El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) emitió este domingo 21 de septiembre una resolución que marca un nuevo episodio en el camino electoral hacia las elecciones generales del 2026. La máxima autoridad electoral confirmó que el gobernador regional de La Libertad y líder de Alianza para el Progreso (APP), César Acuña Peralta, infringió la ley de neutralidad al haber participado en actividades de carácter partidario fuera de su jurisdicción.
Durante los últimos meses, el también fundador de APP ha estado presente en múltiples eventos vinculados a su organización política, entre ellos actividades en Piura y Huancayo. Aunque en reiteradas oportunidades aseguró que no se encontraba en campaña, la resolución del JNE —basada en el informe del Jurado Electoral Especial (JEE) de Chiclayo— determinó que dichas acciones constituyen propaganda política prohibida para funcionarios en ejercicio de sus cargos.
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La controversia surge en un contexto en el que desde su partido y entorno familiar se menciona con insistencia que César Acuña sería el “candidato natural” de APP para las Elecciones 2026. Sin embargo, estudios de opinión como los de Ipsos lo sitúan con apenas un 3% de intención de voto.
César Acuña y la infracción a la neutralidad electoral

El JEE de Chiclayo acreditó que Acuña incurrió en una infracción al numeral 32.1.5 del Reglamento sobre Neutralidad, que prohíbe a autoridades públicas formar parte de órganos partidarios o realizar proselitismo en favor de una agrupación o candidato. Documentos oficiales, grabaciones y reportes periodísticos confirmaron su participación en pasacalles y reuniones masivas en julio de 2025 en Piura, como el evento “Apptívate” realizado en el Fundo Stewart, que congregó a miles de simpatizantes.
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La resolución precisa que, además de gobernador regional, Acuña figura como presidente y director ejecutivo nacional de APP, un rol incompatible con la neutralidad que debe guardar en tanto autoridad. Pese a que tuvo la posibilidad de apelar una primera decisión emitida el 10 de septiembre, no lo hizo en el plazo correspondiente, por lo que el fallo quedó consentido el 17 de septiembre.
Entre las pruebas presentadas se incluyeron imágenes de prensa en las que se registraron arengas y pancartas con mensajes como “Acuña presidente” y “Si Acuña lo dice, Acuña lo hace”. Según el JEE, estas expresiones tuvieron como objetivo persuadir al electorado en favor de APP y proyectar una eventual postulación presidencial en 2026.
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El caso ya ha sido remitido al Ministerio Público, la Contraloría General de la República y el Consejo Regional de La Libertad, a fin de que se evalúe si corresponde iniciar procesos de índole administrativa, penal o institucional. Al mismo tiempo, el propio gobernador presentó un recurso de apelación ante el JNE, el cual deberá pronunciarse en los próximos días.
Otros casos de propaganda electoral vinculados a APP

El fallo del JNE sobre la infracción de César Acuña no es un hecho aislado. Existen al menos cinco episodios adicionales en los que Alianza para el Progreso (APP) ha sido observada por la difusión de propaganda electoral prohibida en distintos puntos del país.
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Uno de los más recordados ocurrió en julio de 2025, cuando la fiscalización electoral advirtió la colocación de un panel publicitario en la carretera Julcán – Campo Bello, en La Libertad, que mostraba la imagen del gobernador regional junto al logo de APP y la frase “Acuña presidente”. La estructura, ubicada en el caserío Santa Rosa, también incluía el lema “Compromiso con el Perú 2026” y fue señalada por vulnerar la normativa de tránsito y las reglas sobre difusión anticipada de propaganda electoral.
Unos días antes, en junio del mismo año, Acuña participó en actividades oficiales en la provincia de Julcán, donde inauguró obras como la carretera Agallpampa – Julcán y la nueva sede de la UGEL. En paralelo, aparecieron carteles con mensajes proselitistas en la misma zona. Su presencia generó controversia cuando fue cargado en hombros por ciudadanos durante la celebración del aniversario de la provincia.
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No todas las investigaciones culminaron en sanción. En abril de 2025, el JNE archivó un caso en el que se acusaba a Acuña de haber vulnerado la neutralidad electoral durante la inauguración de un colegio en el distrito de La Esperanza, en Trujillo. En dicho evento, el gobernador bailó canciones asociadas a sus campañas pasadas y recordó sus victorias políticas, lo que motivó una denuncia. Sin embargo, la Dirección Central de Gestión Institucional concluyó que se trató de referencias personales y no de un acto deliberado de proselitismo, descartando así cualquier infracción.
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