
La criminalidad sistemática ya es delito en el Perú. El Congreso aprobó en segunda votación su incorporación al Código Penal con 83 votos a favor, 27 en contra y una abstención. La norma añade el artículo 318-B al Decreto Legislativo 635, que establece cadena perpetua para quienes, mediante el uso de armas de fuego, municiones, explosivos u otros de similar naturaleza, cometan delitos como secuestro, extorsión, sicariato, homicidio calificado o robo agravado, generando terror en la población.
El presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Flavio Cruz, destacó el largo proceso legislativo que acompañó la iniciativa. “Este dictamen, que contiene 17 proyectos de ley presentados por diferentes bancadas, fue debatido en el pleno el 3 de octubre de 2024. Posteriormente se presentó un nuevo texto sustitutorio, se pasó a cuarto intermedio y, tras sucesivos debates, finalmente fue aprobado en primera votación el 16 de octubre de ese año. Hoy, después de su inclusión en la agenda ampliada, el Pleno le dio la aprobación definitiva”, señaló.
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En aquella primera votación de octubre de 2024, el Pleno dio luz verde al texto sustitutorio con 73 votos a favor, 19 en contra y 15 abstenciones, en medio de reclamos y pedidos de censura. El dictamen original, de 22 páginas, incluía disposiciones sobre minería ilegal, trata de personas y tráfico de especies, pero varios congresistas advirtieron que criminalizaba a mineros en proceso de formalización. Finalmente, el documento se redujo a un solo artículo que fijaba cadena perpetua para delitos graves como sicariato, secuestro y extorsión.
Inicialmente, la propuesta fue presentada bajo el nombre de “terrorismo urbano”. Sin embargo, se descartó esa denominación por considerarse confusa y riesgosa, ya que podía equiparar delitos comunes con actos de terrorismo. La fórmula de “criminalidad sistemática” fue la que logró consenso en el Parlamento.
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El presidente del Congreso, José Jerí Oré, ya había adelantado que esta norma sería prioritaria tras la semana de representación congresal. Aunque señaló que el término adecuado debió ser “terrorismo urbano” y no “criminalidad sistemática”, enfatizó que lo importante era dotar al país de un nuevo marco legal para enfrentar a organizaciones violentas.
Debate y posturas encontradas
A pesar de su aprobación, la norma dividió opiniones en el Congreso. Para algunos parlamentarios, representa una herramienta necesaria frente al avance del crimen organizado. Para otros, en cambio, se trata de una medida poco eficaz y con riesgos de aplicación arbitraria.
La congresista Gladys Echaíz expresó sus reparos: “El problema no es la falta de una norma, sino el plazo que tiene la Policía para investigar. Con 48 horas resulta casi imposible levantar el secreto de las comunicaciones, revisar cámaras o individualizar a los autores. Lo que se necesita es ampliar a 15 días la detención en casos graves, como ya ocurre en delitos de terrorismo”.
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En la misma línea crítica, Ruth Luque cuestionó la redacción de la propuesta: “No comparto esta lógica de populismo penal. El tipo penal está redactado de manera ambigua, al incluir frases como ‘otros de similar características’, lo que puede dar lugar a arbitrariedades”. Además, sostuvo que la figura de “criminalidad sistemática” no resuelve el desborde de inseguridad, pues solo reetiqueta delitos ya tipificados como organización criminal.
En contraste, otros legisladores defendieron la medida. Diego Bazán (Renovación Popular) recordó dos atentados recientes en La Libertad como ejemplos de la urgencia de una norma más estricta. “El 20 de enero de 2025 dinamitaron la sede del Ministerio Público, y el 15 de agosto hicieron lo mismo en una concurrida calle de Trujillo. Necesitamos ser contundentes contra los criminales. Esta ley sí aporta porque tipifica un delito que hoy no existe en el Código Penal”, afirmó.
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