
La presidenta de la República, Dina Boluarte, observó la ley aprobada por el Congreso que planteaba establecer una pensión mínima de S/ 3.300 para docentes cesantes y jubilados. De acuerdo con el Ejecutivo, la norma, aprobada con 66 votos en segunda votación, presenta “distorsiones en el sistema de pensiones” y objeciones de carácter constitucional.
La propuesta devuelta buscaba elevar de S/ 800 a S/ 3.300 las pensiones mensuales para cerca de 162.000 profesores jubilados y cesantes de los sistemas de educación básica, regular, alternativa, especial y técnico-productiva que se encuentran comprendidos en los decretos leyes 19990 y 20530, la Ley de Reforma Magisterial y el Sistema Privado de Pensiones. El monto propuesto equivale a la primera escala remunerativa vigente para docentes en actividad.
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El dictamen parlamentario llegó tras una serie de manifestaciones convocadas por el Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educación del Perú (Sutep), cuyo secretario general, Lucio Castro, consideró fundamental la mejora de las pensiones para este sector. “Lamentablemente, si un maestro se jubila a los 65 años, pasa a recibir entre S/ 400 y S/ 700, y estos montos hoy ya no cubren ni la canasta básica familiar. Es un tema de justicia”, explicó entonces.

La ley pretendía corregir lo que sindicatos y exautoridades han denominado un rezago histórico. El exministro de Educación, Idel Vexler, consideró que la propuesta podría implementarse de manera progresiva y corresponde al Ejecutivo buscar soluciones creativas frente a lo que calificó como un “grave maltrato” sufrido por los profesores jubilados.
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En ese contexto, la decisión de Dina Boluarte recibió críticas inmediatas del sector docente y de sus promotores en el Congreso. Flor Pablo expresó su malestar. “No incluye una sola propuesta ni alternativa para mejorar las pensiones de nuestros maestros jubilados. Ahora le toca a la Comisión de Economía elaborar un planteamiento que responda a esa deuda histórica y garantice una vejez digna a quienes dedicaron su vida a educar al país”, publicó en su cuenta de X.
El Sutep también se pronunció rechazando la decisión del Ejecutivo. En un comunicado oficial, exigieron al Congreso aprobar la ley por insistencia y cumplir los convenios colectivos firmados. “¡El gobierno no cumplió con los maestros cesantes y jubilados! Esta es la oportunidad de los congresistas de entregar pensiones dignas a sus maestros”, advirtió.
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¿Qué sigue tras la observación presidencial?
El procedimiento para una ley observada inicia con el envío de las observaciones del Ejecutivo al Congreso dentro del plazo de quince días, conforme a la Constitución y el Reglamento del Congreso. A continuación, corresponde que el Legislativo evalúe las objeciones a través de la comisión respectiva, generalmente la de Economía.
El Congreso puede optar entre tres alternativas principales: allanarse y modificar el texto siguiendo las observaciones del Ejecutivo, insistir en el texto original o proponer un texto nuevo incorporando otros elementos. Si la comisión elabora un dictamen de insistencia y el Pleno lo aprueba por mayoría simple, el texto original puede ser promulgado directamente por la presidencia del Congreso y adquiere fuerza de ley desde el día siguiente de su publicación en El Peruano.
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De avanzar por insistencia, será responsabilidad de los parlamentarios definir si el aumento de la pensión se convierte en norma, pese a las advertencias sobre su sostenibilidad financiera y los reparos constitucionales esgrimidos por el Ejecutivo. De esta forma, la decisión final queda en manos del Legislativo, que deberá sopesar tanto los reclamos del magisterio como las limitaciones presupuestales expuestas por el gobierno.
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