humana”, en concordancia con el artículo 7-A de la Constitución, que prioriza el consumo humano sobre cualquier otro uso.
Con esta disposición, la gestión regional marca una línea de defensa en un territorio donde el agua no solo sustenta la vida, sino que constituye el eje del desarrollo social y económico.
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Trámites para la declaración de intangibilidad

La ordenanza encarga a las autoridades regionales iniciar los procedimientos ante la Autoridad Nacional del Agua (ANA) para lograr la declaratoria de intangibilidad de las cabeceras de cuenca más importantes del departamento. Esta gestión implicará que dichas zonas sean reconocidas formalmente como espacios de conservación, libres de toda forma de aprovechamiento económico que implique riesgo ambiental.
A la par, se dispone que el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet) incorpore estas áreas dentro del catastro no minero, lo que las convertirá en territorios restringidos a la exploración o explotación minera. Ambas acciones recaen sobre las gerencias regionales de Medio Ambiente y de Desarrollo Económico, a través de la Dirección Regional de Energía y Minas, que deberá supervisar el cumplimiento de la norma.
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El dispositivo señala, además, que esta última dependencia tiene la obligación de observar y reportar cualquier actividad contraria a la conservación y protección de las cabeceras. “La Dirección deberá informar al Gobierno Regional y a la ciudadanía cuando se detecten intervenciones ilegales o contaminantes”, precisa el texto. De esta manera, se busca fortalecer la vigilancia y la participación ciudadana frente a las amenazas ambientales.
Minería ilegal y zonas vulnerables

El documento regional sustenta su urgencia en la presencia de minería ilegal dentro de los principales ríos de Loreto. Según la información presentada, en once cursos fluviales —entre ellos Cotuhe, Curaray, Marañón, Mazán, Nanay, Napo, Patayacu, Pintuyacu, Putumayo, Tigre y Yaguas— se encuentran dragas y embarcaciones dedicadas a la extracción de oro. Estas actividades, al operar sin control, violan las normas ambientales y de ordenamiento territorial, al desarrollarse en áreas expresamente prohibidas.
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“Las embarcaciones y máquinas destinadas a la minería aurífera operan en riberas de ríos, lagunas, cabeceras de cuenca y zonas de amortiguamiento de áreas naturales protegidas”, señala la ordenanza. Tales acciones configuran el delito de minería ilegal, considerado uno de los principales factores de degradación ambiental en la Amazonía peruana.
El Gobierno Regional recuerda además que se han otorgado derechos mineros en zonas cercanas a los ríos Nanay y Marañón, fuentes que abastecen de agua potable a las ciudades de Iquitos y Yurimaguas. Esta situación genera un riesgo directo para las poblaciones urbanas, cuya seguridad hídrica depende del buen estado de estos ríos.
La ordenanza 001-2025-GRL.CR representa un instrumento de gestión ambiental y preventiva frente a los impactos de la minería informal e ilegal. A través de la declaración de intangibilidad de las cabeceras, Loreto busca consolidar un modelo de desarrollo basado en la conservación de los recursos naturales, especialmente del agua, elemento fundamental para la vida y el bienestar de sus habitantes.
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Aunque el proceso de implementación requerirá coordinación interinstitucional y vigilancia constante, la norma establece un precedente importante en la defensa de los ecosistemas amazónicos. Con ello, el gobierno regional reafirma su compromiso con la protección del ambiente y la garantía del derecho al agua como bien público y patrimonio natural de todos los loretanos.
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